⌚ 4 minutos | Quizás te interese conocer cuántos años cotizados tienes para así hacerte una idea de cuándo podrás acceder a la pensión por jubilación o a cualquier otra prestación como el paro y bajo qué condiciones.
Los empleados como norma general cotizan el tiempo que están en activo. Lo que significa que para recopilar y averiguar todo el tiempo que tienes cotizado, lo más sencillo es solicitar la vida laboral donde se refleja tanto el tiempo como los detalles de la vida activa de un trabajador con independencia del régimen en el que haya estado dado de alta o el tipo de contrato.
Si necesitas saber los años cotizados para echar tus cuentas y saber cuándo tendrás acceso a la jubilación, recuerda que se requiere un mínimo de 15 años trabajados para acceder a una pensión contributiva. Dos de estos 15 años deben estar comprendidos en los últimos 15 años antes del momento de jubilarse.
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Los datos oficiales de mis años cotizados
Para saber los años y días que he cotizado se puede recurrir a diferentes opciones. Hoy gracias a las oficinas virtuales de los organismos públicos oficiales se trata de una consulta sencilla y muy rápida que puedes realizar en cualquier momento.
Cómo acceder a la vida laboral
La forma más sencilla de conocer cuánto tiempo llevamos trabajado –y en consecuencia cuánto hemos cotizado- es pedir el informe de vida laboral a la Seguridad Social a través de Internet.
El proceso es muy sencillo y desde la propia sede electrónica van explicando cómo hacerlo paso a paso. El documento que se descarga de manera instantánea y lo puedes pedir incluso por sms, refleja el número de días que has estado dado de alta en alguno de los regímenes.
¿Cómo calcula la Seguridad Social los años cotizados?
El periodo cotizado que aparece en la vida laboral se elabora de acuerdo con los datos que obran en poder de la Seguridad Social que, aunque pueden contener errores que debes en su caso detectar y pedir que se subsanen; por lo general, responden al tiempo real que se ha estado dado de alta de forma legal y adecuada.
La Seguridad Social calcula los años cotizados, siguiendo la normativa vigente puesto que la ley pauta cómo se tienen en cuenta jornadas, tipos de contratos y situaciones tan específicas como el servicio militar o la baja por maternidad.
Pautas para determinar el tiempo cotizado
El cómputo de los meses se realizará de fecha a fecha a partir de la correspondiente al nacimiento. Los períodos de cotización acreditados por los solicitantes de la pensión de jubilación, a los efectos de poder acceder a la pensión de jubilación al cumplimiento de la edad que, en cada caso, resulte de aplicación, vendrán reflejados en días y, una vez acumulados todos los días computables –sin contar la parte proporcional de las pagas extraordinarias- serán objeto de transformación a años y meses.
- El año adquiere el valor fijo de 365 días.
- El mes adquiere el valor fijo de 30,41666 días.
- Para el cómputo de los años y meses de cotización se tomarán años y meses completos, sin que se equiparen a un año o a un mes las fracciones de los mismos.
Para determinar los períodos de cotización computables para fijar la edad de jubilación, además de los años cotizados por el interesado, se tendrán en cuenta otras situaciones que suelen darse a lo largo de la vida laboral.
Los años cotizados y los periodos de excedencia
Los años que se consideren efectivamente cotizados, conforme a lo establecido en el art.237 de la LGSS, como consecuencia de los periodos de excedencia que disfruten los trabajadores, de acuerdo con el artículo 46.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
El cuidado de hijos o menores en acogida cotiza
Los días o años que se computen como periodo cotizado en concepto de beneficios por cuidado de hijos o menores acogidos, según lo dispuesto en la disposición transitoria decimocuarta de la LGSS y en el artículo 6 del R.D. 1716/2012, de 28 de diciembre.
Cotización por maternidad
Los períodos de cotización asimilados por parto que se computen a favor de la trabajadora solicitante de la pensión, de acuerdo con lo establecido en el art 235 de la LGSS.
Con estas pautas y si obran en tu poder tus diferentes contratos de trabajo, podrías calcular de forma particular –casera- tus años cotizados, pero según sea tu situación y los diferentes escenarios que recoja tu vida laboral será un proceso largo y complicado.
Si tienes dudas sobre los datos que te facilita la Seguridad Social: no te parecen exactos o detectas faltas o lagunas, es importante que recuperes tus registros personales y soluciones el problema, si es necesario con una administrador o abogado profesional que están más acostumbrados a este tipo de trámites. Ten en cuenta que el cálculo para la jubilación u otras prestaciones, como el paro, se hace siempre a partir de estos datos oficiales.
Periodista especializado
MAPFRE
Hola, realicé una simulación de Jubilación (ordinaria) en la SS que me indicaba unas cotizaciones acreditadas de 38,2 años. Sin embargo la resolución final de jubilación, me la han tramitado por erro como jubilación anticipada en la que sólo constan 35 años cotizados. Sin perjuicio de las reclamaciones previas/judiciales que estoy llevando a cabo, ¿a qué se puede deber ese descuadre de datos? No logro averiguar si quizás al ser otra modalidad de jubilación se tienen en cuenta diferentes períodos o métodos de cálculo. Gracias de antemano por su tiempo. Un saludo.
Hola Alejandro,
Lo sentimos pero no tenemos datos suficientes para darle una respuesta correcta. Un saludo
Hola,
Tengo el extracto de la seguridad social y he visto que se puede simular la pensión por la web pero necesito meter las bases de cotización… el problema es que no sé a cuánto ascienden. ¿Hay algun documento donde pueda verlo? es que en el que me venía con la vida laboral me pone que la base de cotización es muy superior a lo que cobraba….
Muchas gracias
Hola Carmen,
En la vida laboral tienes las bases de cotización, que no tienen nada que ver con lo que se cobra en nómina. Un saludo
Hola, tengo,60 años y cotizados 25 años 3 m y19 dias podria jubilarme ahora anticipadamente en este momento? gracias.
Hola Paloma,
No podría jubilarse anticipadamente, ya que no cumple con los requisitos de cotización. Un saludo
Hola, me quedan tres meses para hacer 56 años y tengo 38 cotizados ,me podria jubilar ya ?
Hola Raul,
No se podría jubilar hasta los 65 años. Podría acceder a la jubilación anticipada voluntaria a los 63 años. Un saludo
Hola ,tengo 38 años cotizados, cuanto será mi pensión? gracias
Hola Raul,
Depende de las cotizaciones. Un saludo
Hola buenos dias por que en la vida laboral no bienen reflejados los dias que se cotizan en el paro para la jubilacion esperado su respuesta les mando un cordial saludo gracias
Hola Jesús,
Desconocemos porque no se reflejan en la vida laboral, si le confirmamos que es tiempo cotizado para la jubilación. Un saludo
Hola de nuevo el 88% de la base reguladora cuantos es? Mi marido lleva 7 años cobrando el desempleos es decir 426€ . cual la base reguladora o el 88%. Gracias
Hola María,
La base reguladora se calcula sobre los años cotizados, puede solicitar a la Seguridad Social la vida laboral donde consta esa información. Un saludo
Hola mi marido tienes 10794 días cotizado cuantos dinero de pensión le quedara. Gracias
Hola María,
Aproximadamente el 88% de la base reguladora. Un saludo
¿el antiguo servicio militar obligatorio cuenta como año cotizado cuando duraba un año?
Hola Luis,
Para la jubilación ordinaria, a de día de hoy, no se tiene en cuenta el periodo de Servicio Militar Obligatorio. Para las jubilaciones anticipadas y parciales se computará con el límite máximo de 1 año, a los efectos del cálculo del periodo de carencia.Un saludo