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Letra de cambio: qué es y para qué sirve

Manos intercambiando un fajo de billetes
4 Min de lectura
Las letras de cambio son una de las formas de pago más antiguas y más utilizadas. Te contamos en qué consisten, sus ventajas y lo que deben contener para tener plena validez legal.
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Personas y empresas realizan a diario un sinfín de operaciones de compraventa que se sufragan utilizando diferentes métodos, desde pago en efectivo, hasta transferencias bancarias, pagarés, PayPal… Las letras de cambio son otra forma de pago que se viene utilizando desde hace mucho tiempo. A continuación, te contamos qué son, qué ventajas tienen, cómo se usan y en qué se diferencia de los pagarés.

¿Qué es una letra de cambio?

Según el Banco de España, una letra de cambio es un «mandato de pago por el que la persona que emite el documento -librador- ordena al librado el pago de una cantidad de dinero en una fecha determinada (vencimiento) a favor de un tercero, cuyo nombre ha de figurar en la letra. Es negociable y se puede endosar».

Por tanto, la letra de cambio es un documento mercantil utilizado en transacciones comerciales mediante el cual una persona o empresa queda obligada a pagar una determinada cantidad de dinero a otra persona o empresa en el plazo de tiempo establecido en dicho documento. Es, por así decirlo, una forma que tiene el vendedor para financiar a sus clientes la compra, asegurándose el cobro del dinero en la fecha correspondiente.

¿Qué partes intervienen en la letra de cambio?

En la letra de cambio intervienen, principalmente, las siguientes partes:

  • Librador: es la persona física o jurídica acreedora que emite la letra de cambio y da la orden de pago.
  • Librado: es la persona física o jurídica que acepta dicha letra de cambio y que, por tanto, debe abonar la deuda en el plazo indicado. En otras palabras: es el deudor Pero para estar obligado a pagarla, debe haberla aceptado previamente. En caso contrario, el beneficiario de la letra podría reclamar dicha cantidad al librador.
  • Beneficiario: es la persona que finalmente recibe el dinero de la deuda. Puede coincidir con el librador o, si la letra ha sido endosada, ser otra persona.

Si la letra de cambio ha sido endosada, intervienen más participantes:

  • Endosante: es quien tiene la letra de cambio en su poder, pero que, por falta de liquidez, necesita transmitirla a un tercero, al que le transfiere todos sus derechos y obligaciones.
  • Endosatario: es aquel que recibe la letra convirtiéndose en beneficiario de la misma. Normalmente, suele tratarse de una entidad financiera.
  • Avalista: es el que garantiza el pago de la operación mediante su firma en el documento. No es una figura obligatoria, pero se utiliza para dar mayor credibilidad al documento. Si se produce el impago, el avalista tiene que hacer frente a la deuda y, posteriormente, recurrir a expertos para emprender acciones legales por vía judicial contra el librado.

¿En qué consiste el endoso de las letras de cambio?

Las letras de cambio se pueden endosar a un tercero, y esa es una de sus principales ventajas. Es decir, si el librador lo desea, puede transferir la letra de cambio -con su responsabilidad y su derecho a cobro- a un tercero con el fin de obtener liquidez antes del vencimiento de la letra. Generalmente, se endosa a una entidad financiera.

El endosatario, a su vez, puede endosar de nuevo el derecho a cobro a otra persona, y así sucesivamente.

Solo hay una excepción al endoso, y es cuando en la propia letra de cambio figura la cláusula “No endosable”. En este caso, no se puede transmitir de ninguna forma.

Letra de cambio y pagaré: ¿son lo mismo?

Letra de cambio sobre un pagaré

https://bit.ly/35siBxO

Tanto el pagaré como la letra de cambio son documentos que permiten reclamar una deuda a otra persona en un plazo previamente determinado. Sin embargo, no son lo mismo. El pagaré tiene unas particularidades diferentes:

  • Lo extiende el propio deudor, reconociendo así su deuda frente a un tercero. En la letra de cambio, como hemos visto, es el acreedor el que realiza esta acción.
  • Solo hay dos intervinientes: el emisor (deudor) y el beneficiario (el que recibe el pago). En la letra de cambio hay, como mínimo, tres figuras (beneficiario, librador y librado).
  • En el pagaré, a la cantidad adeudada se le aplica un tipo de interés. En cambio, en la letra el deudor solo se debe abonar la cantidad que aparece reflejada en el documento, ni un céntimo más.

¿Cómo se rellena una letra de cambio?

Es importante que la letra de cambio esté correctamente cumplimentada, ya que, de lo contrario, perdería su validez legal. Para ello, las letras de cambio deben estar emitidas en papel timbrado, es decir, oficial y deben contener la siguiente información:

  • Las palabras “Letra de cambio” claramente visibles sobre el documento.
  • Lugar y fecha de emisión.
  • Importe exacto de la operación especificado en letras y números.
  • Denominación de la moneda en la que se ha emitido.
  • Fecha de vencimiento.
  • Domicilio del pago.
  • Nombre completo del beneficiario de la deuda.
  • Nombre completo y domicilio del librado (deudor).
  • Datos y firma del librado.
  • Aceptación explícita por parte del librado, con fecha y firma del librado.
Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 7 Dic, 2022
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