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FAQ sobre jubilación anticipada y pensión

3 Min de lectura
No importan los años que te puedan quedar para retirarte del mercado laboral, es un tema que despierta dudas y preguntas a cualquier edad. Esta selección de FAQ sobre jubilación anticipada y pensión de jubilación resolverá tus inquietudes.
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La edad mínima ordinaria – que no obligatoria- de jubilación está en ascenso y en 2027, será de 67 años. Este retraso gradual del momento de la jubilación despierta diferentes preocupaciones en la población, tanto entre los más jóvenes como entre los que ya tienen más próxima la salida del mercado laboral. En este escenario, resulta de gran utilidad no tener dudas sobre la jubilación anticipada y la pensión de jubilación que corresponde y en qué condiciones.

3 FAQ esenciales sobre jubilación anticipada

¿Existe la jubilación anticipada a la edad mínima ordinaria de jubilación? La normativa contempla casos de jubilación anticipada en el tiempo a la edad ordinaria establecida en cada momento con la aplicación de los correspondientes coeficientes reductores y siempre que el trabajador cumpla con los requisitos exigidos para esta modalidad de jubilación reconocida para todos los trabajadores, incluidos en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social.

Para disfrutar de una jubilación anticipada en el tiempo es necesario tener cumplida una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad exigida en cada caso. Para este supuesto no se aplican bonificaciones de edad de los trabajadores de algunos sectores profesionales por la realización de actividades penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres y las personas con discapacidad igual o superior al 45 o al 65 por ciento.

La Seguridad Social exige a los trabajadores que soliciten la jubilación anticipada encontrarse de alta o situación asimilada al alta en el sistema. Además de acreditar un periodo mínimo de cotización efectiva -35 años- con unas características concretas y con supuestos particulares para cada régimen del sistema.

¿Es posible jubilarse de manera anticipada sin la aplicación de coeficientes reductores?

La aplicación de coeficientes reductores en la cuantía de pensión a cubrir puede evitarse en algunas circunstancias con regulación específica. Son supuestos muy concretos que se determinan en el caso de un número limitado de profesionales como los artistas y los profesionales taurinos.

Cuando  se aplican bonificaciones en la edad de jubilación por razón de trabajos penosos o minusvalías y eso supone adelantar la edad de jubilación a la mínima ordinaria, no se aplican coeficientes reductores en la cuantía a cobrar en calidad de pensión, siempre que se alcancen los años ficticios reglamentarios por el beneficiario.

Si te jubilas a una edad inferior a la reglamentaria –cumples con los requisitos excepcionales exigidos para una jubilación anticipada- , pero con la aplicación de coeficientes reductores en la prestación contributiva, puedes aligerar sus efectos en tu poder adquisitivo, si eres titular de un Plan de pensiones MAPFRE que siempre completa tus ingresos en esta etapa vital.

¿Es viable la jubilación anticipada después de un cese voluntario del trabajo?

Sí, es posible jubilarse con una edad inferior a la reglamentaria con independencia de que el cese en el último trabajo previo a la jubilación se haya producido de forma voluntaria y por decisión libre del trabajador. Lo exigido es que el empleado cumpla con todos los requisitos previstos para esta circunstancia.

Si el trabajador tiene condición de mutualista puede jubilarse a partir de los 60 años y cumpliendo el resto de exigencias. En el caso de trabajadores no mutualistas y que abandonan voluntariamente el puesto de trabajo, la jubilación solo puede producirse a una edad inferior en dos años  a la edad que reglamentariamente le sería de aplicación y siempre que se puedan acreditar el resto de condiciones previstas.

Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 27 Mar, 2018
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Comentarios (29)

  1. Hola, tengo 56 años y 34 años cotizados, mi intención es llegado el momento, jubilarme anticipadamente, a los 63, o a los 61 si fuera despedido previamente por alguna de las causas que permiten la jubilación anticipada involuntaria. ¿puedo aplicar el año de servicio militar para incrementar los años cotizados en estos 2 supuestos casos? en caso afirmativo, ¿puedo solicitarlo ya o me tengo que esperar al momento justo en que quisiera prejubilarme?

    Responder
    • Hola Eladio,
      En las jubilaciones anticipadas, si puede sumar el año del servicio militar, si le falta para llegar a los años exigidos. Puede solicitarlo con 3 meses de antelación a la fecha de efecto de la jubilación. Un saludo

      Responder
  2. Hola. E pedido la jubilación. Anticipada. Tengo. 65. Y. 12450 dias. Más. El año de mili. Pero. Me lan denegado. Puede ser k no me hallan puesto la mili. Gracias

    Responder
    • Hola Miguel,
      Puede ser que no se lo hayan incluido. Le recomendamos solicite en la Seguridad Social la previsión de la solicitud. Un saludo

      Responder
  3. Buenas tardes
    Soy prejubilado del banco desde 2017, me quiero prejubilado a los 63 años en ese momento tendré 35 años cotizados y 2 meses y el servicio Militar cumplido. Podré prdjubilarme?

    Responder
    • Hola Federico,
      Según los años que tiene cotizados hasta los 66 años y 6 meses no sería su edad legal de jubilación. Para acceder a la jubilación anticipada no podría ser antes de los 64 años y 6 meses. Un saludo

      Responder
  4. Hola soy Carlos.
    El 12 de septiembre del 2021 cumpliré 65 años y tendré cotizados 13.210 días, también dispongo del certificado de cumplimento del servicio militar.
    Mi pregunta es si podré jubilarme con el 100% dado que al computar la Mili el 10 de octubre de 2021 tendré cotizados 37 años y tres meses.
    El 10 de octubre de 2021 tendré cotizados 13.240 días reales sin computar la Mili.

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    • Hola Carlos,
      El año del servicio militar solamente es válido para las jubilaciones anticipadas, siempre que se necesite ese año para llegar a la cotización exigida, en su caso no aplicaría.
      Su edad legal de jubilación sería a los 66 años y 2 meses. Un saludo

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  5. Buenos días, tengo una duda sobre la simulación de la jubilación anticipada de la web de la Seg. Social. Me pregunta: ¿Tu relación laboral en la empresa XXXX, S.A. de fecha 09/07/2013 terminó por una decisión que se tomó antes del 1 de abril de 2013?
    No se a que decisión se refiere, mi extinción de la relación laboran fue como consecuencia de un ERE que se firmó en febrero de 2013. Como consecuencia de ese ERE recibí la carta de despido en junio de 2013 y causé baja en julio de 2013.
    ¿Me podrían indicar si a la pregunta anterior tengo que responder SI o NO?
    Muchisimas gracias anticipadas y saludos.

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    • Hola Manuel,
      Tendría que responder que NO, ya que el ere fue después del 1 de abril de 2013. Un saludo

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  6. Hola, me llamo Francisco, el 10 de agosto de 2027 cumpliré 65 años. En mi vida laboral tengo cotizados a día de hoy 10861 días. Hice le servicio militar. A qué edad me podría jubilar sin perder pensión?
    Gracias
    Un saludo

    Responder
    • Hola Francisco,
      Se podrá jubilar a los 65 años si tiene cotizados 38 años y 6 meses. Un saludo

      Responder
  7. YO TENGO ACTUALMENTE 61 AÑOS, SOY MUTUALISTA Y PERTENEZCO A CLASES PASIVAS, QUIERO JUBILARME ANTICIPADAMENTE CUANDO CUMPLA LOS 64 AÑOS, TENDRE ENTONCES 34 AÑOS COTIZADOS A LA MUGEJU, Y PODRE JUBILARME PORQUE CUMPLO LOS DOS REQUISITOS QUE ME PIDE LA LEY DE CLASES PASIVAS COMO SER MAYOR DE 60 AÑOS Y TENER 30 COTIZADOS.ME GUSTARIA SABER SI LA S.S. ME RECONOCERÍA MI PERIODO DE SERVICIO MILITAR DE13 MESES.PUES ELLO CONTRIBUIRIA A QUE ME QUEDARA UN POQUITO MAS DE PENSION. GRACIAS.

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    • José María,
      El periodo del servicio militar solamente se aplica en las jubilaciones anticipadas que faltase ese año de cotización para poder acceder. En su caso no procede. Un saludo

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  8. En la solicitud de la Jubilación, en su apartado 4.1 se solicita una estimación de ingresos del solicitante y de su cónyuge, y en las instrucciones para cumplimentar este apartado de la solicitud, se explica que estos datos se necesitan para el reconocimiento de un posible complemento a mínimos, pero además se incluye literalmente el siguiente párrafo:
    «Esta información también es necesaria para estudiar, en su caso, el derecho a la jubilación anticipada voluntaria».
    No he visto en ningún sitio que la jubilación anticipada voluntaria, tenga ningún requisito relacionado con los ingresos del solicitante o cónyuge, por lo que les ruego me indiquen el motivo de dicho apartado de ingresos, y más específicamente, si la jubilación anticipada voluntaria está condicionada en modo alguno por los ingresos del solicitante y cónyuge. Todo ello en el supuesto que la pensión es superior a la mínima.
    Saludos,
    José

    Responder
    • Hola Jose,
      Lo sentimos pero en su caso no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  9. Hola
    Si todo sigue así el 1/9/2025 tendré 65 años y habré cotizado 39 años y 7 meses, además de 1 año de servicio militar. La pregunta es ¿A qué edad mínima me podría jubilar anticipadamente y cuanto porcentaje perdería con los coeficientes reductores?. Gracias.

    Responder
    • Hola Angel,
      Con los datos que nos indica, podría acceder a los 63 años y se le aplicaría un coeficiente reductor del 1,750 por 100 por trimestre. Un saludo

      Responder
  10. Cumplo 63 años en Noviembre y tengo cotizados 33 años y 6 meses tambien tengo el certificado del ministerio de defensa por haber hecho la mili por un periodo de un año y tres meses ,quiero jubilarme cuando cumpla los 64 años ¿seria posible?,en ese periodo tendria cotizados 35 años mas la mili.
    Un saludo

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    • Hola Juan,
      Efectivamente se podría acceder a la jubilación anticipada voluntaria a los 64 años. Un saludo

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  11. Buenas tardes,
    tengo 63 años y 8 meses e solicitado la jubilación anticipada y me a sido denegada, Alemania me la concedido y la estoy cobrando desde este mes de Abril 2019
    Según la seguridad sozial Alemana me dicen que España me la tiene que conceder arreglado a lo que e cotizado.
    Tengo 30 años cotizados en Alemania y 19 aquí en España. La excusa que me an dicho en la oficina de Cadiz es que con 19 años no llego a la pensión mínima y
    de la Alemana no quieren saber nada y me tengo que esperar a cumplir 66 años.
    Dígame por favor si esto es correcto, por qué no entiendo nada.

    Condiciones de Alemania para cobrar con 63 años, tener 45 años cotizados, mi situación 30 en Alemania y 19 en España con esto es suficiente. Por que aquí en
    España no, o es que los funcionarios no lo saben.

    Le agradesco su contestación lo antes que le sea posible.
    Un Saludo
    José Angel Dorado Moyano

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  12. Me quiero jubilar a los 83,5 años y tengo más de 47 cotizados. Cual es el ultimo mes que se tiene en cuenta para la base reguladora?

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    • Hola Pilar,
      El mes previo antes de la jubilación. Un saludo

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  13. Soy autonomo y tengo 64 años y 5 meses,entre autonomo y asalariado tengo cotizados 27 años y 6 meses,podría solicitar la jubilación anticipada por no tener trabajo,?y añadir el tiempo de mili

    Responder
    • Hola Jesús,
      No puede acceder a la jubilación anticipada, ya que no dispone de los años cotizados exigidos. Un saludo

      Responder
  14. Mi hermano tiene una discapacidad intelectual de un 65% ,su edad es de 48 años y solo ha ha trabajado un año ,¿A que edad se puede jubilar o con la nueva ley se puede jubilar ya?
    Gracias .Un saludo

    Responder
    • Hola Luis,
      Lo sentimos pero en su caso no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  15. Tengo 27 años de aporte al dia quiero jubilarme por problemas de columna pero mi edad es de 52 años se pude iniciar algun tramite…soy autonomo.

    Responder
    • Hola Carmen,
      Primero tendría que pasar por un Tribunal Médico quien valorará su situación. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social donde le podrán informar de todas las dudas referentes a su situación . Un saludo

      Responder

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