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Jubilación forzosa: ¿quién y por qué?

Trabajador de edad avanzada para solicitar la jubilación forzosa
4 Min de lectura
La jubilación anticipada forzosa es una modalidad de retiro laboral que se produce antes de alcanzar la edad establecida legalmente. En este caso, el trabajador no tiene voluntad de abandonar la actividad profesional, sino que es una situación que se produce por motivos ajenos.
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La jubilación anticipada forzosa tiene lugar solo en unos determinados supuestos, como por ejemplo los despidos colectivos, el desempleo de larga duración o los ERE (expediente de regulación de empleo). Por lo tanto, se trata de un tipo de retiro involuntario por parte del trabajador, ya que este se puede encontrar perfectamente capacitado para continuar desempeñando su puesto.

No obstante, para abandonar el mundo laboral a través de esta vía es preciso cumplir una serie de requisitos. Algunos de ellos han cambiado por la última reforma de las pensiones, sobre todo los coeficientes reductores mensuales que se deben aplicar y los supuestos que se contemplan.

Edad para acceder a la jubilación anticipada forzosa

La jubilación anticipada por causa no imputable al trabajador puede tener lugar hasta 4 años antes de la edad legal ordinaria. En el caso del año 2022, esta se establece en 66 años y 2 meses si no se alcanza un periodo de cotización de 37 años y 6 meses. En caso contrario, el retiro habitual se adelanta a los 65 años.

Por ello, en dicho periodo, el abandono del mundo laboral antes de tiempo y de forma involuntaria es posible que se produzca a partir de los siguientes momentos:

  • Si no se ha cotizado el tiempo estimado, a los 62 años y 2 meses.
  • Cuando se ha trabajado una duración superior (más de 37 años y 6 meses), a los 61 años.

A partir de 2023

En 2023, se retrasa la edad legal de jubilación ordinaria en dos meses respecto a 2022, para aquellos que han cotizado menos de 37 años y 9 meses, 3 más que en el año anterior.

En caso de haber cotizado menos de esos 37 años y 9 meses, la edad de jubilación en 2023 serán 66 años y 4 meses. En cambio, en caso de contar con 37 años y 9 meses o más de periodo cotizado, la persona podrá jubilarse con 65 años.

Será posible acceder a la jubilación anticipada involuntaria (o por causa no imputable al trabajador) en 2023:

  • A partir de los 62 años y 4 meses si se cuentan con menos de 37 años y 9 meses de cotización (2 meses más que en 2022).
  • A partir de los 61 años si se acumulan esos 37 años y 9 meses o más de cotizaciones.

Periodo de cotización mínimo

Los trabajadores que accedan a la jubilación anticipada forzosa también deben haber cotizado al menos 33 años, de los cuales 2 tienen que estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores a la solicitud. Además, se exige que la persona haya estado previamente inscrita como demandante de empleo durante 6 meses, como mínimo.

Es importante señalar que los trabajadores por cuenta propia no pueden acceder a esta modalidad de retiro. Este colectivo únicamente puede acogerse a la pensión antes de la edad ordinaria si es de forma voluntaria.

Hombre escribiendo en un folio y utilizando una calculadora

Causas de la jubilación anticipada forzosa

El derecho a este tipo de jubilación se origina en los siguientes supuestos:

  • Despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Despido objetivo por causas de la misma índole.
  • Extinción del contrato por resolución judicial en los casos que contempla la Ley Concursal.
  • Muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual o extinción de la personalidad jurídica del contratante.
  • Extinción del contrato de trabajo por la existencia de una causa de fuerza mayor constatada por la autoridad laboral.
  • Extinción del contrato por voluntad del trabajador como consecuencia de una movilidad geográfica, una modificación sustancial de las condiciones o un incumplimiento del empresario.
  • Extinción del contrato por voluntad de la trabajadora víctima de violencia de género.
  • Extinción del contrato porque el empleado se oponga a un traslado que implica cambio de residencia en el caso de las empresas cuyos centros no se consideran móviles itinerantes.
  • Extinción del contrato por voluntad del trabajador cuando tenga motivos justificados, como una modificación importante de las condiciones que origine un menoscabo en su dignidad, la falta de pago del salario o retrasos continuados, un incumplimiento grave de las obligaciones del empresario, etc.

Cuantía de la pensión por jubilación anticipada forzosa

En la jubilación anticipada forzosa, la cuantía de la prestación varía según los coeficientes reductores que se apliquen en cada caso. Con la última normativa, estos porcentajes se calculan de forma mensual sobre el importe de la pensión, en lugar de hacerlo cada trimestre sobre la base reguladora, como ocurría anteriormente. Estos coeficientes se sitúan:

  • Entre el 0,50 por ciento de reducción por un mes de adelanto si se han cotizado 44 años y seis meses o más.
  • Hasta el 30 por ciento de reducción por adelantar la jubilación cuatro años (48 meses) si se han cotizado menos de 38 años y seis meses.
  • Si se cotiza por un importe mayor que la pensión máxima, y acceden a la jubilación anticipada forzosa, se les seguirá aplicando el coeficiente reductor trimestral del 0,5%.

A las personas que accedan a la jubilación anticipada voluntaria percibiendo subsidio por desempleo desde hace, al menos, tres meses, se les aplican los coeficientes reductores de la jubilación anticipada involuntaria.

Dado que la jubilación anticipada involuntaria es una situación que no puede controlar el trabajador, siempre conviene estar preparado para lo que pueda acontecer. En este sentido, los Planes de Pensiones MAPFRE constituyen la ayuda económica que se necesita cuando se produce una disminución de los ingresos, como en este supuesto.

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Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 7 Jul, 2022
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Comentarios (131)

  1. Hola tengo 61 años y 41 años de cotizados con un ere a que años me puedo prejubilar, y que reducción me hacen….

    Responder
    • Hola José Antonio,
      Podría acceder a la jubilación anticipada forzosa ya. El coeficiente reductor que se le aplicaría por los años cotizados y los 48 meses de anticipación es del 26%. Un saludo

      Responder
  2. Tengo 58 años y cumplo los requisitos para acceder a la jubilación anticipada forzosa. Actualmente estoy cobrando el subsidio de mayores de 52 años.
    Mi duda es si acepto algun trabajo temporal de unos meses, ¿ puedo perder los requisitos para acceder a este tipo de jubilación?
    Muchas gracias

    Responder
    • Hola Enrique, lo sentimos pero no tenemos datos suficientes para darle una respuesta correcta. Le recomendamos acuda a una oficina de la seguridad social. Un saludo

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  3. Hola.
    Tengo 62 años, 34 años cotizados.
    Mi empresa quiere despedir a todo mi departamento.
    Me puedo acoger a la jubilación anticipada forzosa?
    Que tanto por ciento perdería de mi pensión?
    Muchas gracias

    Responder
    • Hola José,
      Puede acceder a la jubilación anticipada forzosa 4 años antes de su edad legal de jubilación. En su caso por los años que tiene cotizados hasta los 66 años y 10 meses no sería su edad ordinaria de jubilación; por tanto, podría acceder a la jubilación anticipada forzosa a los 62 años y 6 meses. El coeficiente reductor aplicable sería del 30% por los 48 meses de anticipación. Un saludo

      Responder
  4. Hola quería pedir información me puedo jubilar con 62,5 y 38,5 años cotizados tras un despido objetivo que reducción tendría en la pension y sabrían decirme que importe de pensión me quedaría teniendo en cuenta que mi base de cotización son 2850 euros según mi nomina; cuanto te retienen de IRPF

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    • Hola Carlos,
      Hasta los 63 años no podría acceder a la jubilación anticipada voluntaria. El coeficiente reductor que se le aplicaría es del 19% sobre la base reguladora. Un saludo

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  5. Hola tengo 59 años tengo 22 meses paro despedido en2023 puedo jubila

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    • Hola Rafael,
      De momento no puede acceder a la jubilación. Un saludo

      Responder
  6. Hola buenos días mi marido tiene 61 años y cotizo 21 años ahora sufrió un despedido x el cierre de la empresa donde trabaja quería saber cual sería la edad a la k se puede jubilar forzosamente

    Responder
    • Hola Rafa,
      Para acceder a la jubilación anticipada forzosa tendría que tener cotizados 33 años mínimo. Un saludo

      Responder
  7. Hola me llamo Adela tengo 61 años y tengo cotizados 21 años ayer nos hicieron un despido objetivo x el cierre de la tienda donde trabajo quería saber cual es mi edad de jubilación forzosa anticipada muchas gracias

    Responder
    • Hola Adela,
      Tendría que tener mínimo 33 años cotizados para acceder a esta modalidad de jubilación. Un saludo

      Responder
  8. Hola buenas noches tengo 61 años y tengo 21 años cotizados y ayer mismo hemos tenido un despido objetivo en la cual cerraron la tienda donde trabajo cual sería mi edad de jubilación anticipada forzosa un saludo

    Responder
    • Hola Adela,
      Para acceder a la jubilación voluntaria forzosa tiene que tener cotizados mínimo 33 años. Un saludo

      Responder
  9. Buenos dias.
    Primero gracias por la respuesta a la consulta anterior.
    Yo fui excedente de cupo en el Servicio Militar, formalmente, yo he cumplido el Servicio Militar, pero al ser EXCEDENTE DE CUPO, computa a la hora de años cotizados para pedir la Jubilación Voluntaria y como se hace para que aparezca en el SIMULADOR.
    Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Pedro,
      Debe acreditar ante la Seguridad Social el tiempo que ha pasado realizando el servicio militar, a través de un certificado del Ministerio de Defensa. En su caso, no es viable ya que ese tiempo no ha estado realizando la mili. Un saludo

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  10. Buenas tardes.

    Si me despiden en Junio del 2023 por Causas Objetivas o Improcedente, he calculado que EN ESE MOMENTO: tendría 61 años de edad y a su vez tendría cotizados 35 años, 10 meses y 19 días.

    Quiero cobrar el paro durante dos años o trabajar, pero nos ponemos en el peor de los casos, NO ENCUENTRO TRABAJO.

    Entonces querría cobrar mis 2 años de paro y tres MESES del subsidio de mayores de 52 años, para así poder pedir una anticipada voluntaria con 21 meses de adelanto sobre la jubilación Ordinaria, con lo que tendría una reducción, a mi juicio, ya interesante, que según la nueva ley, sería del 12,57 %.

    ¿Me pueden OBLIGAR a la Jubilación anticipada de 4 años, es decir a los 61?, ya sea en el caso de despido Objetivo o en el caso de Improcedente por parado de larga duración, con lo que me reducirían en un 30% de por vida o puedo ¿optar por mis 2 años de paro y tres meses de subsidio de >52 años?.

    Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Pedro,
      No pueden obligar a jubilarse. Un saludo

      Responder
  11. En enero he cumplido 58 años y 34 años cotizados y mi empresa está apunto de restringir mi contrato y a mis compañeros, claro está. Me podrían jubilar anticipadamente?

    Responder
    • Hola Jesús,
      No se podría jubilar anticipadamente ya que no tendría los años exigidos de cotización. Un saludo

      Responder
  12. Hola,

    Tengo 68 años, trabajo por cuenta ajena en una Fundación, y no quiero jubilarme. Me gusta mucho mi trabajo y es muy relajado. Me pueden obligar a jubilarme si yo no quiero?

    Responder
    • Hola Sergio,
      Por regla general no pueden obligar a jubilarse, depende también de las condiciones del convenio que tenga. Un saludo

      Responder
  13. Hola, voy a cumplir 60 años, tengo actualmente cotizados 43 años, 1 mes y 5 días. Seguramente en los próximos meses iré al paro.
    Mi pregunta es : me pueden obligar a jubilarme a los 61 años o puedo terminar el paro y jubilarme a los 62 años. Gracias.

    Responder
    • Hola Javier,
      No le pueden obligar a jubilarse. Un saludo

      Responder
      • Gracias por la información y la rapidez de respuesta.

        Responder
        • Buenas tardes: me corresponde la jubilación ordinaria el 23.09.22 tras 36,5 años cotizados.El 20.02.22 nos despidieron por despido colectivo y desde el 24.02.22 estoy como demandante de empleo pero en el SEPE me han pedido un «certificado de derogación» de la SS.Lo presenté y me dicen que no ses válido (solo pone la edad ordinaria de mi jubilación).El Director de Jubilaciones de la SS me dice que no es procedente solicitar jubilación voluntaria ya que por 7 meses me descuentan el 4,19% de la pensión. Me pueden obligar a la jubilación involuntaria en este caso?.
          Gracias y un saludo

          Responder
          • Hola José María,
            No pueden obligarle a jubilarse. Un saludo

  14. Tengo 63 años y 5 meses de edad, 45 años cotizados, y estoy cobrando el paro desde junio/21 hasta junio/23, tengo derecho a la jubilacion forzosa? Me conviene…?
    Gracias

    Responder
    • Hola Neus, en la jubilación forzosa el cese en el trabajo se haya producido como consecuencia de una situación de reestructuración empresarial que impida la continuidad de la relación laboral. Le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social

      Responder
  15. Voy a cumplir 63 años en agosto de 2022, en la actualidad estoy trabajando pero me pueden despedir en unos meses por incorporación del titular de la plaza que estoy ocupando.
    Tengo cotizados a día de hoy 39 años y 2 meses.
    Mis preguntas son:
    – Me pueden jubilar forzosamente o puedo cobrar el paro durante dos años y después jubilarme?.
    – De jubilarme forzosamente que % de penalización tendría?.
    Un saludo y muchas gracias.

    Responder
    • Hola Antonio, puede cobrar los 2 años de desempleo ya que no tiene los años exigidos obligatorios para poder jubilarse. Un saludo

      Responder
  16. Hola :

    Me van a despedir el 31/12/2021 por un expediente disciplinario. Tengo 62 años y 33 años cotizados. Estando los 10 últimos años en la misma empresa.
    Según tengo entendido tengo derecho a 2 años de desempleo.
    Mi me pregunta es si me pueden obligar a jubilarme anticipadamente o puedo consumir mis dos años de paro.

    Un saludo.

    Responder
    • Hola Antonio,
      Puede cobrar los 2 años de desempleo ya que no tiene los años exigidos obligatorios para poder jubilarse. Un saludo

      Responder
  17. Hola buenos dias
    He sido despedida como despido improcente en Mayo 2021 y tengo cotizados 38 años y 9 meses.
    Tengo paro hasta junio 2023 y cumplo 63 en noviembre de 2023. Desde junio de 2023 a noviembre del 2023 podré solicitar un subsidio de empleo.?
    Me puedo jubilar en noviembre de 2023? Se me aplicaría un coeficiente de reducción?
    Gracias

    Responder
    • Hola Anónimo,
      Sí podría solicitar el subsidio de mayores de 55 años hasta la edad de jubilación. Todas las jubilaciones anticipadas conllevan un coeficiente reductor. Un saludo

      Responder
  18. Hola buenas tardes!..
    Estoy parado de dos años y 6 meses y cobrando la ayuda de 55 años actualmente, tengo despido objetivo, tengo 44 años y 6 mese cotizados, y actualmente tengo 60 años.
    mi pregunta es : me puedo acoger con 61 años a la normativa de las prejubilación del 2013 ?
    y también tengo una duda, sobre coeficiente reducción de la bases cotización , si me prejubilo por despido objetivo de cuanto seria, y por cuantos años seria?

    muchas gracias!

    Responder
    • Hola Francisco,
      Sí podría acceder a lo 61 años a la jubilación anticipada forzosa. El coeficiente reductor que se aplicaría según los años cotizados sería del 1,5% por trimestre ( anual 6%). Un saludo

      Responder
  19. Buenas tardes,

    Tengo 60 años, y me van a despedir con despido objetivo,

    Mi pregunta es , cuando termine mi periodo de desempleo tendre 61 años, me obligaran a jubilarme o puedo coger la ayuda familiar y esperar a los 63 años-

    Gracias

    Responder
    • Hola Lidia,
      Podrá acceder al subsidio de desempleo. Un saludo

      Responder
  20. Tengo 60 años, me acana de despedir (improcedente, con indemnización) y tengo dos años de subsido por desempleo. Tengo 36,9 años cotizados.
    ¿Cuando en sep 23, se me acabe el seguro de desempleo, pordré tramitar una jubilación anticipada forzosa?
    Supongo que no me conviene, tramitarla al cumplir los 61, dentro de dos meses, ¿no?
    Gracias

    Responder
    • Hola Felip,
      Si podrá solicitar la jubilación anticipada forzosa al terminar el subsidio. Actualmente también la podría solicitar pero el coeficiente reductor sería más alto. Un saludo

      Responder
  21. Yo trabajé 5 años en Francia (1996 a 2001) y coticé a la Seguridad Francesa. A los solo efectos de años computados para cálculo de la edad de jubilación (e indirectamente del anticipo de la misma, ¿esos 5 años cuentan aunque no estén reflejados -como es lógico- en la Vida Laboral de la SS española?

    Responder
    • Hola Susana,
      Esos años si se suman a las cotizaciones realizadas en España. Cuando solicite la jubilación la Seguridad Social tendrá que solicitar esos años cotizados. Un saludo

      Responder
  22. Hola Fermin,
    El coeficiente reductor sería del 1,875 % por trimestre sobre la base reguladora. Efectivamente en total sería un 21%. Un saludo

    Responder
  23. Buenos días, tengo 62 años, soy autónomo y llevo 35 años cotizados más un año del servicio militar obligatorio. Por el tema del COVID voy a tener que cerrar mi negocio. ¿Podría acogerme a la jubilación forzosa de algún modo o tendría que esperar a cumplir los 63 años y prejubilarme?
    Un saludo

    Responder
  24. Hola tengo 60 años (del 03/08/1959), tengo 45 años cotizados y los últimos 25 años en el grupo 1 (cotizo por encima del máximo). Me puedo acoger a la jubilación forzosa a los 61? Cual es el porcentaje reductor que me aplicarían?. Cuanto me quedaría aproximadamente?. Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Ángel,
      Puede acceder si el despido es por causas objetivas o parado de larga duración, si no es así hasta los 63 años no se podría jubilar anticipadamente. Un saludo

      Responder
  25. Buenas noches:

    Soy profesor de universidad privada, contrato fijo, tengo 61 años y me tocaría jubilarme a los 66 años. ¿Pueden aplicarme jubilación forzosa a esa edad de 66 o puedo seguir trabajando si lo deseo? Yo desearía seguir trabajando, hasta porque lo necesito. Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Luz,
      En principio la jubilación forzosa para los docentes universitarios es de 70 años. No obstante, le recomendamos consulte con cualquier oficina de la Seguridad Social donde le resolverán sus dudas. Un saludo

      Responder
  26. Hola Soy Domingo, la empresa me quiere jubilar si o si. En anses me dicen que le faltan 4 años pero con 2 estaría en condiciones tengo 68 años. Pueden obligarme? Gracias

    Responder
    • Hola Domingo,
      Lo sentimos, pero por este portal solamente se tratan temas relacionados con el territorio español. Tendría que informarse en la Seguridad Social de su país. Un saludo

      Responder
  27. Buenos días, mi nombre es Ramón, tengo 57 años y actualmente estoy cobrando el subsidio para mayores de 55 años, fui despedido de una empresa de manera improcedente, tengo 32 años cotizados y un documento oficial del Servicio Militar de 15 meses de servicio en las fuerzas Armadas,me gustaría saber si tengo posibilidades de jubilarme a los 61 o 63 años, porque para eses fechas tendría cotizados 36 años o en caso de los 63 años, 38 años cotizados.

    Muchas gracias por su tiempo

    Responder
    • Hola Ramón,
      Sí podría acceder a la jubilación anticipada forzosa a los 61 años. Un saludo

      Responder
  28. Hola tengo 64 años y no tengo intención de jubilarme a los 65 me puede la Empresas obligar a jubilarme de manera forzosa pertenezco al ramo siderúrgico

    Responder
    • Hola Luis,
      No puede la empresa obligar a jubilarse. Cuando el trabajador cumple con las condiciones de acceso a la jubilación,tiene el derecho de jubilarse, no la obligación. Un saludo

      Responder
  29. El 30 de este mes de Enero cumplo los 62 años, estoy en el paro por cierre de la empresa . Termino de cobrar el proximo 10 de Febrero.¿
    Puedo jubilarme teniendo 34 años cotizados?

    Responder
    • Hola Carmen,
      Si el cese en el trabajo ha sido por causas objetivas, puede acceder a la jubilación anticipada forzosa, pero lleva unos coeficientes reductores. Un saludo

      Responder
  30. Tengo 38 años cotizados. se me acaba el paro, pasaré a cobrar la ayuda familiar porque cumplo los requisitos. En Marzo de 2019 cumplo 61 años. ¿Será entonces cuando me apliquen la jubi. anticipada forzosa?

    Responder
    • Hola Antonio,
      Seguramente podrá acceder a la jubilación anticipada forzosa a los 61 años al ser parado de larga duración. Un saludo

      Responder
  31. Hola. Actualmente estoy cobrando la ayuda para mayores de 55 años hace una año y medio. Mi última actividad laboral fué en el año 2014 en el cual deje de trabajar por un despido improcedente. Cuando me concedieron la ayuda me informaron´que sería hasta que cumpliera 61 años, llegada esta edad comprobarían si puedo jubilarme o no, en caso negativo me comunican que seguirían pagándome la ayuda hasta que llegara mi edad legal de jubilación. En el 2023 cumpliré 61 años y tendría cotizados a la ss 33 años. ¿ Me jubilaran con 61 años?, y si no es así en el 2025 cumpliré 63 años con 35 años, y dos meses cotizados a la ss, mas el servicio militar realizado en su momento,¿ Podría jubilarme anticipadamente a los 63 años? Gracías.

    Responder
    • Hola Anibal,
      Seguramente podrá acceder a la jubilación anticipada forzosa a los 61 años ya que sería parado de larga duración . Un saludo

      Responder
  32. Tengo 59 años, 40 cotizados y acabo de terminar un contrato fijo discontinuo. Empiezo a cobrar 6 meses ayuda de 426 euros, cuando se acabe podre solicitar la jubilacion forzosa a los 61.

    Responder
    • Hola Esteban,
      Uno de los requisitos para acceder a la jubilación anticipada forzosa es que el despido sea por causas objetivas. Un saludo

      Responder
  33. Buenos días, tengo 56 años y me encuentro afectado por un ERE (expediente de despido colectivo por causas productivas, y organizativas).
    Ahora tendré dos años en los que cobraré el subsidio de desempleo y la empresa cotizará, en el límite máximo, por mí a la Seguridad Social hasta la fecha en que cumpla los 63 años.
    Así mismo la empresa me va a dar, un porcentaje de mi sueldo, en forma de renta mensual hasta que cumpla los 61 años.
    En estos momentos tengo 33 años y 7 meses cotizados (estoy incluyendo el año por los dieciocho meses de servicio militar que realicé), por lo que a los 61 años tendré 38 años y 7 meses y a los 63, 40 años y 7 meses.
    ¿Podría jubilarme a los 61 años? y en este caso ¿me deberían reducir 1,750% por cada trimestre, pero de cuántos años?, de 2 años (los que se anticipan desde los 63 años a los 61 años) o de 4 años (los que se anticipan desde los 65 a los 61 años).
    Por lo que he leído, en el caso de jubilación anticipada, la pensión máxima se reduce en un 0,50% por cada trimestre, aquí haría la misma pregunta ¿de cuántos años?, de 2 años (los que se anticipan desde los 63 años a los 61 años) o de 4 años (los que se anticipan desde los 65 a los 61 años).
    Muchas gracias por todo y disculpar la extensión. Un saludo.

    Responder
    • Hola Lorenzo,
      1.- El coeficiente reductor se le aplicaría 4 años, ya que su edad legal de jubilación serían los 65 años.
      2.- Al ser una jubilación forzosa no estamos seguros si se aplicaría el porcentaje del 0,50%. Un saludo

      Responder
  34. Buenas. En diciembre del 2016 dejé de trabajar tras un ERE colectivo con 52 años de edad y 27, 5 años cotizados. Cuando tenga 61 años tendré 35, 5 años cotizados (2 del paro y 6 de la prestación de mayores de 55 años). Quería saber si con la normativa actual me corresponde la pre-jubilación anticipada forzosa a los 61 o a los 63. Gracias.

    Responder
    • Hola Ramón,
      Su edad legal de jubilación serían los 67 años. La jubilación anticipada forzosa son 4 años antes; por lo tanto podría acceder a ella a los 63. Un saludo

      Responder
  35. hola
    voy a complir este mes 63 años me despidieron en 2014 despido improcedente he estado 2 años de paro 6 meses cobrando la ayuda y actualmente no cobro nada sigo inscrita como demandante de empleo sellando correctamente tengo 36 años y 11 meses cotizados puedo acceder a la jubilacion voluntaria al cumplir los 63 años
    gracias

    Responder
    • Hola María, Si podría acceder a la jubilación anticipada voluntaria. Un saludo

      Responder
  36. Hola, tengo 57 años, parado de larga duración, me despidieron en enero de 2012 por considerar que no cumplia con los conocimientos necesarios para el desempeño de mi puesto de trabajo (después de 25 años en la empresa), eso si, con RECONOCIMIENTO DE IMPROCEDENCIA y la indemnización legal correspondiente.
    Por ahora 37,5 años cotizados, estoy dado de alta en la SS con el convenio especial y en diciembre de 2020 cumpliré los 61 años. ¿Podre acceder en ese momento a la jubilación anticipada forzosa?
    Espero que esta consulta este mas clara que la anterior.
    Gracias.

    Responder
    • Hola Luis,
      Si podrá acceder a la jubilación anticipada forzosa. Un saludo

      Responder
  37. Buenos días soy Francisco mi madre tiene 60 años y en Diciembre se jubila su jefe y cierra la empresa ella tiene 24 años cotizados y si le corresponden dos de paro se podría jubilar con jubilación forzosa al terminar el paro.Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Francisco,
      Uno de los requisitos para acceder a la jubilación forzosa son tener un mínimo de 33 años cotizados. Un saludo

      Responder
  38. Buenas tardes.
    A los 63 años me despidieron de mi empresa y la ss me dio la jubilación sin pasar por desempleo (tampoco me preguntaron mi opinión) fue impuesta.
    Hace unos meses me salió la oportunidad de trabajar unas horas y me concedieron la jubilación flexible pero obligando a la empresa por la que fui contratado a pagar mensualmente el 100 % de los costes de la SS alegando de que me había jubilado anticipadamente pese a que había cotizado más de 40 años y mi jubilación fue forzosa, no autorizándome tampoco a trabajar de autónomo.
    Es correcto este planteamiento de la SS o cómo puedo plantear que me concedan la jubilación activa para pagar sólo el 8 % (6% empresa y 2% trabajador) o trabajar como autónomo.
    Muchas gracias
    Javier

    Responder
    • Hola Javier,
      Entendemos que siendo perceptor de una jubilación anticipada, la solicitud para la misma fue de forma voluntaria, no entendiendo como indica que le fue impuesta a usted.
      Por otro lado la jubilación flexible supone que usted pueda trabajar en un empleo a tiempo parcial compatibilizándolo con su pensión de jubilación anticipada.
      Debemos indicarle que es incompatible su pensión de jubilación, con cualquier situación de autónomo, por lo que si usted deseara comenzar una actividad empresarial o profesional, tendría que renunciar a su pensión de jubilación y cotizar en el régimen de autónomos, hasta tanto tuviera el derecho a jubilarse de forma ordinaria. Un saludo

      Responder
  39. Mi madre está en paro después de un ERE, tiene 58 años y 17 cotizados. Tamb minusvália del 36% desde hace 14 años aprox. Podría acceder a jubilación anticipada a las 61 o tendría q esperar a los 65?
    Una vez leí q la minusvalia reducía los años para la jubilación pero no estoy segura de cómo funciona.

    Responder
    • Hola Patricia,
      Para que se reduzcan los años de cotización por una minusvalía tiene que ser a partir del 45%. La edad legal de su madre por los años cotizados sería de 66 años y 6 meses. Puede acceder a la jubilación anticipada forzosa 4 años antes. Un saludo

      Responder
  40. Hola,tengo 59 años, los cumplido el 11 de Enero de 2017.Tengo 41 cotizados me despidieron en 2007 y después de agotar el paro estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años desde entonces, exceptuando cinco días que estuve trabajando en 2014.Puedo jubilarme a los 61 años.Muchas gracias.

    Responder
    • Hola María,
      Si se podría jubilar a los 61 años. Un saludo

      Responder
  41. Tengo 63 años y hasta la fecha he cotizado a la Seguridad Social 39 años y seis mese. A lo largo de este año puedo sufrir un despido objetivo o un despido colectivo ERE en ambos casos por causas económicas. Ahora mismo me correspondería 24 meses de paro que no llegaría a agotar por cumplir mi edad de jubilación en Enero 2019 (65 años). El hecho de tener más de 63 años, pueden obligarte a una jubilación forzosa y no acceder al paro. Me han comentado que en el caso del ERE estaría obligado a la jubilación forzosa con la reducción correspondiente en el importe de la jubilación ¿es cierto?

    Responder
    • Hola Manuel,
      A consecuencia del ERE puede acceder a la jubilación anticipada forzosa, con un coeficiente reductor del 1,750% por trimestre obre la base reguladora. No es obligación, puede cobrar el desempleo y jubilarse a los 65 años. Un saludo

      Responder
  42. Buenas tardes.
    Mi pregunta es si puede mi empresa jubilarme anticipadamente por no ser apta para mi ttabajo por problemas medicos.
    Estoy a punto de cumplir los 50 y tengo cotizados 29 años.

    Responder
    • Hola Pilar,
      No la podrían jubilar. Un saludo

      Responder
  43. Mi duda es si mi marido va a cumplir los 60 y casi 36 años cotizados. le han dicho que puede jubilarse a los 61 con la ley antigua por no haber cotizado un año desde 2013. Esta cobrando subsidio de 426, le bajaria mucho la cuantia a los 61? O es mejor esperar alos 63? Gracias

    Responder
    • Hola Lorena,
      Es mejor esperar a los 63 años,ya que la reducción sería menor. Un saludo

      Responder
  44. estoy en el regimen de artistas con más de 30 años cotizados. tengo entendido que me queda el 100% de la pension de jubilacion (tengo 61 años), pueden obligarme a jubilarme de manera forzosa aunque yo no quiera? Gracias

    Responder
    • Hola José,
      No le puede obligar a jubilarse. Sí le quedaría el 100% si es cantante, trapecista o bailarín. Los demás artistas podrán jubilarse a partir de los 60 años de edad, con una reducción de un 8%, en el porcentaje de la pensión, por cada año que falte para cumplir los 65 años de edad.Un saludo

      Responder
  45. Hola buenos días mi esposa Adriana tiene 59 años en junio del 2017 cumle los 60 no tiene aportes es posible que pueda jubilar o alguna pension no tiene aportes jubilatorios siempre fue ama de casa

    Responder
    • Hola Pedro,
      Si nunca a cotizado no puede acceder a ninguna pensión contributiva. Un saludo

      Responder
  46. Soy pedro tengo 61 años de edad y 42 años de aporte quisiera saber si me puedo jubilar de forma anticipada hace aproximadamente un año que me despidieron del ultimo trabajo no puedo conseguir trabajo a pesar que tengo titulo de técnico.
    Es necesario buscar un abogado

    Responder
    • Hola Pedro,
      Si es despido ha sido por causas objetivas, si podría acceder a ala jubilación anticipada forzosa. Le recomendamos solicite información a la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  47. tengo 57 años me han hecho un despido objetivo y tengo cotizados 42 años…podre jubilarme forzosamente a los 61

    Responder
    • Hola Guillermo,
      Si puede acceder a la jubilación forzosa a los 61 años. Un saludo

      Responder
  48. Hola, en unos dias cumplo 60 años, tengo 37 años cotizados y acabo de terminar mi último contrato que fue por 6 meses y tengo cita para anotarme en el desempleo y para pedir el pago del paro. Quiero saber si puedo pedir mi jubilación anticipada forzosa. Y que requisitos me piden y donde debo acudir. Gracias. Un saludo.

    Responder
    • Hola Salvador,
      Para acceder a la jubilación anticipada forzosa tiene que ser 4 años antes de su edad legal de jubilación, en su caso no podría ser hasta los 61 años, además la causa del cese en el trabajo tiene que ser por despido objetivo. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le podrán informar con más detalle de su caso en particular. Un saludo

      Responder
  49. Buenos dias.
    Tengo 60 años y cobro los 426€ desde 2011, 42 años cotizados.
    Puedo jubilarme a los 63 en vez de a los 61 ?
    Gracias

    Responder
    • Hola Juan,
      Si puede jubilarse a los 63 años. Un saludo

      Responder
  50. Buenas tardes, tengo 61años y 6 meses llevo cotizados 41años y 8 meses, y quiero jubilarme por voluntad propia, se que tengo reducciones. Queria saber si me puedo jubilar.
    Un saludo
    Gracias

    Responder
    • Hola Jorge,
      Para acceder a la jubilación voluntaria anticipada tiene que ser a los 63 años.Un saludo

      Responder
  51. elena buenos dias voy a cumplir 61 años estoy cobrando una prestacion de mayores de 52 años de 426 quisiera saber si tengo derecho a la jubilacion anticipada creo que tengo cotizados 19 años pero estoy en desempleo de larga duracion gracias

    Responder
    • Hola Elena,
      Para acceder a la jubilación anticipada tiene que tener cotizados mínimo 35 años. un saludo

      Responder
  52. Muchas gracias por la atención que ha tenido conmigo, me ha resuelto dos grandes dudas. Un saludo

    Responder
    • Hola María,
      Gracias por confiar en Canal Jubilación. Un saludo

      Responder
  53. Buenas tardes, en primer lugar agradecerles lo rápido que me contestaron el otro día no quiero ser pesada pero por favor me queda una duda más verán, a mi marido lo despiden para junio y resulta que en julio haría 35 años de cotización, mi pregunta es la siguiente: cuenta el paro para añadir más tiempo cotizado? Muchas gracias

    Responder
    • Hola María,
      El paro si cotiza para la jubilación. Un saludo

      Responder
  54. Mi marido cumplió 61 años en marzo, en julio si dios quiere tendrá 35 años cotizados,cree que van a despedirlo a el y a otro compañero por falta de producción, mi pregunta es la siguiente: puede jubilarse anticipadamente? Muchas gracias.

    Responder
    • Hola María,
      Si el despido es por causas objetivas si podría acceder a la jubilación anticipada forzosa. Un saludo

      Responder
  55. Hola, tengo 59 años, parado de larga duración, me despidieron por causas objetivas economicas, con mas de 38 años cotizados , Estoy cobrando un subsidio de 426€ y me dijeron que a los 61 accederia a la jubilacion forzosa. En este caso que porcentaje me descontarian y sobre cuantos años harian el calculo? tengo entendido que serian sobre 25 años atras.
    Otra pregunta si me lo permite. Yo percibia unas comisiones que no se reflejaban en nomina supongo que para ahorrarse el jefe la Seg. Soc. pero sí que me hacia la empresa una retencion de las mismas y lo declaraba en Hacienda. A la hora de jubilarme estas comisiones se tendrian en cuenta? la Seg. Social me pediria pagar por estas comisiones mi parte de seg. social? La empresa ya cerró
    Gracias.

    Responder
    • Hola Gregorio,
      El coeficiente reductor sería del 7% anual.Para el cálculo de la pensión de jubilación solo se tiene en cuenta las bases de cotización. Un saludo

      Responder
  56. Hola, tengo 59 años, cobro 426€ de subsidio concedido en principio hasta Noviembre de 2017 por ser parado de larga duración. en Nov de 2017 cumplo los 61. Estoy divorciado y la casa familiar sigue aún a nombre de los dos. Mis hijos son mayores, tienen su trabajo y viven fuera de casa. Me tuve que ir a vivir a otra casa la cual se la quedó el banco por falta de pago. Mi madre jubilada cobra su pension de 636€. Si me voy a vivir con mi madre perdería yo el derecho a jubilación anticipada?
    Otra pregunta: Tengo derecho en caso de fallecimiento de mi madre al 50% de una vivienda. En caso de que eredase estando yo jubilado a los 61 tendria que declarar este aumento de mi patrimonio y podria influir en mi jubilacion? . Gracias

    Responder
    • Hola Gregorio,
      1.- Si cumple todos los requisitos para acceder a la jubilación anticipada no influye que usted viva con su madre.
      2.-En caso de fallecimiento de su madre los bienes serán para los herederos.
      3.-Siempre hay que declarar a Hacienda el aumento de patrimonio.
      4.-El patrimonio que usted tenga, no influye en la cuantía de la pensión.
      Un saludo

      Responder
  57. Después de entregar todos los papeles en la seguridad social para juvilarme me contestan que me lo de niegan porno a hacerse producido el ceseen en el trabajo por causas o imputable a la libre voluntad del trabajador tengo 61 años y 34 cotizados me pararon con un despido improcedente

    Responder
    • Hola Francisco,
      El despido improcedente no se considera despido por causas objetivas. Hasta los 63 años no se podría acoger a la jubilación anticipada voluntaria. Un saludo

      Responder
  58. Tengo 61 años me despidieron después de 20 años con un despido improcedente se fue a fogata no se presentaron luego fuimos a juicio ,la empresa reconoció el despido improcedente pago lo que marca la ley .después de dos años cobrando el paro quiero juvilarme y alegan que no puedo por venir de un despido improcedente.tengo 34 años cotisado

    Responder
    • Hola Francisco,
      El despido improcedente no es causa para la jubilación anticipada forzosa. Un saludo

      Responder
  59. Me dan la carta de despido………..Despido objetivo por causas organizativas cheque en el momento de firmar la carta de 20 dias lo firmo.Otra carta aparte en la q dice mas o menos con objeto de evitar conflistos o denuncias y evitar gastos se ofrece la cantidad Xen cocepto de despido legal improcedente.Esta ultima cantidad es la equivalente al de despido improcedente sumandola a la de los 20 dias de la la carta de despido.
    Mi pregunta es ¿puedo jubilarme a los 61 años q tendre al acabar el paro?
    GRACIAS.

    Responder
    • Hola Nieves,
      Lo sentimos pero no tenemos todos los datos para poder darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  60. Hola tengo 61años i me an dicho que si solicito el subsidio para mayores de 55 me puede jubilar ya que tengo 38años cotizados mi pregunta es eso se considera una jubilación forzosa i que consecuencias me a acarrearía

    Responder
    • Hola Manuel,
      En estos casos depende de la situación familiar de cada persona. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas respecto a su jubilación. Un saludo

      Responder
  61. Si he sido despedido en un ERE y cuando tenga 61 años (en el 2021) ya tengo cumplidos 40 años cotizados incluyendo paro y demás me puedo jubilar al cumplir los 61 años o me afecta gradualmente
    el retraso y tengo que esperar a los 63. ??????

    Responder
    • Hola Carlos,
      En el 2021 según sus años cotizados se debería jubilar con 65 años. Voluntariamente se puede jubilar con 63 pero al ser una jubilación forzosa ,sino cambia la situación podría acogerse a la jubilación con 61 años con el correspondiente coeficiente reductor. Un saludo

      Responder
  62. Buenos días,
    tengo 61 años y cuatro meses. Si la empresa me despidiera, ¿tendría derecho a cobrar dos años de paro, o la Seguridad Social me podía obligar a una jubilación forzosa? Llevo cotizados 44 años.
    Un saludo y gracias.

    Responder
    • Hola José Ramón,
      La jubilación no es obligatoria, si te despidieran podrás cobrar el paro que te corresponda.Un saludo

      Responder
  63. Mi empresa realizó un ERE el 20/12/2012, y me despidieron con fecha 20/06/2014, (18 meses más tarde) después de un acuerdo con la empresa, para apoyo en la continuidad de un proceso de outsourcing. en dicha fecha ya tenía cumplidos los 55 años de edad, y la empresa me indemnizó, según acuerdo en el ERE y pago anticipadamente la cotización a la seguridad social hasta los 61 años.
    Mi cotización a la seguridad social es sobre bases máximas.
    Mi pregunta es si podré jubilarme anticipadamente a los 61 años. y al estar cotizando a base máxima, el importe de la pensión por el coeficiente de reducción no afectaría al importe de pensión máxima.
    Gracias y saludos

    Responder
    • Hola josé Luis,
      Tiene que tener un mínimo de años cotizados. Las reducciones sobre las bases de cotización por año anticipado a la edad de jubilación oficial son las siguientes:
      Entre 30 a 34 años cotizados un 7,5%
      Entre 34 a 37 un 7%
      Entre 38-39 un 6,5%
      Más de 40 años un 6%
      Un saludo

      Responder
  64. BUENOS DIAS:
    ME HAN NOTIFICADO QUE TENGO QUE JUBILARME FORZOSAMENTE A LOS 61 AÑOS CUMLIENTO TODOS LOS REQUISITOS EXIGIBLES.(LOS CUALES TENGO) QUE IMPORTE SERIA LA JUBILCION QUE ME QUEDE?
    MUCHAS GRACIAS

    Responder
    • Hola Fernando,
      No disponemos de la información necesaria para poder concretar la respuesta relacionada conb el importe de su jubilación. Le facilitamos el número de la Seguridad Social que le atenderán de sus caso particularmente. 901 16 65 65.
      Un saludo

      Responder
  65. Hola Marga,
    Te sugerimos que, para obtener una respuesta más adecuada a tu consulta, realices tu pregunta en nuestra sección PREGUNTE A LOS EXPERTOS.
    Gracias

    Responder
  66. Mi marido cumple 61 en enero llevaba 2 años en el paro no se pude jubilar a los 61 porque ha trabajado 11 días e agosto

    Responder

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