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Jubilación forzosa de los funcionarios públicos

Médico
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La jubilación forzosa de los funcionarios hace referencia a la edad en la que están obligados a retirarse de la actividad laboral. Al igual que en el caso de los trabajadores del sector privado, esta situación es un derecho, aunque se establecen requisitos diferentes.
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La jubilación forzosa de los funcionarios públicos significa que la administración declara el final de la relación laboral de forma obligatoria. Según el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), esta situación se traduce en la pérdida de la condición de funcionario, aunque también se puede producir por otros motivos.

¿Cuál es la edad de jubilación forzosa de los funcionarios?

La jubilación forzosa de los funcionarios públicos encuadrados dentro del régimen de clases pasivas se declara de oficio al cumplir la edad de 65 años. Se exceptúan los siguientes casos, en los cuales se amplía hasta los 70 años:

  • Funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios.
  • Magistrados, Jueces, Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia.
  • Registradores de la Propiedad ingresados antes del 1 de enero de 2015.
  • Funcionarios civiles de la Administración General del Estado y de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes si lo solicitan.

En el supuesto de los funcionarios pertenecientes al Régimen General de la Seguridad Social, el momento de la jubilación forzosa depende de la edad del trabajador y los años cotizados que se acrediten. En este caso se aplica la misma tabla progresiva que rige el retiro de los empleados de la empresa privada:

AÑO TIEMPO COTIZADO EDAD JUBILACIÓN
2021 37 años y 3 meses o más 65 años
Menos de 37 años y 3 meses 66 años
2022 37 años y 6 meses o más 65 años
Menos de 37 años y 6 meses 66 años y 2 meses
2023 37 años y 9 meses o más 65 años
Menos de 37 años y 9 meses 66 años y 4 meses
2024 38 o más años 65 años
Menos de 38 años 66 años y 6 meses
2025 38 años y 3 meses o más 65 años
Menos de 38 años y 3 meses 66 años y 8 meses
2026 38 años y 3 meses o más 65 años
Menos de 38 años y 3 meses 66 años y 10 meses
A partir del año 2027 38 años y 6 meses o más 65 años
Menos de 38 años y 6 meses 67 años

.
¿Es posible prolongar la edad de jubilación forzosa de los funcionarios?

Aunque la jubilación forzosa de los funcionarios públicos tiene carácter obligatorio, es posible solicitar la prolongación voluntaria en el servicio. Si dicha petición es aceptada por la administración, la persona interesada puede continuar desarrollando su actividad hasta los 70 años.

No obstante, los funcionarios que tengan normas estatales específicas de jubilación se excluyen de esta posibilidad. En este sentido, para saber si se puede prolongar la edad de retiro laboral, es preciso consultar los preceptos que se aplican de forma concreta.

Otro supuesto de jubilación forzosa de los funcionarios

Junto con la jubilación forzosa por edad, también se puede mencionar otra modalidad que obliga a abandonar el puesto de trabajo público. Se trata de la declaración de incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo o escala, o por el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total en relación con el ejercicio de las funciones del cuerpo o escala, tal como se establece en el EBEP.

Tanto si se opta por retirarse a la edad que marca la jubilación forzosa de los funcionarios como si se decide continuar trabajando hasta los 70 años, es recomendable contar con un Plan de Pensiones MAPFRE. Gracias a este tipo de productos es posible asegurar un nivel económico adecuado durante la última etapa de nuestra vida.

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Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 25 Nov, 2022
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