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Documentación necesaria para tramitar la pensión de viudedad

mujer que va a tramitar la pensión de viudedad
2 Min de lectura
Si desafortundamente te quedas viudo o viuda puedes solicitar una pensión de viudedad siempre que el fallecido hubiera cotizado un mínimo de años a la Seguridad Social (el número varía en función de la causa de la muerte y otras circunstancias).
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La pensión de viudedad la cobrarás toda la vida (aunque por algunas excepciones pueden retirarla), esto es, como una renta vitalicia. ¿Qué documentos necesitas para solicitarla? Te lo contamos.

Qué documentos necesito para tramitar la pensión por viudez

Toma nota de la documentación necesaria para tramitar la pensión de viudedad:

  • Certificado de defunción del fallecido.
  • Si eres español, el DNI. Y si eres extranjero residente o no en España, el pasaporte o el carné de identidad de su país y el NIE (Número de Identificación de Extranjero).
  • Documentación que acredite la emancipación del solicitante viudo menor de edad o de su representante legal (CIF/NIF y un informe en el que conste el nombramiento de tutela).

Tramitar pensión viudedad de alguien no pensionista

En el caso de que el fallecido no fuera pensionista se requiere el justificante de pago de las cotizaciones de los últimos 3 meses.

Si estaba casado con el fallecido

En caso de que el fallecido sea tu cónyuge, tendrías que aportar:

  • El libro de familia o en su defecto,
  • El documento acreditativo del matrimonio.

Si estaba separado o divorciado del fallecido

En tal situación debes aportar:

Si no es acreedor de pensión compensatoria, podrá solicitar la pensión de viudedad siempre y cuando:

  • Sea una mujer que haya sufrido violencia de género en el momento de la separación o divorcio. En tal caso tendrá que aportar la documentación que lo acredite.
  • Separados o divorciados que cumplan una serie de requisitos, los cuales deberían aportar:  libro de familia si hubo hijos comunes, declaración jurada sobre la extinción de la pensión compensatoria, mediante el documento facilitado por el INSS. Y, por último, acreditación de que el solicitante no ha contraído matrimonio ni se ha constituido como pareja de hecho con otra persona tras el cese de su relación con el fallecido, mediante Acta literal de matrimonio expedida por el Registro Civil o Certificación negativa del Registro de parejas de hecho de su localidad de residencia o Comunidad Autónoma.

Si era pareja de hecho del fallecido

  • Documento que acredite la constitución de la pareja en el registro correspondiente o mediante escritura pública.
  • Además, las actas del Registro Civil que acrediten que el solicitante y el causante no estaban casados o separados de otra persona durante los 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento si la pareja se ha constituido mediante escritura pública.
  • Certificado de empadronamiento del Ayuntamiento/s que acredite la convivencia con el causante durante, al menos, 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento.
  • Acreditación de ingresos del solicitante y del causante en el año natural anterior al del fallecimiento; y del solicitante en el mismo año del fallecimiento, mediante declaración sobre el IRPF o, en su defecto, nóminas salariales, documentos de entidades bancarias, etc.

MAPFRE

Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 14 Jun, 2020
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Comentarios (28)

  1. Holaaaa, mi esposo acaba de fallecer, mi matrimonio fue hace 37 años en mi país, me volé legalizado por mi país o tiene ke ser legalizado en el registro civil de España

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    • Hola Marlen, le recomendamos solicite cita con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  2. Hola. Mi padre falleció hace 6 meses. Llevaba casado 60 años y trabajó hasta los 65. Estaba percibiendo pensión de jubilación. Tenía también pensión de Alemania además de los de España, más de 30 años. Ahora después de esperar casi 6 meses nos dicen que tiene que presentar el certificado literal de matrimonio para aprobar la pensión. Valdría con el libro de familia o tiene que ser este documento obligatoriamente?

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    • Hola Verónica,
      Con el libro de familia tendría que valerle. Un saludo

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  3. Hace años me separe de mi marido, ahora ha fallecido. Ninguno de los dos nos volvimos a casar. Tenemos un hijo en común. Me pertenecería pensión de viudedad. Tengo la sentencia y el libro de familia.

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    • Hola Inmaculada,
      Depende de los años del divorcio y de si tiene pensión compensatoria. Un saludo

      Responder
  4. buenas noches mi pareja fallecio en septiembre estaba jubilado y viudo hemos estado 14 años viviendo juntos sin separarnos ni un dia siquiera yo soy divorciada en los ultimos dias estabamos preparando para casarnos ya lo teniamos pagado y firmado en un despacho de abogados para casarnos en la notaria pero el fallecio de repente tengo derecho a paga de viudedad gracias

    Responder
    • Hola Toñi,
      Deberían haber estado casados o ser pareja de hecho, aún así, le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social, aportando toda la documentación que pueda justificar los años de convivencia. Un saludo

      Responder
  5. Hola buenas.
    Mi padre falleció hace 2 años, mi .adre se quedó sola y sin trabajo, tiene cáncer y no puede valerse por sí misma. Mi padre cotizó uno 15 años (somos extranjeros) le corresponde alguna pensión a mi madre?
    Un saludo y gracias

    Responder
    • Hola Pamela,
      Si cotizó 15 años en España, si le correspondería pensión de viudedad. Un saludo

      Responder
  6. Hola, ¿es necesario disponer de número de afiliación a la seguridad social para solicitar la pensión de viudedad? La solicitante siempre estuvo en la cartilla de su marido ahora fallecido. ¿Se puede solicitar sin el número de afiliación?
    Saludos,
    Miguel.

    Responder
    • Hola Miguel,
      El nº de afiliación sería el de su marido, aunque puede que tenga que solicitar uno. En la Seguridad Social le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  7. Hola mi madre hace 6 años falleció su pareja sentimental y le denegaron la prestación de viudez porque no estaba casada,ni tampoco eran pareja de hecho,tienen 3 hijos en común y conviviendo en el mismo domicilio más de 20 años juntos, porque se la denegaron? Podría volver a solicitar la prestación?GRACIAS

    Responder
    • Hola Vanessa,
      Por regla general no tendría derecho, pero en ciertos casos si puede aportar una prueba de convivencia y una serie de requisitos podría obtenerla. Le recomendamos que vuelva a solicitarla en la Seguridad Social y sería conveniente ponerlo en manos de un experto. Un saludo

      Responder
  8. Hola. Acabo de quedarme sin mi marido. Tengo 3 hijos de 22, 19 y 13 años. Los 3 dependen económicamente de mi.
    Mi marido tiene 17 años y 10 meses cotizados, desde 2013 estaba parado, inscrito como demandante de empleo durante todo el tiempo, con una sola interrupción de 29 días porque se le había olvidado renovar la demanda.
    Tengo derecho a la pensión de viudedad?
    Gracias,

    Responder
    • Hola Paula,
      Sí tiene derecho a la pensión de viudedad. Un saludo

      Responder
  9. Tengo 76 años me casé en el 69 y me separé en el 94 me divorcié en 2001 Tengo dos hijo después me casé con un holandés del q me divorcié y no me corresponde pensión ninguna por su país No tengo ninguna ayuda del estado Conviví con mi exmarido fallecido 24 años Tengo 76 años y dos hijos

    Responder
    • Hola María,
      No le corresponde pensión de viudedad ya que volvió a contraer matrimonio. Un saludo

      Responder
  10. Mi suegro a Caba de faltar y mi cuñada le pide el DNI a mi madido para tramitar los papeles de viudedad es normal gracias

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    • Hola Ana,
      Efectivamente es un Documento que es necesario para solicitar la pensión. Un saludo

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  11. Hola acabo de quedar viuda. Mi marido cotizó 6 meses a la seguridad social, somos extranjeros, tenemos 2 años y medio en España. Tenemos 3 hijas de: 23, 15 y 11 años. Quería saber si me corresponde pensión de viudedad y que debo hacer. Gracias

    Responder
    • Hola Marioxy,
      No le correspondería pensión de viudedad a no ser que el fallecimiento haya sido por accidente. Los hijos sí pueden solicitar pensión de orfandad. Un saludo

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  12. En el 2003 me quedo viuda. . mi marido era divorciado. Y su ex avía firmado renuncia a todo. . Ella tuvo dos hijos de otras parejas. Y ahora 19 años después quiere pedir la pensión de viuda. Estuvo dos años casada. . y yo 15 años .
    Puede quitarme la pensión de viuda. Después de tantos años? Gracias

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    • Hola Matilde,
      No le quitarán la pensión de viudedad, ya que a la otra parte no le corresponde nada. Un saludo

      Responder
  13. Se puede solicitar la pension de viudeda 14 años despues del fallecimiento del conyugue la solicite pocos dias despues del fallecimiento y me la denegaron sin ninguna esplicacion por esas fechas yo establa trabajando hace poco mas de un años q soy pensionista y segun hacienda y la seguridad social me dicen q percivo dos pagas cuando solo petcibo ina de incapacidad laboral total

    Responder
    • Hola Jesús,
      Lo sentimos pero en su caso no sabríamos darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite dicha información en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  14. ¿Se puede solicitar la pensión de viudedad con el certificado de matrimonio, sin el libro de familia?

    Responder
    • Hola José Manuel,
      Tiene que presentar e3l libro de familia. Un saludo

      Responder

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