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Declarar un alquiler en la renta

Pareja sonriente tumbada en el suelo
5 Min de lectura
Si dispones de una casa en alquiler, tendrás que tener en consideración este bien y el dinero que consigues con su arrendamiento. Te mostramos cómo debes declarar un alquiler en la renta.
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Blog Planes de Futuro MAPFRE
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El equipo de redacción de MAPFRE especializado en temas laborales. Lleva más de 10 años preocupándose por tus ahorros y porque sigas manteniendo una buena calidad de vida en el momento de la jubilación. Pero no solo eso, aquí encontrarás información útil y práctica sobre relaciones laborales, impuestos, prestaciones y mucho más.

Los años de experiencia de MAPFRE en el sector nos avalan como fuente de información veraz y práctica para acompañarte en las diferentes etapas de tu vida.

Calcular el IRPF es un paso necesario que en ocasiones cuando quieres realizar la declaración de la renta puede resultar algo lioso. Aquellas personas propietarias de un inmueble y que lo tienen alquilado deberían conocer que están obligados a incluirlo en la declaración de la renta. En ocasiones las dudas también se extrapolan al IVA y a qué tiene que hacer el arrendatario. En este artículo te contaremos por medio de un lenguaje claro y comprensible los principales puntos que debes de conocer sobre cómo declarar un alquiler en la renta. Y si tienes dudas, pregunta a nuestro experto y te la resolverá gratuitamente.

infografía resuelve tus dudas en la declaración de la renta

Rendimiento de capital inmobiliario: qué es

El dinero que se obtiene del alquiler de un inmueble se engloba dentro del apartado de rendimiento de capital inmobiliario, y por lo tanto debe de ser incluido a la hora de realizar el cálculo del IRPF. La operación para determinar la cifra exacta consiste en computar los ingresos brutos y restarles los gastos que sean deducibles. Sobre el resultado se aplicarán las reducciones que procedan. El propietario deberá de incluir en el apartado de ingresos todos aquellos rendimientos recibidos por el arrendamiento y la cesión de derechos o de uso a otra persona. En este cálculo se excluye el IVA, si lo hubiese.

Este supuesto cambia si el arrendamiento se computa como actividad económica, en cuyo caso la consideración del rendimiento será declarada de una manera distinta. Se entenderá que un alquiler es una actividad económica cuando existe una persona con contrato que se encarga de la gestión de la casa o si se ofrecen servicios complementarios, como desayuno o lavandería.

¿Qué gastos son deducibles?

Los gastos deducibles que pueden incorporarse en el cálculo del rendimiento de capital inmobiliario son aquellos que son necesarios para su obtención como son la partida de dinero destinada a la amortización de la casa y de los bienes que hay en su interior (siendo un ejemplo los electrodomésticos). Sin embargo, no computan en este apartado los pagos debidos a siniestros ocurridos en el piso o el dinero que se ha invertido en mejorar el apartamento. Aunque es un caso anormal, la resta de los ingresos menos los gastos, puede tener como resultado un rendimiento neto negativo.

El rendimiento neto positivo resultante del arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda se verá reducido en un 60%. Por su parte, aquellos rendimientos generados en un periodo superior a los dos años tendrán una deducción del 30%. Dicha cifra también será aplicable para los rendimientos netos que se han generado de una manera irregular en el tiempo, siempre y cuando no excedan los 300.000 euros a lo largo del año.

¿Hay que incluir el IVA?

Muchas veces, los propietarios de inmuebles dudan si deben de incluir el IVA a la hora de realizar un alquiler de sus casas. Este tipo de impuesto no se aplica cuando las viviendas sean utilizadas como un lugar para vivir por el alquilado. En estos casos, no se deberá de ingresar IVA, ni tampoco será necesario que se rellenen los modelos de la declaración de la renta destinados a tal fin.

Sin embargo, cuando el inmueble alquilado tenga un carácter mixto (como puede ser un espacio usado de vivienda y de despacho profesional) o cuando el arrendado presta servicios a mayores (como limpieza, comida o material de aseo), entonces sí que se deberá de repercutir el IVA. Este supuesto también se aplica cuando el alquiler es realizado a nombre de una persona jurídica, aunque luego ésta ceda su derecho de uso de lugar de residencia.

¿El arrendatario también tiene que declararlo?

Por su parte el arrendatario también tiene que tener en cuenta su contrato de alquiler a la hora de realizar la declaración de la renta. En el caso que un alquilado adquiera ganancias por subarrendar el inmueble, entonces se estaría hablando de la obtención de rendimientos del capital mobiliario. Si por el contrario percibe dinero por el traspaso de los derechos de arrendamiento, entonces serán ganancias de patrimonio. En ambos casos, aunque sea en diferentes apartados, los beneficios obtenidos deben de figurar en el IRPF.

En el caso de que el inmueble sea utilizado como vivienda habitual por el arrendatario, éste tiene derecho a una serie de deducciones. Si bien, es necesario que el contrato sea anterior al 1 de enero de 2015. Esto es debido a que el artículo 68.7 de la Ley del IRPF establece que este tipo de deducción se suprima, si bien existe un régimen transitorio para que se haga de manera paulatina. La deducción a la que se tiene derecho es del 10,05%, siempre que la base imponible sea inferior a los 24.107 al año. Este tipo de deducción es estatal y las distintas Comunidades Autónomas cuentan con deducciones propias. Por lo que es aconsejable que analices a qué tipo de deducción tienes derecho en tu localidad.

Pareja sentada frente al ordenador revisando papeles

En la campaña de IRPF de 2017, una de las novedades fue la supresión del Programa PADRE, por el Sistema Renta WEB, el cual incluye por defecto un borrador de declaración de la renta. Si los años anteriores has sido arrendador o arrendatario es muy posible que aparezca computada la vivienda alquilada por defecto. Sin embargo, siempre es aconsejable revisar todos los detalles y realizar los cambios que sean necesarios.

Seas propietario o alquilado, es importante que el hogar disponga de un contrato que certifique claramente el acuerdo y también que se incluya una póliza. El Seguro de Hogar MAPFRE se adapta a las necesidades de los firmantes y protege el inmueble ante cualquier eventualidad. De esta manera ambas partes están aseguradas ante los problemas que puedan aparecer y el arrendador se siente resguardado ante los accidentes que puedan suceder y que, recordemos, no son gastos deducibles.

Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 14 May, 2019
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Comentarios (44)

  1. Hola, mi padre cobra una pensión de 800€ y mi madre una no contributiva de 150€. Han alquilado una vivienda propiedad al 50% de cada uno a otro señor también jubilado. Están obligados a declarar pues cobran intereses de un plazo fijo por una cuantía importante. Hacen declaración conjunta y como mi madre tiene minusvalía les devuelven lo retenido por los intereses más la deducción de 1200€ por la minusvalía. Hay que incluir el ingreso por alquiler siendo pensionistas tanto ellos como el arrendatario?Son 3.600€ al año.
    Tenemos seguro decesos con Mapfre, no sé si tenemos derecho por ello a consultar estos temas.
    Gracias.

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    • Hola Ana Isabel,
      Los ingresos por alquiler de vivienda si hay que declararlos, como dice que tiene un seguro con nosotros, puede consultarlo gratuitamente a través del Asesor Fiscal del programa de ClUB MAPFRE. Un saludo

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  2. Hola
    Mi madre quiere alquilar una habitación de su vivienda habitual a un conocido por 100€ mensuales
    Tiene que declarar el alquiler?

    Responder
    • Hola Iñigo, el arrendamiento de habitación tributa igual que si se tratara del arrendamiento de la vivienda al completo. Sin embargo, habrá que tener en cuenta que los cálculos se deberán hacer sobre la parte proporcional arrendada y no sobre la totalidad del inmueble. Un saludo

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  3. Buenos días.

    Soy pensionista (cliente de MAPFRE) y cobro una pensión de 850 euros mensuales. Voy a alquilar mi segunda residencia por 750 mensuales como vivienda habitual a una pareja. Actualmente no hago la declaración de la renta y aunque se que debo realizar la declaración del IRPF del próximo año, tengo la duda si el tramo que se me aplique de IRPF será sobre mi pensión, además de sobre el rendimiento del alquiler.

    Muchas gracias.

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    • Hola Juan Antonio,
      Si es cliente de MAPFRE puede solicitar dicha información en el servicio de Asesor Fiscal, que es totalmente gratuito. Le facilitamos el teléfono 800 007 269
      Le atenderán de lunes a viernes de 8:30 a 20:30 horas. Un saludo

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  4. Hola soy jubilado.cobro 850€ al mes.e alquilado un local.por 400€ al mes y pago un 19 por ciento de IRPF. A Hacienda que porcentaje me devuelven cuando haga la renta.

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    • Hola Rafael,
      Lo sentimos, pero solo con esos datos no podemos darle una respuesta correcta. Un saludo

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  5. Buenas tardes. Mis padres están jubilados. Cobran 1.000 y 1200 aproximadamente al mes. Han alquilado su piso en 500 € y se han ido a vivir con sus hijos. ¿Tienen que hacer la declaración de la Renta? Gracias

    Responder
    • Hola Abdón,
      Si tiene que realizar la declaración de la renta. Un saludo

      Responder
  6. Buenas tardes, quisiera saber si me puede ayudar con una cuestión familiar. Mi madre y su marido compraron una casa rural, ahora la quieren alquilar ya que se han jubilado. El cobra 740€ ella 650€, el tiene una participación de compra sobre la casa de un 75% y mi madre el 25%. Quieren alquilarla a una hija de mi madre por 400€ al mes, el contrato iría a nombre del marido de mi madre solo…por lo que mis dudas son: ¿Tiene que tributar él solo por los ingresos de su pensión y renta de la casa? ¿Tiene que declarar los dos los ingresos de pensión y la renta? Un saludo.

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    • Hola Maria Cruz,
      Lo sentimos pero en su caso no sabríamos darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite información con un Asesor Fiscal. Un saludo

      Responder
  7. BUENOS DÍAS, MI MADRE TIENE UNA PENSIÓN DE VIUDEDAD. SI ALQUILA UNAS TIERRAS POR 500 € AL MES, LE AFECTARÍA A LA PENSIÓN?? EN PISOS HE LEÍDO QUE NO AFECTA, PERO TAMBIEN INCLUIRÍA TIERRAS? LAS PODRÍA ALQUILAR? HAY UN MÁXIMO DE DINERO QUE PODRÍA INGRESAR POR DICHAS TIERRAS SIN AFECTAR A DICHA PENSIÓN DE VIUDEDAD??

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    • Hola María,
      El alquiler de las tierras no afecta a la cuantía de la pensión. Un saludo

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  8. Hola! Cobro una pensión de viudedad del 70% x hijos menores a cargo, si compro otra vivienda y alquilo la actual como me afectaría a la cuantía de mi pensión? Se me reduciría el porcentaje o se quedaría como esta en el 70%? La cuantía de la pensión es de 1500€
    Gracias

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    • Hola Sonia,
      No afectaría a la pensión. Un saludo

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  9. tengo un piso en proipiedad con mi esposo y quisiera alquilarlo por 500 euros, yo cobro una pension con complementos de 700 euros, mi pregunta es¡¿ me descontarian algo de mi pension y por cuanto tiempo»? GRACIAS

    Responder
    • Hola Aurora,
      El que tenga un piso en alquiler no le repercute en la pensión. Un saludo

      Responder
  10. tengo una pension con suplemento a minimos. si quieron arrendar un piso por 500 euros y es de mi marido y mio cuanto computan a cada uno por el alquiler recibido

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    • Hola Mercedes, no tenemos datos suficientes para darle una respuesta correcta. Le recomendamos se ponga en contacto con la Agencia Tributaria. Un saludo

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  11. mi madre cobra una pension de viudedad de 750€, si alquila un piso que tiene en propiedad en 350e, como le afecta en la renta, ahora mismo no tiene obligacion a realizarla, tendría que hacerla al declarar el alquiler?

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    • Hola María,

      En este caso sí tendría que realizar la declaración de renta, aunque no significa que le salga a pagar. Un saludo

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  12. MI SUEGRA ACABA DE ALQUILAR UN PISO EN EL QUE VA A VIVIR (VIVIENDA HABITUAL) , ES PENSIONISTA CON INGRESOS DE UNOS 21.000 EUROS ANUALES. PUEDE DEDUCIRSE EL ALQUILER EN RENTA?

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    • Hola Javier, LA deducción por alquiler de la vivienda habitual es aplicable solo para contratos de arrendamiento celebrados con anterioridad a 1 de enero de 2015. Un saludo

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  13. Hola, mi madre se jubila dentro de unos meses, si pone en alquiler un piso que tiene, por 500€ al mes ¿Le restarán alguna cantidad en la pensión de jubilación?
    Gracias y un saludo.

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    • Hola Vicente,
      No repercute en la pensión de jubilación. Un saludo

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  14. Hola! mis padres no hacen declaración de la renta porque son jubilados. Tienen una pensión no contributiva de 300 Y 230 euros al mes respectivamente. el año pasado alquilaron una segunda vivienda a un particular por 400 euros mes. ¿Tienen que hacer declaración este año?

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    • Hola Antonia,
      El alquiler de un inmueble debe tributar en la declaración del IRPF. Si tendrían que hacer la Declaración de la Renta

      Responder
  15. Mi hija está este curso en casa de un familiar, para realizar sus estudios, tiene un contrato de arrendamiento por una habitación por valor de 280€, tiene que declararlo el dueño del piso ?

    Responder
    • Hola Ángeles,
      Todos los alquileres se tienen que declarar. Un saludo

      Responder
  16. Mi suegra tiene grado de dependencia 1, en espera de la revisión para el grado 2, debido a su estado la debemos ingresar en una residencia privada porque en la pública no hay plaza y como con su pensión de 1100 no llega para pagar debe alquilar su piso seguramente por unos 1000, a los cuales tendrá que descontar el IBI, la comunidad y un par de gastos más que tiene. ¿Puede desgravar los gastos de la residencia?. Se puede dar la situación de que si tiene que pagar a hacienda no tenga suficiente para la residencia.

    Responder
    • Hola Jordi,
      Los gastos de la residencia no se desgravan. Un saludo

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  17. Hola, mi madre tiene una pension de viudedad de 14.500 euros. En la comunidad donde vive el antigua piso del portero se ha alquilado por la comunidad y en el borrador de la renta le aparecia una parte de 115 euros al año por ese alquiler, dinero que cobra la comunidad, no los vecinos.
    Le sale a pagar 550 euros por ese alquiler segun le han dicho en hacienda aunque no han sido capaces de explicarle por que. Me pueden aclarar si esto es asi.

    Responder
    • Hola Asier,
      Lo sentimos pero en este caso no podemos darle una respuesta correcta. Si el piso no es propiedad de su madre no tendría que aparecer en la declaración. Le aconsejamos consulte con un asesor fiscal. Un saludo

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  18. Señores.- Mi pregunta es la siguiente, soy Jubilado autonomo recibo una paga mensual de 797.88 € anualmente 11.170.32 €. Tengo un quiosco donde existe Espacio Publicitario del cual he alquilado a una Empresa Publicitaria por 375.- € al trimestre, 1.500.- € al año, estos Sres. me emiten factura con IVA y he recibido el importe de los dos años (2018 y 2019) con fecha 26/10/2019 por valor total de 3.630.- € . como puedo abonar a Hacienda los 630.- € de IVA ? Gracias anticipadas, les saludo atentamente,

    Responder
    • Hola Francisco,
      Lo sentimos pero no podemos darle una respuesta correcta, le sugerimos se ponga en contacto con la Agencia Tributaria donde le indicarán la forma de abonarlo. Un saludo

      Responder
  19. Hola soy jubilado cobro al año 9100e. de pensión y mis dos hijos tienen una nave, la cual les done hace 7 años, pueden alquilármela por un alquiler simbólico y yo a su vez alquilarla por 700e al mes. yo solo tengo mi vivienda habitual.
    La facturas mensuales por descontado con su IVA correspondiente y su retención.
    Cuanto tendria que pagar a hacienda al año.

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    • Hola Gregorio,
      Lo sentimos pero nos falta información para poder darle una respuesta correcta, nos faltaría todos los ingresos y retenciones que tenga. Un saludo

      Responder
  20. Mi padre jubilado (no hace declaracion de la renta por no tener obligación) ahora han alquilado su piso para vivir en la ciudad donde estamso sus hijos tambien de alquiler. El caso es que lo han alquilado a un Club de futbol para sus empleados y nos dicen tenemso que hacer factura con IVA y mi pregunta es: ¿esto que nos supone a nosotros? ¿tienen mis padres ahora que hacer la declaracion? Gracias

    Responder
    • Hola Luis,
      Está obligado a declarar en IRPF porque hay obligación de hacerlo cuando se superan 1.000€ brutos anuales en cómputo anual de rentas.
      No está obligado a emitir factura con IVA porque el arrendamiento de vivienda habitual está exento de IVA.
      El club tampoco está obligado a practicarle retención porque es para vivienda de sus empleados. Un saludo

      Responder
  21. Hola, ¿Tengo que declarar mi propiedad en alquiler aunque solo haya estado alquilado una semanas en todo el año? ¿Hay un tiempo mínimo?

    Responder
    • Hola Carmen,
      Lo sentimos pero no tenemos la suficiente información para darle una respuesta correcta, ya que depende del tipo de alquiler. Si el alquiler es para uso vacacional no hay un tiempo mínimo.
      Un saludo

      Responder
  22. Tengo una segunda Vivienda que tiene anexo un trastero, el cual se comunica interiormente con la misma. La casa no está habitada y el local del trastero (unos 30 metros cuadrados) está alquilado para la actividad de ESTANCO (EXPENDIDURIA DE TABACOS). que lo atiende personalmente la Concesiona-
    ria a jornada completa . (No es persona empleada con Contrato Laboral)
    Mi pregunta es, si en la declaración de la RENTA debo consignar el alquiler como RENTA DE INMUEBLES o ACTIVIDADES ECONOMICAS. En este último caso que casillas del Impreso de la DECLARACION debo utilizar. GRACIAS

    Responder
    • Hola Ricardo,
      Debe consignar el alquiler como rendimientos de capital inmobiliario a partir de la casilla 050 y siguientes, declarando los ingresos y deduciendo los gastos. Un saludo

      Responder

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