Inicio Derechos y Obligaciones Documentación ¿Por qué tengo que ir dos veces al notario para firmar la escritura?

¿Por qué tengo que ir dos veces al notario para firmar la escritura?

Pareja abrazándose
3 Min de lectura
La primera visita, de carácter precontractual, servirá para elaborar el acta notarial. La segunda visita es la de la firma de las escrituras públicas. Te contamos en qué ha cambiado.
Borja Carrascosa Consultor
Borja Carrascosa Nogales
Consultor y Periodista Económico en Revista Capital | Web

Consultor, con una experiencia de más de seis años; periodista con 16 años de trayectoria como analista económico y financiero y MBA por IE Business School.

El proceso de contratación de una hipoteca requiere desde 2019 una doble visita al notario. Concretamente, hay una fase precontractual, en la que se elegirá al profesional y se producirá la primera reunión, y una segunda, contractual, en la que ya se producirá la firma de la escritura ante ese notario. A continuación, explicamos las dos fases notariales de la operación.

Fase precontractual en la firma de la hipoteca

Viviendas

https://bit.ly/3xLBRkY

La primera cita del proceso servirá para elegir al notario que gestionará la firma de la hipoteca. Tras decidir el banco con el que realizaremos la operación, el plazo para seleccionar al profesional -hay cerca de 2.800 notarios en España- es de diez días. Una vez seleccionado, deberemos comunicar a la entidad financiera su nombre y sus datos, para que le remita toda la documentación.

Primera reunión

Después de que el notario reciba la documentación, el cliente tendrá su primera reunión con él. En este primer encuentro, se deberá verificar que la entidad financiera ha entregado al profesional los siguientes documentos:

  • Proyecto de contrato del crédito hipotecario
  • Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN)
  • Ficha de Advertencias Estandarizadas
  • Simulación de cuotas periódicas, en función de los intereses aplicados
  • Documento resumen de gastos asociados a la escritura pública

Esta primera cita con el notario servirá para que éste le explique al cliente las claves del proceso y solucione todas las dudas que pueda tener. El asesoramiento debe ser imparcial, con el objetivo de compartir conocimiento en materia de derechos y obligaciones. El último paso de este primer encuentro será la elaboración del acta notarial, que deja constancia de los hechos comprobados, de las explicaciones transmitidas y de las preguntas del interesado.

Fase contractual

La segunda cita es la fase contractual, y se basa en la autorización de la escritura de compraventa y el crédito hipotecario. Estamos ante la última oportunidad para aclarar las dudas que puedan surgir, ya que, cuando se firme la documentación y se autorice, no podremos volver atrás.

Segunda reunión

La segunda reunión será el día de la firma de las escrituras de la hipoteca, y al encuentro asistirán:

  • Notario
  • Vendedor/es
  • Representantes del banco
  • Comprador
  • Prestatario

La escritura pública del contrato debe incluir todos los datos básicos del crédito que soporta la compra de la vivienda, esto es:

  • Capital
  • Plazos de devolución
  • Intereses ordinarios
  • Tasa Anual Equivalente (TAE)
  • Comisiones y gastos que soporta cada una de las partes

La escritura pública contará con una reseña identificativa del acta notarial, que insertará el notario. Esto dará fe del asesoramiento del profesional y de que el prestatario ha comprendido y aceptado lo que contienen los documentos que va a firmar.

El último paso es la entrega de una copia simple, y la remisión al Registro de la Propiedad, que también enviará una nota de la inscripción al correo electrónico del comprador. Estas dos operaciones no tienen coste.

 

Publicado por Borja Carrascosa Nogales
- 10 Ago, 2022
Calcula tu seguro ahora

Comentarios (4)

  1. ¿Cuántas veces tiene la parte compradora que visitar físicamente al notario en la compra de un piso?

    Responder
    • Hola María José, según se indica en el artículo son dos visitas: la primera visita, de carácter precontractual, servirá para elaborar el acta notarial. La segunda visita es la de la firma de las escrituras públicas. Un saludo

      Responder
  2. El vendedor, ¿Obtiene copia de la escritura de venta?

    Responder
    • Hola Carlos,
      Si tendrá una copia de la venta. Un saludo

      Responder

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

En MAPFRE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, como responsable del tratamiento, utilizaremos la información que nos facilite para la gestión de su actividad como usuario de este sitio web, así como atender y responder tanto a las solicitudes de información como las sugerencias, consultas y comentarios que realice a través de los distintos formularios. Dicho tratamiento lo haremos en base al consentimiento que nos ha otorgado. Asimismo, le informamos que, en su caso, podremos comunicar sus datos a otras empresas del Grupo MAPFRE y terceros con los que exista un convenio de colaboración o una relación de prestación de servicios. Por último, le informamos que puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación y portabilidad, como se explica en la información adicional que hemos puesto a su disposición en nuestra Política de Privacidad y Cookies.
Leer más

Te puede interesar

3 Min de lectura

A diferencia de lo que se tiende a pensar, los expedientes de extranjería no hacen referencia a un documento concreto....

3 Min de lectura

El Modelo 347 es un documento que necesitan presentar de manera anual los trabajadores autónomos y las pymes. Descubre en...

2 Min de lectura

Conviene recordar que se tendrá el derecho al subsidio por maternidad a partir del mismo día en que dé comienzo...

3 Min de lectura

Si te has visto obligado a suspender tu prestación o subsidio, una vez que finalicen las causas que originaron dicha...

Hay vida más allá de los 65

Descubre historias increíbles

Simulador de Ahorro

Suscríbete a nuestro boletín

4