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Cómo se calcula la pensión de jubilación

Señales indicativas con las palabras future y past
3 Min de lectura
Para para obtener la base reguladora de la pensión, y calcular así cuánto percibirás al jubilarte, se van a tener en cuenta los últimos 24 años que hayas trabajado si te retiras en 2023.
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El equipo de redacción de MAPFRE especializado en temas laborales. Lleva más de 10 años preocupándose por tus ahorros y porque sigas manteniendo una buena calidad de vida en el momento de la jubilación. Pero no solo eso, aquí encontrarás información útil y práctica sobre relaciones laborales, impuestos, prestaciones y mucho más.

Los años de experiencia de MAPFRE en el sector nos avalan como fuente de información veraz y práctica para acompañarte en las diferentes etapas de tu vida.

Desde la reforma del sistema de 2011, el periodo que se tiene en cuenta para confeccionar la base de regulación cambió y va en aumento. Y es que al calcular la pensión por jubilación, esa base de regulación de la prestación es el primer dato que necesitamos.

Cuántos años cuentan para establecer la base reguladora

Esta cantidad se obtiene de acuerdo con lo cotizado en un periodo de años del total de tu vida laboral. La tendencia, después de las últimas reformas del sistema de pensiones en España, es que el número de años que se valoren sean cada vez más.

  • Hasta 2013: últimos 15 años. Era el periodo de cotización que se tomaba para determinar la base reguladora de la pensión.
  • Desde 2013-hasta 2023: se establece un calendario para ir aumentando paulatinamente los años que se tienen en cuenta.

Ejemplos prácticos de cálculo de la pensión

  • Te has jubilaste en 2013. En la Seguridad Social y en base a la normativa vigente en el momento de tu retiro laboral, se determinó tu base reguladora tomando los últimos 16 años de cotización -192 meses-.

  • Te vas a jubilar en 2023 o después. Si no hay cambios y se mantiene lo previsto en la reforma de 2011, en 2023 y en los años siguientes, para el cálculo de tu pensión se tendrán en cuenta los últimos 25 años cotizados. En 2023, para hallar la base reguladora se han de sumar (mes a mes) las bases de cotización de los últimos 25 años, es decir, de los últimos 300 meses. Y, a continuación, se divide el resultado entre 350. No obstante, no se descarta que en una nueva modificación en este periodo continúe creciente y finalmente toda la vida laboral –total de años trabajados- sean tenidos en cuenta por la Seguridad Social.

¿Para qué sirve la base reguladora?

Caja con llave abierta y con dinero al lado

La base reguladora sirve para calcular el dinero que se percibirás al mes durante la jubilación. Es decir, una vez calculada se conocerá la cuantía de la pensión de jubilación. Al igual que la edad legal para jubilarse va en aumento desde el año 2013, el cómputo –años que se valoran para determinar la base- también se va incrementando de forma progresiva a razón de un año hasta 2023.

Para calcular la pensión por jubilación, la base reguladora se obtiene con la media de las bases de cotización actualizadas de los años que correspondan –a partir de 2023 serán 25- , sin tener en cuenta las pagas extra  pero actualizando el valor de las bases de cotización en función del IPC, excepto de los dos últimos años que no se actualizan.

Ten en cuenta que, si has sido previsor y has ahorrado mediante Planes de Pensiones MAPFRE durante tu vida activa, ni la base reguladora ni los años de trabajo minimizarán tu complemento previsto en tu producto de ahorro, por lo que siempre tendrás un extra en este periodo de tu vida con independencia de los cambios que lleguen al sistema público de pensiones.

Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 21 Feb, 2023
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Comentarios (65)

  1. Hola buenas tardes tengo reconocida una pensión de incapacidad permanente desdé agosto de 2019 con más de 40 años cotizados entró en el simulador de ss y no me da los 25 años me da 15 como puedo ser si son 25 años

    Responder
    • Hola Antonio,
      Desconocemos el motivo. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social donde le podrán aclarar todas las dudas. Un saludo

      Responder
  2. Hola, buenos días:
    Tengo el calculo de mi pensión pero en el mismo a pesar de que las cantidades cotizadas son correctas, no tengo actualizadas las mismas sobre los ultimos 24 meses ya que mi jubilacion ha sido en abril de este año 2022 y me dejan de actualizar solo desde abril del 2019 cuando entiendo deberian estar actualizadas desde octubre del 2020 que son los 24 meses anteriores a la fecha de jubilacion. Es decir me faltarian según mi calculo savo error por mi parte actualizar 11 meses.
    Estoy en lo cierto?
    Gracias

    Responder
    • Hola Jose, le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  3. En el caso de Jose Vicente, se le aplica el cómputo de 15 años porque la Seguridad Social utiliza su propio criterio según sople el viento y aplican el criterio de » trabajos irrelevantes» .En mi caso que es comparable con el señor Jose Vicente, la S.S me repondió.

    En relación con la cuestión que plantea en su escrito, le informamos de que la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, ha modificado la Disposición transitoria cuarta de la Ley General de la Seguridad Social, dejándola con la siguiente redacción:

    “Disposición transitoria cuarta. Aplicación de legislaciones anteriores para causar derecho a pensión de jubilación.

    … / …

    5. Se seguirá aplicando la regulación de la pensión de jubilación, en sus diferentes modalidades, requisitos de acceso, condiciones y reglas de determinación de prestaciones, vigentes antes de la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, a las pensiones de jubilación que se causen, en los siguientes supuestos:

     

    a) Las personas cuya relación laboral se haya extinguido antes de 1 de abril de 2013, siempre que con posterioridad a tal fecha no vuelvan a quedar incluidas en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social.

    … / …

    c) No obstante, para el reconocimiento del derecho a pensión de las personas a las que se refieren los apartados anteriores, la entidad gestora aplicará la legislación que esté vigente en la fecha del hecho causante de la misma, cuando resulte más favorable a estas personas.”

     

    En virtud de esta norma, para que se pueda aplicar la regulación de jubilación vigente a 31/12/2012 a las personas cuya relación laboral se hubiera extinguido antes de 01/04/2013, es necesario que con posterioridad a tal fecha no vuelvan a quedar incluidas en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social.

     

    Por tanto, la realización de trabajos posteriores a la fecha indicada impide la aplicación de la normativa anterior, salvo que dichos trabajos o actividades merezcan considerarse irrelevantes.

     

    En este sentido, los Criterios establecidos por la Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica de la Seguridad Social, pueden considerarse irrelevantes los trabajos por cuenta ajena o la actividad por cuenta propia de carácter temporal que se realicen entre períodos de percepción de prestación por desempleo, siempre que, por su duración, únicamente hayan dado lugar a la suspensión de la prestación o subsidio por desempleo derivados de la pérdida de un trabajo por cuenta ajena antes de abril de 2013

    Responder
    • Hola Sebastián,
      Muchas gracias por su aportación. Un saludo

      Responder
  4. Me jubilo con 65 años, tengo cotizados 44 años, y desde el 2011 cobro los 450 euros de ayuda. Para calcular mi pension se utilzan los ultimos 15 o los ultimos 25 años. MUCHAS GRACIAS.

    Responder
    • Hola Gerardo,
      Se le aplicarán los últimos 25 años. Un saludo

      Responder
  5. Buenos días, actualmente, tengo una vida laboral de casi 16 años pero a día de hoy llevo más de 25 años sin trabajar. Según he leído, necesito cotizar dos años más antes de jubilarme. Cuando llegue la fecha de mi jubilación,me dicen que para el cálculo de la pensión tendrán en cuenta las bases de cotización de los 25 últimos años inmediatamente antes de mi jubilación, mi pregunta es si en ese tiempo sólo tengo bases de cotización en los 2 últimos años y el resto a 0 porque no he trabajado esos años , de alguna manera me pueden tener en cuenta mis 16 años cotizados anteriores ( del año 1978 a 1993 ) ó pierdo esas bases de cotización ? ruego ayuda sobre este asunto.
    muchas gracias de antemano.

    Responder
    • Hola Antonia,
      Sobre ese periodo se le aplicarán las lagunas de cotización. Un saludo

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  6. Pedi la juvilacion, y los ultimos tres meses, de cotizacion, no estaban ingresados, y me cojieron meses de los años que la base era mucho mas baja, y pedi la revision, pero no me la quisieron hacer, por lo que son 9€ mensuales que pierdo. Que puedo hacer.

    Responder
    • Hola Encarna,
      Debería reclamar a la Seguridad Social y pedir la revisión de la pensión. Un saludo

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  7. CUMPLO 61 AÑOS EL 24/03/2022, ME QUIERO JUBILAR Y SOLO ME COGEN PÀRA EL CALCULO LOS ULTIMOS 15 AÑOS, NO LOS 25.
    EN EL AÑO 2011 SUFRI UN ERE Y PASE AL PARO HE TRABAJADO DESUPUES ALGUNOS CONTRATOS CORTOS Y ACTUALMENTE COBRO LA AYUDA A MAYORES DE 55 AÑOS.
    ME DICEN QUE NO ME CORRESPONDEN LOS ULTIMOS 25 AÑOS, CUANDO YA ME DESCUENTAN POR LOS 4 AÑOS UN 26%, HE VISTO QUE HAY EXCEPCIONES PARA QUE TE PUEDAN COGER LOS 25 AÑOS DE LA CARRERA DE COTIZACION MAS EXTENSA.
    INSISTEN EN QUE POR LEY SOLO COGEN 15 Y NO 25 PORQUE????

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    • Hola José Vicente,
      A partir del año 2022 se cogen los últimos 25 años. Un saludo

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    • Yo creo que eso ha sido por haber estado trabajando después de haber un ERE como usted dice. Yo también estuve en un ere en el 2011 he estado cotizando por convenio especial no he estado de alta desde entonces en ninguna empresa y me han tomado los últimos 25 años puede ser que sea este el motivo lo que no entiendo es por qué no se lo explican en caso de que fuera así.

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  8. Buenas tardes, tengo 63,5 años y mi edad ordinaria de jubilación es a los 65. Estoy con contrato de suspensión temporal hasta los 65 años y desde diciembre de 2010 hasta la edad de jubilación, con un convenio especial con la seguridad social y bases de cotización máxima. El simulador de la Seguridad social, utiliza como bases de cotización para el cálculo de la Base Reguladora, los últimos 15 años. ¿Pueden aclararme el motivo?

    Responder
    • Hola Santiago,
      Desconocemos el motivo ya que tendría que coger los últimos 25 años. Puede solicitar cita en la Seguridad Social donde le podrán sacar la cuantía exacta de la pensión. Un saludo

      Responder
  9. Tengo un supuesto en que tras más de 38,5 años cotizados, los tres años previos a la jubilación no has cotizado. ¿Se toman los 25 últimos años cotizados o se tienen en cuenta los 25 años previos a la jubilación entrando en el cómputo los tres años no cotizados?

    Responder
    • Hola Jorge,
      Se toman los 25 últimos años inmediatamente antes de la jubilación. Los años sin cotizar se le aplica las lagunas de cotización. Un saludo

      Responder
  10. Perdón, quería decir penalización, de dos meses, ..24 años de cómputo, Sin penalización, 25 años de cómputo…

    Responder
    • Hola Victoria,
      Siempre es más favorable jubilarse sin penalización del coeficiente reductor. Un saludo

      Responder
  11. Tengo una duda, para una persona que perdió su trabajo por un ere por causas productivas y organizativas en abril de 2014, el cual ha estado abonando el convenio especial con la seguridad social hasta ahora. En caso de pedir la jubilación anticipada ahora con 62 años, que periodo de computo le aplicaran, los 17 años de la fecha en que fue despedido o los 24 años de la fecha actual, que es cuando va a solicitar la jubilación anticipada.
    Gracias

    Responder
    • Hola José,
      Le computarán los últimos 24 años de cotizaciones. Un saludo

      Responder
  12. buenas tardes,

    mi pregunta es, mi mujer actualmente llega quince años y medio cotizando,
    quería saber si se queda en el paro y ya no trabaja mas, hasta su jubilación, tendría derecho a cobrar algo de pensión, por los años cotizados?

    gracias

    Responder
    • Hola Juan,
      Con esos años cotizados podría cobrar una pensión siempre que tenga cotizados 2 años dentro de los últimos 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho a jubilación. Si no es así podría cobrar una pensión no contributiva. Un saludo

      Responder
  13. Me acabo de jubilar y me han computadoras los últimos 22 años.tengo 22 años cotizadoshasta el momento de la jubilación, sin embargo no me han metido el último mes y medio tengo que recurrir y como lo hago?

    Responder
    • Hola Candy,
      Cuando reciba la resolución, si no la ha recibido tiene que pedirla, debe de presentar un escrito alegando que no le han incluido las bases del último mes y medio y solicita que se le incluyan y se realice el recálculo de la pensión. Para agilizar el trámite le recomiendo que independientemente de solicitar cita previa acuda a su oficina del INSS con la documentación que acredita dicha falta de computo para poner en conocimiento el error y ver si se lo pueden resolver en el mismo día.
      Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Un saludo

      Responder
  14. Tengo 62 años y 36 años cotizados, me puedo jubile ya Y si voy a cobrar el 100 % de la jubilación?

    Responder
    • Hola Lidia,
      Hasta los 665 años no se podría jubilar. Un saludo

      Responder
  15. He cotizado durante 19 años. Tedre derecho a una pensión.el dia de mi jubilacion?

    Responder
    • Hola Juan Carlos,
      Si tendrá derecho a pensión por los años cotizados. Un saludo

      Responder
  16. tengo una invalidez total absoluta y cuando hicieron el cálculo de mi pension en 2011el computo era de 15 años, puedo cobrar mas ahora que ha subido el computo?, gracias Alfonso

    Responder
    • Hola Alfonso,
      Depende de las bases de cotización. Un saludo

      Responder
  17. no me entero , tengo 61 años y 43 años cotizados cundo me puedo jubilar y que pension me queda

    Responder
    • Hola Raul,
      Su edad legal de jubilación será a los 65 años con el 100% de la pensión. Un saludo

      Responder
  18. Llevo desde el año 2009 con una incapacidad del 33 por cien y una cotización de 38 años cuanto me quedaría en el 2019 que cumplo los 65 años el cien por cien o menos gracias

    Responder
    • Hola Manuel,
      Para acceder a la jubilación a los 65 años en el 2019 hay que tener cotizados 36 años y 9 meses o más. Un saludo

      Responder
  19. Buenos DÍAS. LLevo a día de hoy cotizados mas de 34 años de los cuales los últimos 10 con grupo de tarifa 3 y con un sueldo anual de casi 40000 euros anuales. A día de hoy me vi en el paro y trabajo con un sueldo anual de 28000 euros. Con grupo de tarifa 5 y lógicamente al ganar menos mis bases durante los 8 años que me quedan para los 65 serán más bajas.

    Mi pregunta es la siguiente debido a la crisis y verme en mi situación de cotización inferior como me van a calcular la pensión??? Tendran en cuenta los más de 28 años cotizando por alto a comparación del dia de hoy y teniendo en cuenta los 8 años que me quedan???

    Muchas gracias

    Responder
    • Hola Jesús,
      En 2017, ya se tienen en cuenta los últimos 20 años que se haya cotizado. Esta cantidad se irá incrementando a razón de 12 meses al año, hasta 2022 (cuando se computarán 25 años). Un saludo

      Responder
  20. Hola, hace unos días dejé esta consulta:
    A partir del 10 de junio comienzo una jubilación parcial con 61 años y reducción de jornada del 85%.
    En el INSS me han calculado la base reguladora por el peridodo de los últimos 15 años.
    Yo pensaba que aplicarían los últimos 21 años este año e irían icrementando el periodo hast el 2022 pero en el INSS me ha dicho que yo soy del plan antiguo y que no entro en esta última reforma del 2013.
    Quisiera saber si es así y si, cuando tenga la edad de jubilacion reglamentaria de 65 años, me aplicarán los últimos 25 años o seguiran haciendolo con los 15.
    Y, amablemente, me respondieron:
    Debemos indicarle que efectivamente, con la reforma de las pensiones según el Real Decreto 1716/2012 de 28 de diciembre, las personas cuya relación laboral se haya extinguido antes del 1 de abril de 2013, y siempre y cuando con posterioridad no hubieran estado dadas de alta en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social, se le aplicará la anterior normativa, por lo tanto para calcular su pensión de jubilación ordinaria debe tenerse en cuenta las bases de cotización de 15 años.
    Quisiera aclarar que aún sigo en activo y que mi relación laboral no se ha extinguido. Bajo estas condiciones, ¿el cálculo de la pensión se haría sobre las bases de cotización de los últimos 15 años tal cómo me respondieron ustedes?
    Gracias

    Responder
    • Hola José Luís,
      Tal y como le indicamos si usted sigue en activo, en este caso, según la normativa se le aplica la nueva normativa, es decir, se tendrá en cuenta los últimos 25 años. Un saludo

      Responder
  21. Hola
    A partir del 10 de junio comienzo una jubilación parcial con 61 años y reducción de jornada del 85%.
    En el INSS me han calculado la base reguladora por el peridodo de los últimos 15 años.
    Yo pensaba que aplicarían los últimos 21 años este año e irían icrementando el periodo hast el 2022 pero en el INSS me ha dicho que yo soy del plan antiguo y que no entro en esta última reforma del 2013.
    Quisiera saber si es así y si, cuando tenga la edad de jubilacion reglamentaria de 65 años, me aplicarán los últimos 25 años o seguiran haciendolo con los 15.
    Muchas gracias y saludos

    Responder
    • Hola José Luis,
      Debemos indicarle que efectivamente, con la reforma de las pensiones según el Real Decreto 1716/2012 de 28 de diciembre, las personas cuya relación laboral se haya extinguido antes del 1 de abril de 2013, y siempre y cuando con posterioridad no hubieran estado dadas de alta en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social, se le aplicará la anterior normativa, por lo tanto para calcular su pensión de jubilación ordinaria debe tenerse en cuenta las bases de cotización de 15 años. Un saludo
      Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés.

      Responder
  22. Buenos tarde, mi papa, se jubila este año, con 43 años de aportes.
    Como se reclaman los 13 años de aportes de mas?
    Gracias

    Responder
    • Hola Ivan,
      Lo sentimos pero no entendemos bien su pregunta. Los años que se ha cotizado de más no se reclaman. Un saludo

      Responder
  23. Buenas tarde una consulta?? Con 42 años cotizados qe coeficiente reductores % si me qiero jubilar a los 61 años…. Gracias

    Responder
    • Hola Antonio,
      Dependerá si la jubilación anticipad aes forzosa o voluntaria. Un saludo

      Responder
  24. Gracias por su respuesta.. pero tengo una duda si me jubilo a los 61 años en el 2021 cuantos años me computa? Porqe arriba en el anexo pone 24 años segun ustedes pone a parti del 2022 o 2025 ..son 25 no lo entiendo ne lo podeis aclarar….Gracias

    Responder
    • Hola Antonio,
      En el 2021 se computan 24 años y a partir del 2022 se computarán 25 años. Un saludo

      Responder
  25. Hola!! Me qiero jubilar a los 61 años con 42 años cotizados qeria saber el calculo de los años cotizables me han comentado qe hasta2020 son 20 años y 2022.. 25 años eso es asi tengo 58 años gracias

    Responder
    • Hola Antonio,
      En el 2020 se utilizarán 22 años para calcular la base reguladora y a partir del 2025 serán 25 años. Un saludo

      Responder
  26. Hola compañeros alguien me podría decirme más o menos con un sueldo de2000€ limpios cuanto me va a kedar de pensión cobrando el cien por cien años 65 ajos k voi a cumplir con 45 años cotizados muchas gracias

    Responder
    • Hola Miquel,
      Para saber la cuantía de la pensión se necesita saber las bases de cotización.Le recomendamos solicite información en la Seguridad Social donde le podrán sacar exactamente a cuanto puede ascender su pensión. Un saludo

      Responder
  27. Yo tengo 61 años i 5 meses e pedido el contrato de Relevo i la empresa me dijo que si que ya lo avía pedido cuándo empezaré a cobrar el 75 del gobierno iel 25 de la empresa i como calculan lo que voy a cobrar gracias

    Responder
    • Hola Miquel,
      Depende de las bases de cotización. Le recomendamos solicite información en la Seguridad Social donde le podrán sacar exactamente la cuantía de la jubilación. Un saludo

      Responder
  28. Hola soi Miquel cojo el contrato de relevo el 2017 cuantos años me cuentan para calcular mi jubilación gracias

    Responder
    • Hola Miquel,
      Depende del año en que se jubile. Un saludo

      Responder
  29. Hola
    Mi pregunta es:
    La base reguladora se establece de acuerdo con los 25 últimos años de cotización o los últimos 25 años antes de cumplir los 67 años?
    Gracias

    Responder
    • Hola Daniel,
      Son los 25 últimos años inmediatamente anteriores a la edad que le corresponda de jubilación. Un saludo

      Responder
  30. tengo 63 años me quiero jubilar y solo me calculan la pension de los ultimos quince años es eso correcto un saludo

    Responder
    • Hola Mariano,
      En este año 2017 se cogen los últimos 20 años. Un saludo

      Responder
  31. Buenas tardes; tengo 55 años, y 31 año y medio cotizado;llevo 5 años en paro y seguramente llegue a los 67 años para jubilarme sin haber trabajado de los 55 a los 67 años. Mi pregunta es la siguiente, para establecer mi paga mensual de jubilazación se cogeran los 25 últimos años cotizados(en mi caso de los ultimos 31 años y medio cotizados, ya que de los 55 a los 67 no habre cotizado nada por estar parado), o se cogen los 25 años anteriores a la edad de la jubilación aunque no haya cotizado de los 55 a los 67 años?. Gracias

    Responder
    • Hola Juan Carlos,
      Se cogen los 25 años anteriores a la jubilación. Un saludo

      Responder
  32. Hola,mi pregunta es la siguiente :si se que no llego a cotizar los 37 años a los 67 años por algún motivo. ¿hay alguna manera de cotizar esos años dentro de este periodo.?… Ejemplo me quedan 27 años para jubilarme y según mis cuentas ya no voy a cotizar los 37 años que me piden para poder cobrar el 100% de lo que yo haya cotizado al jubilarme a los 67 años,durante este periodo ¿hay alguna manera de conseguir esos años? A lo mejor pagando más….hablo de un caso de contratación por cuenta ajena,un saludo.

    Responder
    • Hola Manuel,
      Le recomendamos solicite información en la Seguridad Social, ya que existen convenios para poder seguir cotizando. Un saludo

      Responder

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