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¿Los gastos de dentista desgravan en la declaración renta?

hombre en el dentista
3 Min de lectura
Durante la campaña de la renta, una de las dudas más frecuentes es qué hacer para tener que pagar lo menos posible o que el resultado sea a devolver. Aunque es una cuestión bastante desconocida, es posible desgravar el dentista en la declaración de la renta. Te lo contamos.
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Aunque existe un desconocimiento general, se puede desgravar el dentista en la declaración de la renta siempre que se cumplan algunos requisitos.

Este tipo de desembolso se encuadra en las casillas relativas a los gastos por enfermedad. En la actualidad, solo se trata de deducciones autonómicas y se pueden aplicar únicamente en Canarias y Cantabria. Dado que dicha reducción no suele estar incluida en el borrador de la renta, es aconsejable revisarlo e incluirlo antes de presentar la declaración definitiva.

Desgravar el dentista en la declaración de la renta en Canarias

Para deducirse el dentista y otros gastos médicos en el archipiélago canario es preciso considerar los siguientes puntos:

  • Esta desgravación está limitada para aquellos contribuyentes que residan en las islas y que tengan unos ingresos inferiores a 39.000 euros. Si se opta por la declaración conjunta, este límite asciende hasta 52.000 euros.
  • Esta deducción autonómica permite desgravar el 10% de los gastos y honorarios profesionales que se hayan abonado durante el periodo anterior en concepto de prestación de servicios por quienes tienen la condición de profesionales médicos o sanitarios, salvo farmacéuticos. El motivo debe ser preventivo, diagnóstico o tratamiento dentro del ámbito de la salud dental, tanto de manera propia como para cualquier miembro que integra el núcleo familiar.
  • En ningún caso es posible desgravar el dentista en la declaración de la renta cuando se trata de una asistencia con fines estéticos. De esta limitación se excluyen las reparaciones de daños causados por accidentes.
  • El máximo anual de esta deducción son 500 euros en tributación individual y 700 euros en tributación conjunta. Si se trata de una persona con una discapacidad igual o superior al 65%, se pueden incrementar las anteriores cuantías en 100 euros.
  • Para que se haga efectiva la aplicación de esta desgravación es necesario que los gastos estén justificados con factura y que hayan sido satisfechos mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta. De este modo, solo las personas titulares de los documentos acreditativos pueden aplicar dicha deducción.

Desgravar el dentista en la declaración de la renta en Cantabria

En la comunidad autónoma de Cantabria se establecen los mismos requisitos que en Canarias para desgravar el dentista en la declaración de la renta, salvo algunas particularidades:

  • El límite anual de 700 euros en declaración conjunta, también se incrementa en 100 euros por cada contribuyente que tenga una discapacidad igual o superior al 65%.
  • Es posible añadir una deducción del 5% de las cantidades que se hayan abonado durante el año anterior en concepto de cuotas a mutualidades o sociedades de seguros médicos no obligatorios, tanto propios como de las personas que se incluyen en el mínimo familiar.
  • El límite de la desgravación por tener contratado por ejemplo un seguro dental está establecido en 200 euros anuales si se opta por la tributación individual y 300 euros en tributación conjunta. Asimismo, se pueden incrementar en 100 euros cuando el contribuyente tiene una discapacidad igual o superior al 65%.
  • Para beneficiarse de ambas desgravaciones del dentista en la declaración de la renta es necesario reflejar por separado las cantidades satisfechas por la prestación de servicios sanitarios y las que se hayan abonado en concepto de cuotas a mutualidades o seguros médicos.
Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 7 May, 2022
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Comentarios (10)

  1. LOS GASTOS `POR IMPLANTES DENTALES EN LA COMUNIDAD DE MADRID, ES DEDUCIBLE SI SUPERA EL 15% DEL BRUTO Y SIENDO JUBILADO

    Responder
    • Hola José Luis,
      No son deducibles. Un saludo

      Responder
  2. Mi consulta es: Me hice un arreglo dental de 4000 € desde Diciembre 2020 hasta Marzo 2021. Lo pagué en plazos de 1000 € en cada mes. Mi pregunta es si puedo desgravar en la declaración de la renta lo pagado en Enero, Febrero y Marzo de 2021 ? Vivo en Las Palmas de Gran Canaria. Gracias.

    Responder
    • Hola Francisco,
      Si puede incluir los gastos realizados en el año 2021. Un saludo

      Responder
  3. Me hice un arreglo en la boca desde Diciembre de 2020 hasta Julio de 2021. Financié el tratamiento de 4000 € en 4 meses es decir desde Diciembre de 2020 hasta Marzo de 2021. Puedo desgravar los plazos de Enero,Febrero y Marzo?

    Responder
    • Hola Francisco,
      Si puede incluir los gastos del 2021. Un saludo

      Responder
  4. ¿Por qué al introducir los gastos por dentista en la casilla , no se me aparecen en el resumen de la declaración? ¿Cómo adjunto las facturas?

    Responder
    • Hola Fátima,
      Desconocemos el motivo. Las facturas no las tiene que incluir, si guardarlas en caso de que se las puedan solicitar. Un saludo

      Responder
  5. ¿En qué casillas se desgraban los gastos del seguro dental y de las facturas del dentista en Cantabria?

    Responder
    • Hola Marta,
      Hay que incluirlo en la deducción autonómica por gastos de enfermedad, casilla 954. Un saludo

      Responder

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