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¿Se puede cobrar menos de la pensión mínima?

Mujeres mayores mirando un móvil
3 Min de lectura
Los Presupuestos Generales del Estado fijan cada año la pensión mínima. Los pensionistas que no alcanzan esa cifra con su pensión ordinaria pueden pedir un complemento a mínimos para llegar a ella siempre que cumplan una serie de requisitos.
José Trecet gestor
José Trecet
Gestor y Periodista Económico | Web

Amante de las finanzas, la economía conductual y los impuestos, ha hecho de su pasión su profesión y actualmente es orientador y formador. Con más de 20 años de experiencia en el ámbito de la comunicación en finanzas e inversión y múltiples colaboraciones en medios del sector.

La pensión de jubilación mínima en España es de 783,10 euros al mes para un pensionista sin cónyuge. La cantidad baja a 743,3 euros cuanto tiene un cónyuge que no está a su cargo y sube a 966,2 euros si su cónyuge está a cargo.

A diferencia del resto de pensiones contributivas, que se actualizan según el IPC, la pensión mínima se fija en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) y existe para todos los tipos de pensiones contributivas. Desde la pensión de jubilación hasta la de incapacidad, jubilación y orfandad.

Esa pensión mínima marca la cuantía que deben percibir todos los pensionistas con derecho a una pensión contributiva de la Seguridad Social. Sin embargo, eso no quiere decir que tenga un carácter universal.

El cálculo de la pensión tiene en cuenta varios factores. Por ejemplo, la pensión de jubilación utiliza tres variables: el tiempo que hayas cotizado, tu salario y la edad de jubilación.

Es muy posible que el cálculo final arroje una pensión inferior a la pensión mínima. Para empezar, quienes hayan cotizado menos de 15 años no tendrán derecho a la pensión contributiva y se tendrán que conformar con una pensión de carácter asistencial muy inferior a la mínima.

Para estos pensionistas no contributivos no existen otra alternativa. Sin embargo, quienes cobren una pensión contributiva sí que la hay. En su caso, si el resultado es inferior a la pensión mínima podrán solicitar lo que se conoce como un complemento a mínimos.

Como su propio nombre indica, este complemento es un suplemento que se añade para que puedan cobrar la pensión mínima. Es la forma en la que la Seguridad Social se asegura que todos los pensionistas que han cotizado por lo menos 15 años tienen lo que consideran una pensión digna.

¿El complemento a mínimos aplica siempre que la pensión es inferior a la mínima?

Este suplemento a la pensión que no llega al mínimo tampoco es universal. Para poder acceder a él hay que cumplir una serie de requisitos.

El principal es no superar cierto límite de ingresos. En concreto, el pensionista no podrá tender rentas superiores a los 8.614 euros si no tiene el cónyuge a cargo.

Si el cónyuge está a su cargo, el límite para poder cobrar el complemento a mínimos asciende a 10.084 euros. Estas cantidades se actualizan cada año en los PGE.

La Seguridad Social aplicará el complemento a mínimos de forma automática a los pensionistas que no superen estas cifras hasta que su pensión alcance la cifra marcada por la pensión mínima en cada momento.

Hombre mayor sentado en un banco

https://bit.ly/3sP6jhe

¿Me pueden bajar la pensión?

Es poco habitual, pero sí que puede pasar que te bajen la pensión. Hay dos casos donde puede suceder.

El primero afecta a quienes cobran el complemento a mínimos. Si en algún momento superan los límites de ingreso, tendrán que comunicarlo a la Seguridad Social y perderán ese suplemento a su pensión. En esos casos, percibirían solo la pensión que les corresponda, aunque sea inferior a la mínima.

El segundo caso es el de quienes cobran el complemento para la reducción de brecha de género. Este complemento, que sirve para cobrar más que la pensión máxima, se puede retirar en caso de que el otro progenitor lo solicite y cumpla los requisitos.

El complemento a mínimos y la pensión mínima son solo un ejemplo de cómo pueden cambiar las leyes respecto a la pensión pública. Una forma de no depende de terceros es planificar tu jubilación e invertir para tener un complemento propio una vez te jubiles.

En MAPFRE encontrarás diversidad de opciones de inversión para hacerlo. Desde los tradicionales planes de pensiones hasta seguros de ahorro y fondos de inversión.

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Publicado por José Trecet
- 30 Nov, 2023
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Comentarios (36)

  1. Hola, que tal, me han concedidio una pension por Incapacidad Permanente Absoluta pero me van a ingresar una cantidad que esta por debajo de la pension minima que creo son 683,50euros/mes, en mi caso me ingresan el 100% de la base reguladora que es 529euros/mes con la revaloriazcion se queda en solo 534euros/mes, me han dicho que puedo solicitar un complemento a minimos, pero me gustaria saber si me lo concederan, soy soltero sin hijos sin propiedades y no tengo otros ingresos,puede haber pensiones que esten por debajo de la pension minima??, gracias, saludos

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    • Hola Juan,
      Lo sentimos pero no tenemos todos los datos para facilitarle una respuesta correcta. Le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

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      • Hola, gracias por su respuesta, pero perdone que insista, puede haber pensiones que esten por debajo de la pension minima?, en la seguridad social me han dicho que hay pensiones por debajo de la minima pero porque tienen otros ingresos, en mi caso no tengo ningun otro tipo de ingresos, me concederan entonces esa pension minima?, gracias, saludos

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        • Hola Juan,
          Según los datos que nos aporta no llega al importe mínimo para este año, por lo que sí le correspondería. Un saludo

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  2. Hola, querria saber que pasaría con el extra que recibo para llegar al minimo de pension si recibo una cuantia fija de mi plan de pensiones. Actualmente recibo una cuentia menor de 600 euros por lo que recibo un pequeño extra por parte de la adminisitracion. Si recibo todo mi plan de pensione sobrepasaría el minimo y me imagino que me quitarían el extra que percibo aunque no estoy segura. Mi pregunta es, suponiendo que me lo quitasen, por cuanto tiempo seria? Solo por el ejercicio fiscal cuando declare el capital total de mi plan de pensiones o para siempre? Les agradecería mucho una respuesta.

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    • Hola Pilar,
      Efectivamente tal y como usted plantea, es incompatible el complemento a mínimos con cualquier ganancia patrimonial que exceda de 7.347,99 euros al año, no obstante, en este sentido indicarle que en el supuesto del rescate del plan de pensiones sólo computaría los ingresos íntegros y no la ganancia a efectos fiscales, según tienen declarados los tribunales.
      En el supuesto de que retiraran la pensión tan sólo sería para el año natural y posteriormente se podría volver a solicitar. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Reciba un cordial saludo.

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  3. Tengo 24 años empeze a trabajar con 23 en julio de 2017 en una empresa aun cobrando una paga por orfandad de 184,90€ al mes. Cotize en estos meses un poquito mas del regimen del salario interprofesional, me pregunto si ahora que estamos en el 2018 y cobre esas pagas, la seguridad social me la puede reclamar intrega durante los meses que cobre mas o simplemente me llegara un cargo a devolver de cierta cantidad. Gracias es urgente

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    • Hola Elena,
      Si en el computo anual no ha pasado del importe máximo no pasaría nada. Un saludo

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  4. Despues de haber cotizado 35 años como autonomo, mi pension es de 637 euros, esta includo por debajo del SM interprofesional ¿ Es correcto ?, porque si es correcto, no me llega para mantenerme, vivo solo, no tengo vivienda propia, ni medios de desplazamiento, y vivo apartado de la ciudad, por lo que mengo que valer de algun medio de locomocion, ya que tengo ptroblemas de corazon, y me cuesta trabajo caminar Gracias

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    • Hola José Antonio,
      Es la pensión mínima estipulada para el 2017. La cuantía de la pensión se calcula según las bases por las que haya cotizado. Un Saludo

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  5. Tenia una pension no contributiva de 366 euros y pase tribunal y me han dado la contributiva de 637, pero me siguen pagando las 2 esto es por que no llego a los ingresos minimos o me tocara devolver una?
    Gracias

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    • Hola Josevi,
      Las dos pensiones son incompatibles, debería notificarlo a la Seguridad Social. Un saludo

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  6. Ola buenas me a llegado una notificación de la seguridad social.
    Se ve que en el año 2015 que empecé a trabajar y cobraba aún la pensión por orfandad, supere el límite establecido para seguir cobrando la pensión y se ve que me toca pagar.
    En el final de la carta me pone esto
    Información tributaria ejercicio 2015
    Titular imputaciones
    Rendimientos de trabajo 9.462,38
    Total gastos DED.TRA 519,17
    Esto de total gasto DES.TRA ES LO QUE TENGO QUE DEVOLVER A LA SEGURIDAD SOCIAL o que significa.
    Gracias un saludo

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    • Hola Maria,
      Lo sentimos pero no tenemos datos para darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  7. Hola bueno días,
    Cobro una pensión de 605,10€ al mes (En este importe, hay incluidos 179,42€ por complementos a mínimos). Me han concedido una pension de viudedad de 291,25€, la duda es si cobraré los 605,10 más la viudedad o me descuentan el importe por complementos a mínimos.
    Muchas gracias

    Responder
    • Hola María,
      Le comunicamos que para poder cobrar el complemento a mínimos, para el 2017, no debería tener ingresos superiores a 7.116,18 euros año ( sin contar el importe de la pensión a la que se aplica el complemento a mínimos), por lo que si el importe de su pensión de viudedad al año no supera dicho tope, sigue teniendo derecho a percibir dicho complemento a mínimos. Un Saludo

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  8. Tengo 50 años y cobro una pensión de 636,15 euros…mi pregunta es si es verdad que van a igualar las pensiones mínimas cómo el salario mínimo que serán 707,00 euros y apartir de cuando ??? Gracias.

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    • Hola Jordí,
      Lo sentimos pero de momento no podemos darle una respuesta correcta a su pregunta. Un saludo

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  9. Hola, soy pensionista de 600 E. y mi esposa cobra lo mismo que yo, entre los dos cobramos 1200 E. cuando falte uno, el otro seguira cobrando las dos pensiones…Gracias

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    • Hola Andrés,
      La pensión de jubilación se seguirá cobrando y la cuantía de viudedad será un 52% de la base reguladora del fallecido. Un saludo

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  10. Hola. Soy pensionista que cobra 636,10 € al mes, o sea 8.905,40 al año.
    Si como dicen van a subir el SMI, ¿Me subirías también la pensión?
    Gracias

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    • Hola Eduardo,
      No le podemos dar una respuesta correcta, el salario mínimo interprofesional no tienen nada que ver con las pensiones. Un saludo

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  11. Hola soy una persona que tengo 33 años y soy pensionista por incapacidad permanente absoluta hace 3 años y solo cobró 636, 73€ yo quisiera saber si es la que me corresponde siempre he trabajado desde los 19 años y claro de varias cosas hosteleria , dependienta pero antes de la incapacidad de vendimiadora ( sector agricola) y estoy cobrando eso. Gracias.

    Responder
    • Hola Karla,
      Lo sentimos pero no contamos con toda la información para poder darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social para que la revisen la cuantía de la pensión. Un saludo

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  12. Hola buenos dias. Queria saber si me dan de alta en la seguridad social y cobraria 315€ a mi madre le quitarian la ayuda que le dan por mi de 300€ tambien?

    Responder
    • Hola Cris,
      Si la suma de los ingresos de la unidad familiar divididos entre los miembros de la familia, no supera el SMI, no le quitarían la ayuda. Un saludo

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  13. hola soy pensionista de enfermedad común por una operación de espalada en la actualidad cobro 418 euros al mes y mi 14 pagas anuales , me enterado q estando parado y mi pensión no llega al sueldo mínimo imterprofesionar tendría una ayuda durante unos meses de 200 euros hasta llegar al minimo imterprofesionar eso puede ser cierto ? gracias

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    • Hola Isabel,
      Lo sentimos pero sobre su consulta no sabríamos darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite dicha información a la Seguridad Social. Un saludo

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  14. Buenas. Acabo d cumplir los 21 años este mes Estoi cobrando la pensión de orfandad de 250 euros al mes ma llegado una carta en l k m dicen k al estar trabajndo tengo k enviarles la nómina para ver si el sueldo está por encima de l mínimo o por debajo para decidir si m l kitaran o no (Estoi cobrando 960 euros al mes )? Otra cosa a l k tengo miedo es a k este por encima. L debido y m reclamen los meses k e recibido l pensión estando trabajando (acabo d cumplir los 21 este mes y llevo trabajndo desde enero)

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    • Hola Jose,
      Supera el SMI, por lo tanto se extinguiría dicha pensión. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le informarán correctamente de su caso particular. Un saludo

      Responder
  15. 0la buenos dias de verdad no se a quien me estoy dirijiendo pero mi pregunta es la siguiente estoy cobrando una triste pencion de 394.60 que no me da para el alquiler y para comer menos como gracias a carita y la cruz roja pregunta tengo derecho a cobran el rai con la triste pencion que me dal LES SALUDA ATENTAMENTE PABLO

    Responder
    • Hola Pablo,
      Lo sentimos pero no tenemos todos los datos para poder darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le podrán aclarar todas las dudas.Un saludo

      Responder
  16. Tengo una pregunta ,mis pradres cobran una pension de 602€ al mes podrian cobrar mas?

    Responder
    • Hola Ana,
      Lo sentimos pero no tenemos todos los datos para darle una respuesta correcta. Le recomendamos que solicite una revisión de la pensión en cualquier Administración de la Seguridad Social.Un saludo

      Responder
  17. Hola Juan:
    Por favor es mejor que realices tu pregunta en nuestra sección PREGUNTE A LOS EXPERTOS, donde te responderán mejor y con detalle a lo que estás preguntando.
    Muchas gracias

    Responder
  18. Tengo 26 años cotizados .estoi en paro mi fecha de nacimiento es el 14 de diciembre del 1968 . De seguir asi que me quedaria de pension …. gracias

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