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Quién puede cobrar la pensión de un fallecido

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4 Min de lectura
En España, solo los beneficiarios legalmente reconocidos pueden cobrar la pensión de un fallecido. Descubre quiénes tienen ese derecho.
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Blog Planes de Futuro MAPFRE
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El equipo de redacción de MAPFRE especializado en temas laborales. Lleva más de 10 años preocupándose por tus ahorros y porque sigas manteniendo una buena calidad de vida en el momento de la jubilación. Pero no solo eso, aquí encontrarás información útil y práctica sobre relaciones laborales, impuestos, prestaciones y mucho más.

Los años de experiencia de MAPFRE en el sector nos avalan como fuente de información veraz y práctica para acompañarte en las diferentes etapas de tu vida.

Las personas que pueden cobrar la pensión de un fallecido son:

  • Cónyuge o pareja de hecho.
  • Hijos menores de edad, tienen derecho a recibir una pensión de orfandad hasta que alcancen la mayoría de edad.
  • Hijos con discapacidad igual o superior al 65% independientemente de su edad.
  • Otros familiares dependientes económicamente del fallecido, como padres o hermanos.

Además, deben cumplir una serie de condiciones:

  • Haber convivido con el fallecido un mínimo de dos años.
  • No recibir otras prestaciones públicas, a excepción de orfandad y viudedad.
  • Demostrar la situación de desamparo y falta de medios para subsistir.
  • No haber sido condenados en sentencia firme por comisión de homicidio.

Procedimiento

Comunicar el fallecimiento a la Seguridad Social

Es el primer paso que debes dar si los trámites de un familiar fallecido han recaído en ti. La normativa obliga al pensionista a comunicar al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) las variaciones de tipo económico, modificación de datos o cambio de la situación familiar. Por lo tanto el fallecimiento deben comunicarlo los familiares y es obligatorio hacerlo adjuntando el certificado de defunción.

Se puede comunicar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) del INSS, pidiendo cita previa. Algunas funerarias pueden hacer este trámite por los familiares y algunos Seguros de Decesos como el de MAPFRE llevan a cabo esta gestión por ti.

En caso de que el pensionista fallecido viviera en el extranjero, la notificación debe hacerse a la Dirección Provincial del INSS que gestiona su pensión o a la Consejería Laboral de la Embajada de España en el lugar donde residiera.

Trámites y documentación

Únicamente es necesario aportar el certificado médico de defunción del pensionista, que es el documento oficial que acredita la muerte de una persona y de la fecha y lugar en que se ha producido. Lo expide un médico y hay que presentarlo en el Registro Civil para su inscripción en los siguientes 30 días hábiles (no se cuentan sábados, domingos ni festivos) desde que se produce la defunción.

Cuantía de la liquidación

Las pensiones de la Seguridad Social se devengan por mensualidades naturales y se abonan en 14 pagas, 12 ordinarias y 2 extraordinarias.
Las mensualidades ordinarias se pagan íntegras, incluida la correspondiente al mes en que se produzca la extinción del derecho a pensión. Por tanto cuando fallece un pensionista, la Seguridad Social le paga el mes completo de pensión, independientemente del día en que haya fallecido.

¿Tiene derecho a paga extra?

Sí, el abono de la pensión del fallecido incluirá la parte proporcional de la paga extraordinaria correspondiente desde la última paga extraordinaria percibida, hasta el mes en que se produce el fallecimiento.

¿Cómo se calcula?

Si es la paga extraordinaria correspondiente al mes de junio, se abonará una sexta parte por cada uno de los meses entre el mes de diciembre del año anterior y el mes en que se produzca la suspensión del cobro de la pensión o la causa de extinción.

Si es la paga del mes de noviembre, se abonará una sexta parte por cada uno de los meses comprendidos entre el mes de junio del mismo año y el mes en que se produzca la suspensión del percibo de la pensión o la causa de extinción, ambos inclusive.

Esta paga extraordinaria se pagará con la última mensualidad de la pensión a que se tuviese derecho. Las personas que hayan percibido indebidamente prestaciones de la Seguridad Social tienen la obligación de reintegrar su importe.

Un hombre joven y otro mayor con una carpeta con papeles.

https://bit.ly/42mRhg2

Otras pensiones

La defunción de un familiar que fuera beneficiario de una pensión puede generar el derecho a cobrar otras pensiones:

Pensión de viudedad u orfandad

También llamadas prestaciones por muerte y supervivencia, cuyo derecho a cobro surge con el fallecimiento del beneficiario.
Las prestaciones por muerte y supervivencia están destinadas a compensar la situación de necesidad económica que produce para determinadas personas el fallecimiento de otras.
Estas pensiones se pueden solicitar de manera telemática a través del portal Tu Seguridad Social con certificado digital, y a través de la plataforma para trámites sin certificado si no se dispone del certificado digital.

Prestación de auxilio por defunción

Consiste en una ayuda económica que se reconoce a quiénes hayan soportado los gastos del sepelio del causante fallecido, consistente en un pago único (actualmente son 46,50 euros) para hacer frente a parte de esos gastos que supone un sepelio. Se puede pedir hasta 5 años después del fallecimiento.

Recuerda siempre contratar un Plan de Pensiones para estar cubierto en cualquier situación.

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Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 7 Feb, 2024
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Comentarios (120)

  1. Hola… Tengo actualmente 52 años. He dedicado la mayor parte de mi vida al cuidado de mis padres. Mi padre fallecio en 2013 y mi madre, que cobraba pension de viudedad, en 2022. Siempre he vivido con ellos, soy soltero. Queria saber si tendria derecho a la pension en favor de familiares. Muchas gracias.

    Responder
    • Hola José Ramón,
      Tendría que informarse en la Seguridad Social, ya que la pensión a favor de familiares depende de cada caso específico. Un saludo

      Responder
  2. Hola, tengo una gran duda, convivo con mis padres, ambos dependientes 100% desde hace más de 4 años. Mi padre, que cobraba ya su jubilación falleció hace 1 año y medio y su pensión pasó a mi madre, tiene alzheimer. Tuve que dejar mi trabajo para cuidarlos a ambos, ahora estoy cobrando el paro que finaliza en 2 meses. En casa tengo ayuda asistencial de 2 horas diarias. ¿Podré solicitar la pensión a favor de familiares una vez que fallezca mi madre?

    Responder
  3. Hola, mi padre ha sido diagnosticado con demencia pero se vale por sí mismo
    (sale solo a la calle) aunque me encargo de prepararle la comida, lavarle la ropa y darle su medicación diaria (esto último me vi obligado a hacerlo porque por su falta de memoria, se tomaba más pastillas de la cuenta), además, cada seis meses le llevo a que se le haga una analítica por indicación del médico de cabecera y anualmente le acompaño al especialista de la demencia para su valoración.

    Tengo dos preguntas:

    1) Para acceder a la paga, ¿Cómo demuestro ante la seguridad social que le estoy cuidando? ¿Tendría que presentar un informe del médico de cabecera en el que se indicara que estoy haciendo todo esto?

    2) Es viúdo desde hace casi diez años, ¿cuánto me correspondería, el 20 % de la base reguladora o el 72 %?

    Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Antonio,
      Tendría que solicitar cita en la Seguridad Social donde le informarán de todos los requisitos. Un saludo

      Responder
  4. Estoy cobrando viudo y tengo 64 años, ¿Si me empadrono en casa de mi madre cobrando ella de viuda le quitarían la pensión?

    Responder
    • Hola Ángel,
      No le quitarán la pensión a ninguno de los dos. Un saludo

      Responder
  5. Hola, me gustaría saber si es compatible la pensión a favor de familiares, con suscribir el convenio de cuidadores no profesionales del INSS. Tengo menos de 65 años y soy perceptor de esta pensión. Soy cuidador no profesional de mi madre que tiene reconocida el nivel 2 de dependencia. muchas gracias.

    Responder
    • Hola Isidro,
      Sentimos no poder ayudarle en su caso. Le recomendamos solicite dicha información en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  6. Hola soy pensionista a favor de familiar. Me he metido con El alquilaje de in piso que Esta a mi propiedad. Como afecta a mi pension. Tengo entendido que coge Como referencia El smi computado Al 75 por ciento anual.

    Responder
    • Hola Pedro, lo sentimos pero nos faltan datos para darle una respuesta correcta. Le facilitamos enlace a la Seguridad Social con toda la información. Un saludo

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  7. Hola soy tutora legal de una persona que cuido es incapacitada. Lleva conmigo más de 6 años empadronado . Puedo solicitar la pensión familiar.. gracias

    Responder
    • Hola Ana, lo sentimos pero no tenemos datos suficientes. Le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  8. Hola, como puedo acreditar que cuido a mis padres? En caso de fallecer mi padre, puedo pedir la. Pensión de ayuda a familiares? La cuantía es el 20% de la base reguladora de mi padre? O sea de 1000 es 200. Y cuando mi madre fallezca si sigo cuidando la. Puedo c9brsr parte de su paga de viudedad?

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    • Hola Carlos, le facilitamos link a la página de la Seguridad Social con toda la información. Un saludo

      Responder
  9. Hola mi madre lleva cuidando a mi abuela toda la vida y vivimos en su casa y ahora hace unos meses fejo de trabajar para cuidarla ya que no se vale por si misma. El dia que mi abuela fallezca la pension que cobra la podria cobrar mi madre?

    Responder
    • Hola Alejandro,
      Puede solicitar la pensión a favor de familiares. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social donde le podrán informar de todos los trámites. Un saludo

      Responder
  10. Estoy cobrando la pensión vitalicia de a favor de familiares por haber cuidado de mi madre. Si me caso pierdo la pensión?
    Y otra pregunta, al llegar a los 65 la pensión de 220 que cobro se revalorizaria, quiero decir subirá a los 600 o 700 juntando mis 15 años cotizados?
    Agradezco su respuesta

    Responder
    • Hola Ángela,
      Lo sentimos pero en su caso no sabríamos darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social donde le podrán aclarar todas las dudas. Un saludo

      Responder
  11. Hola, He estado de cuidadora de mi madre, que falleció el pasado día 9 de Junio, tengo 54 años y estoy cobrando el subsidio para mayores de 52, me gustaría saber si tengo derecho a cobrar la pensión de familiares, al menos hasta que se estabilice mi situación y pueda encontrar trabajo remunerado. LLevo sin un trabajo estable desde 2013, pues la he estado cuidando a ella.

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    • Hola Laura,
      Debería solicitarlo en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  12. Hola , tengo en mi casa a mis padres y hermana empadronados hace 9 años mi padre murió hace 6, y tango la hermana 100X100dependiente,tengo derecho alguna prestación por la muerte de mi padre gracias

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    • Hola María Cruz,
      Podría solicitarla en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  13. Llevo todo la vida empadronada con mi padre y ahora que tengo 50 años mi padre ha fallecido con 86. Puedo acreditar con empadronamiento que he estado los últimos 2 años de su vida conviviendo en la misma vivienda con el y y ahora que ha fallecido no tengo ningún tipo de ingreso. Podría solicitar la pensión a favor de familiares? Me la concederán?
    Un Saludo

    Responder
    • Hola Nagore,
      Podría solicitarla acreditando que ha estado de cuidadora de su padre. Un saludo

      Responder
  14. Hola, quería saber si empadronó a alguien a mi casa por ayudarle que no tiene donde empadronarse ¿a mi me quitan mi pensión de orfandad absoluta? Muchas gracias

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    • Hola Inma,
      No le van a quitar la pensión. Un saludo

      Responder
  15. Soy perceptor de una pensión a favor de familiares generada por mi padre cuando falleció, el era pensionista de la seguridad social. Mi madre que aún vive cobra la pensión de viudedad y su pensión SOVI. Cuando fallezca mi madre podré solicitar la pensión a favor de familiares por ella?. He leído una sentencia de enero del 2020 en la que conceden a una señora el derecho a solicitarla por su madre fallecida y pensionista por SOVI y que hasta ese momento estas pensiones SOVI no generaban la pensión a favor de familiares. Creo que esta señora incluso percibe una pensión de viudedad de la seguridad social. Yo sigo cuidando a mi madre y reúno las mismas condiciones que cuando la solicite por mi padre. Pueden ser compatibles ambas pensiones en favor de familiares, una por la seguridad social y otra por SOVI. Yo cobro las cuantía mínima. muchas gracias, y un saludo.

    Responder
    • Hola Isidro,
      Lo sentimos pero desconocemos si son compatibles. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social donde le podrán aclarar todas las dudas. Un saludo

      Responder
  16. Buenas tardes, puedo solicitar una pensión a favor de familiar y cuidador?. La causante era mi madre y tenía pensión de viudedad, tengo reconocida la condición de cuidadora en el entorno familiar,

    Responder
    • Hola Pilar,
      Sí puede solicitarla. Un saludo

      Responder
  17. Buenos días.
    Me llamo Diego. Recibo una pensión «en favor de familiares» desde 2017. En la resolución recibida entonces se me notifica que «no estoy obligado a realizar la Declaración de la Renta Anual.» Que solo deberé hacerla cuando reciba la petición por parte de la Seguridad Social.
    Mi pregunta: cómo me notificaría la Seguridad Social la realización de la declaración de la renta para cualquier ejercicio?
    El envío del Certificado Anual de la percepción de la pensión, ¿es una notificación para hacer la declaración de la renta? Espero que no….
    Gracias!

    Responder
    • Hola Diego, le recomendamos consulte con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  18. Hola tengo 31 años quisiera saber si me quedaría la pensión de viudedad que cobra mi madre cuando fallezca por haber estado cuidando de ella la tengo en mi casa porque sufre Alzheimer pero no está empadronada conmigo puedo justificar con la ley de dependencia que e estado cuidando de ella todo este tiempo?

    Responder
    • Hola Anais,
      Tiene que acreditar que ha sido cuidadora de su madre.

      Responder
  19. Siendo perceptoras de una pensión en favor de familiares desde hace dos años, ¿Puedo constituírse como pareja de hecho o también pierdo la pensión si constituyó una pareja de hecho? Discapacidad 65%, grado 1 de dependencia, 55 años

    Responder
    • Hola Ana,
      La pensión se extingue por contraer matrimonio, desconocemos si por pareja de hecho se actué igual. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social donde le podrán aclarar todas las dudas. Un saludo

      Responder
  20. Buenas tardes, estoy cobrando una pensión en favor de familiares de 220€ y me ofrecen en mi comunidad hacer de cargo de presidente por 200 € al mes, puedo aceptarlo y no perder mi pensión? Es compatible? Gracias

    Responder
    • Hola Juan Luis,
      Es compatible siempre que no supere en cómputo anual, la cuantía del salario mínimo interprofesional. Un saludo

      Responder
  21. Hola tengo 57 años cuide toda la vida a mi madre recien fallecida, todos mis hermanos quieren firmar a favor mio, no tengo sustento propio por este motivo, puedo acceder a esta prestacion de mi madre?

    Responder
    • Hola Patricia,
      Tendría que informarse en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
    • Yo he estado cobrando la pensión a favor de familiares desde el fallecimiento de mi herman14 de noviembre del20 y hoy he ido al banco y no me la han ingresado no me han informado de cuál ha sido el motivo

      Responder
      • Hola Viditación,
        Lo sentimos pero en su caso no sabríamos darle una respuesta correcta, tendría que consultarlo en la Seguridad Social. Un saludo

        Responder
  22. Buenas, soy mujer 50 años y soltera, he vivido siempre con mis padres y trabajando, mi madre faltó hace 5 años y medio y mi padre ha faltado recientemente , en estos últimos 2 años estado de baja cuidando a mi padre hasta que me despidieron y ahora estoy cobrando del paro, tengo derecho a la pensión a favor de familiares?

    Responder
    • Hola Lola,
      Tendría que informarse en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  23. Tengo 59 años, cobro el subsidio de mayores de 55, mi padre falleció en 2019, mi madre falleció recientemente cobrando pensión de viudedad. Vivía con ellos cuidándolos, ?tengo derecho a pensión en favor de familiares?

    Responder
    • Hola Javier,
      Tendría que ir a la Seguridad Social para solicitar dicha pensión. Un saludo

      Responder
  24. Hola, he vivido toda la vida con mis padres y ayudado a sus cuidados en estos ultimos años dejando de lado mi integracion al mercado laboral ya que mi madre viene sufriendo una demencia desde 2016 y mi padre que ya venia arrastrando problemas de salud desde 2014 ha fallecido este mismo mes con lo que ahora me veo solo cuidando de una madre que por requerir ya de grandes cuidados hace complicado el poder compaginar trabajo, si es que pudiera encontrar algo con mi edad, y cuidados Teniendo yo en este momento 44 años, cumplo 45 en 2 meses, entiendo entonces que solo puedo pedir el la pension de manera temporal (12 meses) o ¿ por cumplir 45 este año podria tener derecho a la pension indefinida?

    Gracias.

    Responder
    • Hola Dan,
      Lo sentimos pero en su caso no sabríamos darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite dicha información en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  25. Hola quería informarme si mi madre falleciese, yo vivo con ella y soy la persona que la cuida, pero no tengo 45 años, tengo una discapacidad del 34. Con menos edad se podría solicitar la pensión en favor a familiares en mi situacióm? Nunca he trabajado por motivos de salud.
    Gracias

    Responder
    • Hola Mirian,
      Lo sentimos pero en su caso no podríamos darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  26. Hola buenas , cobro pensión no contributiva de 400 euros , y complemento de 140 , también cobro la dependencia . De 353 euros , para el cuidador no profesional que me cuida .
    Mi padre estaba cobrando jubilación , a fallecido a los 70 años .Tengo una discapacidad reconocida de 70% y dependencia el grado 3 . Me han aceptado la orfandad de 210 euros , pero si cojo la orfandad me dicen que pierdo la no contributiva .
    Mi padre era mi cuidador de la dependencia desde el año 2011 , me han dicho en la seguridad social , que podría coger la orfandad y la ayuda por hijo a cargo . Pero que perdería la.otra la no contributiva , lo entiendo .
    Pero quería también preguntar , mi padre no hacía declaración de renta , ni cobraba por hijo a cargo .
    Puedo reclamar lo que le pertenecía a mi padre y no le a pagado la seguridad social . Me pensión no contributiva la tengo aceptada desde el año 1986 y me empezaron a pagar cuando cobre los 18 años , y tengo 42 años y siempre he vivido con mi padre .
    Hay alguna ayuda que sea compatible con mi paga y que no me la quiten . También he visto por Google , que si la discapacidad la tengo reconocida desde antes de cumplir los 18 años , no se exigen límite de ingresos .

    Responder
    • Hola Chicabarcelona,
      Las pensión no contributiva no es compatible con otras pensiones. Un saludo

      Responder
    • si tu padre o madre hubiera percibido la pfhc, a ti no te hubieran reconocido la pnc-inv. por lo que no puedes reclamarle a la seguridad social, y vamos aunque pudieras tampoco, en todo caso sería EL, o tu MADRE, pero olvdate de ese asunto porque no te asiste la legislación, en cuanto al consejo que te han dado en el INSS, pues si considero modestamente que es acertado, puedes percibir orfandad + pfhc, que iria a nombre de tu madre (salvo acuerdo), intuyo que tu madre vive porque no te han dado una orfandad absoluta que se reconoce en caso de fallecimiento de ambos progenitores

      Responder
  27. Cobro una pension fabores familiares puedo cobrar la ayuda de los 52 años

    Responder
    • Hola Antonio,
      Esa ayuda no es compatible ya que no tiene que tener ningún ingreso o no superar el SMI. Un saludo

      Responder
    • disculpen pero si puede, siempre que no superes el smi, lo que no podras es a la hora de jubilarte seguir percibiendola porque te decantarás por la jubilación que sera de mayor cuantia. Les recuerdo que el subsidio de mayores de 52 años NO ES UNA PENSIÓN, es una prestación contributiva, y no supera el 100% del SMI, que está en unos 11500 euros en 2021. eso si tienes que cumplir el requisito de haber cotizado 15 años y al menos 6 de ellos por el regimen gral para poder percibir el citado subsidio.

      Responder
  28. Hola soy varon de39 años con discapacidad de 65% recibo pension no contributiva de 400 € y vivo con mi madre que recibe pension de viudedad..mi preguntq es podria heredar pension de mi madre cuando esta fallezca?

    Responder
    • Hola Ivan, la pensión de viudedad no genera derecho sobre una 2ª persona. Un saludo

      Responder
  29. Mi madre cobra la pensión de mi padre. Mi madre falleció hace poco me corresponde a mi la pensión? Tengo 57 años y llevo toda la vida con ella y tengo minusvalía de más de 4o%

    Responder
  30. Buenas soy perceptora de una incapacidad permanente absoulta por mi cancer aun no controlado, cuando me operaron me dijo una muchacha de la sgeuridad social tambien con cancer que cuando faltara mi apdre ya qe vivia con el pidiera a la vez la pension de orfandad y la de en favor de familiares ya que eran compatibles ambas y siempre seria mas que lo que cobrara. Alguien puede comentar algo al respecto

    Responder
    • Elena, lo sentimos pero no podemos darle una respuesta correcta. Le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
    • La prestacion en favor de familiares es incompatible con otras pensiones, en cambio si puedes ser susceptible de incapac. pte absoluta y orfandad. Si pidieras algun día una pensión de supervivencia, descarta la de en favor de familiares.

      Responder
  31. Hola soy una mujer de 53 años (con un hijo a cargo)sin trabajo. Siempre he vivido con mis padres (mi padre falleció en octubre 2021) y mi madre va a cobrar una pensión de 811€. Tengo derecho a pedir una ayuda en favor de familiares?
    Gracias

    Responder
    • Hola Sol,
      Podría solicitarla, le recomendamos pedir cita en la Seguridad Social, donde le informarán de la documentación que tiene que aportar. Un saludo

      Responder
    • si NO ESTAS CASADA, y demuestras una convivencia con tu padre, desde el hecho causante (fallecimiento) y mínimo dos años atras, si puedes ser susceptible…

      Responder
  32. Buenas tardes mi pregunta es la siguiente: tengo un primo que vive con su madre y la cuida desde hace años este cobra una pensión de 240 euros de jubilación y un suplemento no contributivo hasta los 580 euros, este soltero vive en el mismo domicilio desde siempre ,tiene derecho a la pensión de familiares cuando fallezca la madre. Gracias

    Responder
    • Hola Agustín, no tenemos suficientes datos para darle una respuesta correcta. Le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
    • la prestacion en favor de familiares es INCOMPATIBLE CON OTRAS PENSIONES, y tienes además que tener en cuenta si la madre es titular de una pensión de jubilación o incapacidad permanente, si fuera de VIUDEDAD, NO GENERA DERECHO SOBRE UNA 2ª PERSONA.

      Responder
  33. Buenas tardes:

    Mi padre falleció hace ya 10 años, mi madre, de la que soy cuidadora dada de alta en el convenio especial, tiene reconocido un grado 3 de dependencia y percibe una pensión de viudedad de unos 600 euros y una propia (SOVI) de unos 400 y poco. Llevo algo más de 3 años sin trabajar porque tengo la dedicación total suscrita en el convenio especial, y mis últimos ingresos fueron hacen 20 meses (terminado el paro, el subsidio por desempleo durante 6 meses). Decir que he vivido toda mi vida empadronada con ellos, mayor de 45 años, soltera y sin hijos. Dado el caso, ¿tendría derecho a solicitar la pensión en favor de familiares? ¿o es imprescindible que los dos últimos años no se tenga ningún tipo de ingreso (el subsidio que cobré lo último)? Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Elsa,
      Sí podría solicitar la pensión a favor de familiares. Le recomendamos solicite información en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  34. Mi madre cobraba pensión de viudedad y yo con 49 años llevo años cuidándola. No cobro nada y siempre vivimos juntas.¿puedo cobrar la pensión en favor de familiares?

    Responder
    • Hola Mar,
      Si no tiene ningún ingreso y acrecita que ha estado viviendo con su madre a su cuidado puede solicitar dicha pensión. Un saludo

      Responder
  35. Hola,mi nombre es José.
    Mi padre falleció hace unos años y estoy cobrando la pensión por orfandad ya que viviamos juntos y le cuidaba hasta el dia de su fallecimiento.
    He gestionado la aceptación de herencia mi padre y tengo varios inmuebles en dicho testamento,por un valor alto en el mercado.
    Mi pregunta es la siguiente:
    ¿Pueden retener o cancelar mi pensión por este motivo? o ¿Solo cuando tenga un beneficio de la venta de alguno de ellos?

    Responder
    • Hola José Carmelo,
      Sentimos no poder darle una respuesta correcta sobre su caso. Le aconsejamos solicite esa información en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  36. hola
    en la actualidad tengo 58 años enpadronada con mi padre dos aunque puedo demostrar que son cinco pero sin patron, cuidando a mi padre desde el 2015 pero empadronado conmigo desde abril del 2018 podria solicitar la pension de favores familiares, no tengo derecho a ninguna ayuda segun me han informado y por cuanto tiempo podria cobrarla.
    gracias de antemano

    Responder
    • Hola Ginesa.
      Si podría solicitarla en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  37. HOLA,MI PAREJA HA CUIDADO SIEMPRE A SUS PADRES,LA MADRE ACTUALMENTE ESTA EN UNA RESIDENCIA PERO CONTINUA CUIDANDO A SU PADRE.ELLA COBRA UNA PENSION NO CONTRIBUTIVA CON LA QUE SE PAGA LA RESIDENCIA,Q ENTRO POR LA LEY DE DEPENDENCIA.EL PADRE COBRA UNA PENSION PEQUEÑA POR JUBILACION.EL CARECE DE INGRESOS PORQ SE TIENE Q DEDICAR A ELLOS.LLEVAMOS MAS DE 20 AÑOS JUNTOS Y QUEREMOS HACERNOS PAREJA DE HECHO.
    NO SE SI ESO IMPEDIRIA Q COBRARA UNA PENSION EN UN FUTURO POR HABERLOS CUIDADO,AL HACERSE PAREJA DE HECHO CONMIGO Y POR TANTO . DEJAR DE ESTAR EMPADRONADO CON ELLOS.MI PAREJA TIENE 55 AÑOS Y POCAS POSIBILIDADES DE PODER ENCONTRAR UN EMPLEO.
    ME GUSTARIA Q NOS ORIENTARA Y ACONSEJARA.GRACIAS.

    Responder
    • Hola Anónimo,
      Lo sentimos pero en este caso no sabríamos darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
    • la convivencia en el mismo domicilio, como minimo 2 años antes del hecho causante (fallecimiento), es requisito imprescindible, además el estado civil tiene que ser no casado, puedes tener dificultad por ser pareja de hecho.

      Responder
  38. Buenas tardes. Mi padre era pensionista de clases pasivas,soy su única hija y cumplo los requisitos de tiempo de atención , y carencia de ingresos propios. Soy soltera mayor de 45 años.Me pueden indicar si puedo solicitar esta prestación? Un salduo

    Responder
    • Hola Yolanda,
      Le facilitamos enlace a la página web de la Seguridad Social con toda la información al respecto. Un saludo

      Responder
  39. Hola mi padre falleció en septiembre soy soltera y cumplo todos los requisitos de la paga a favor de familiares,pero no se cuanto me quedaría si me viniera concedida pues ya la e solicitado,podría decirme cuanto me concederán,gracias un saludo

    Responder
    • Hola Angela,
      Lo sentimos pero no disponemos de dicha información, ya que las bases de cotización del fallecido las tiene la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  40. Quiero saber si son compatibles una pensión de Incapacidad Permanente Absoluta con la Pensión a favor de Familiares.
    El caso concreto es: HIJA ÚNICA, HUÉRFANA DE PADRE Y MADRE,SOLTERA SIN HIJOS, CONVIVENCIA CON MADRE FALLECIDA DURANTE TODA SU VIDA, MADRE FALLECIDA PERCEPTORA DE UNA PENSIÓN DE VIUDEDAD DE 600 EUROS, HIJA PERCEPTORA DE UNA PENSIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA DE 900 EUROS (LA INCAPACIDAD LE FUE DECLARADA A LOS 26 AÑOS).
    Agradezco de antemano su amable respuesta.

    Responder
    • Hola María,
      La pensión a favor de familiares es incompatible con otra pensión pública. No obstante le recomendamos solicite dicha información en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  41. Hola buenos dias, mi pregunta es: tengo 56 años cobrando la ayuda de mañores 52 (430e.) estoy viviendo con mi madre que cobra pension de viudedad por fallecimiento de mi padre, queria saber si podria solicitar la ayuda a favor de familiares, ya que antes del fallecimiento de mi padre vivia con ellos y me mantenian ya que cobraba los 430e. Podria solicitarla?. ahora mismo estoy con mi madre (pension de viudedad) y no se si repercutiria en la pension de mi madre si me dieran dicha ayuda a familiares. Muchas gracias

    Responder
    • Hola Manuel,
      No se pueden cobrar dos subsidios a la vez. En todo caso su madre podría solicitar un complemento de la pensión por hijo a cargo. Le recomendamos solicite cita en la seguridad social donde le podrán aclarar todas las dudas sobre su caso. Un saludo

      Responder
    • Manuel, soy trabajador social, y te digo feacientemente que si tus ingresos son exclusivos los del subsidio de mayores de 52 años,(5160 EUROS/AÑO), tu estado civil es NO CASADO, tu padre cotizó y generó derecho a pensión de la seguridad social, que por lo que refieres de tu madre entiendo que si, puedes ser susceptible de percibir la prestación en favor de familiares por una cuantía mensual de 207.- euros/mes, ya que tu madre aún vive, otro requisito importante es la convivencia (estar empadronados juntos) con el difunto desde la fecha del hecho causante (fallecimiento), y dos años como mínimo hacia atrás, es decir si tu padre falleció el 1/9/19, tienes que aportar un certificado historico de convivencia donde se acredite que ese día (del hecho causante) y hasta el 1/9/17, (como mínimo) conviviáis en la mismo domicilio. Tienes que tener en cuenta que cuando te llegue la hora de la jubilación tendrás que elegir entre esta pensión o la tuya propia, ambas son incompatibles y si tu madre fallece se te incrementaría la pensión (471,50 en 2019), siempre que lo solicitaras, (orfandad absoluta).

      Responder
  42. Hola yo cobro 430 € de un trabajo a tiempo parcial soy mayor de 45 años y mi madre falleció hace 3 meses, estando largo tiempo dedicado a ella por enfermedad y dependencia he solicitado la pensión a favor de familiares me la concederan? gracias

    Responder
    • Hola Manuel,
      Lo sentimos pero nos falta información para poder darle una respuesta correcta. Si usted cumple con los requisitos exigidos no tendrá ningún problema en que le concedan la pensión. Un saludo

      Responder
      • Hola buenas:
        Mi caso es el siguiente, mi madre cobraba una pensión no contributiva y tenía reconocida una situación de dependencia desde Diciembre 2017 y percibia una ayuda por el GOIB (en las islas baleares) una ayuda de 268€ desde Marzo 2018 yo era su cuidadora yo mientras percibía una ayuda de la RAI.
        Ella a fallecido por enfermedad no superó una operación.
        Lo que quiero saber si tengo derecho a poder solicitarla la pensión a favor de familiares por ella haber percibido una pensión no contributiva-
        Muchas gracias anticipadas.

        Responder
        • Hola María,
          Le comunicamos que la pensión consistente en una prestación económica para familiares, tan sólo se contempla en el ámbito de la Seguridad Social para prestaciones contributivas y no para las prestaciones no contributivas, por lo que en su caso usted no podría solicitarla al ser la pensión de su madre no contributiva. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Reciba un cordial saludo.

          Responder
  43. Mi padre cobra el SOVI, podría acceder a la pensión en favor de los familiares si cumplo el resto de requisitos? Gracias

    Responder
    • Hola María,
      No estamos seguros de poder darte una respuesta correcta. Le recomendamos solicite dicha información en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  44. ¿Podrá una persona con incapacidad absoluta cumpliendo todos requisitos pero habiendo convivido con su madre desde que nació pero luego su madre
    ha tenido que estar once años antes de su fallecimiento en una residencia?

    Responder
    • Hola Ricardo,
      Lo sentimos pero en su caso no sabríamos darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social donde le podrán aclarar todas sus dudas. Un saludo

      Responder
  45. Buenas, podrá una persona cobrar la pension favor familiar con una incapacidad permanente absoluta, cumpliendo todos los requisitos pero habiendo cobrado la pensión no contributiva mientras convivía con sus padres?
    Hasta pronto y un saludo

    Responder
    • Hola Lucrecia,
      Si podrá cobrarla, lo que no es compatible es tener las dos. Un saludo

      Responder
      • Hola,
        Mi caso es el siguiente,
        mi padre fallecio en 2012, por aquel entonces yo tenia 40 años y dependia de el, con lo cual pude solicitar la ayuda a favor de familiares durante 12 meses. He trabajado despues algun año, ahora estoy cobrando la RAI y se me acaba en breve. En este momento tengo 47 años y pronto dejare de percibir la RAI de 430 €.
        Mi pregunta es la siguiente :
        Habiense pasado varios años y ya habiendo percibido la ayuda de 12 meses en 2012, puedo solicitarla de nuevo al tener mas de 45 años ?

        Responder
        • Hola Benjamin,
          Lo sentimos pero en su caso no sabríamos darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite dicha información en la Seguridad Social. Un saludo

          Responder
        • Benjamín, siento decirte que no eres susceptible, hay que irse al momento del hecho causante (dia del fallecimiento) y entonces eras menor de 45 años, de ahí que se te aplicó la prestación temporal,

          Responder
          • Hola Ramón,
            Muchas gracias por tu aportación. Un saludo

  46. Buenas, podrá una persona con una incapacidad permanente absoluta, cumpliendo todos los requisitos pero habiendo cobrado la pensión no contributiva mientras convivía con sus padres?
    Hasta pronto y un saludo.

    Responder
    • hola Lucrecia,
      Lo sentimos pero no entendemos muy bien que nos quiere preguntar. Un saludo

      Responder
  47. Buenos días, tengo un sobrino con una incapacidad permanente absoluta y ha estado cobrando la pensión no contributiva durante han vivido sus padres ¿podrá cobrar la pensión favor familiar y la orfandad habiendo cobrado la pensión no contributiva?
    ¿Habiendo cobrado la pensión no contributiva durante convivia con sus padres se podrá decir que dependía económicamente de sus padres?

    Responder
    • Hola Lucrecia,
      Puede cobrar las dos siempre que no se pase del máximo estipulado. Le recomendamos solicite información en la Seguridad Social donde le podrán aclarar todas las dudas. Un saludo

      Responder
  48. Hola
    Tengo una hija con una incapacidad permanente absoluta y mi pregunta ¿podrá cobrar la pensión favor familiar habiendo convivido con sus padres dos años antes del fallecimiento de sus padres habiendo cobrado la pensión no contributiva mientras convivía con nosotros?
    ¿ Habiendo estado cobrando la pensión no contributiva mi hija se podría decir que dependía económicamente de sus padres mientras convivía con nosotros?
    UN SALUDO.

    Responder
    • Hola Ausencio,
      Posiblemente con una incapacidad permanente absoluta podrá cobrar pensión de orfandad. Un saludo

      Responder
  49. Hola y buenas.
    Comento tengo una hija incapacitada con una incapacidad del 69% necesitando la ayuda para el uso diario y cobra ahora la pensión no contributiva de momento y desde años, tiene 39 años y convivirá con nosotros hasta el final.
    ¿Cuándo fallezcamos mi mujer y yo podrá cobrar la pensión favor familiar? Y si es así, ¿depende de que edad?
    Y si no es así, ¿podrá cobra la pensión favor familiar dejando de cobrar la pensión no contributiva cuando fallezcamos y seguir con su incapacidad hasta el final de sus días?
    Hasta pronto.

    Responder
    • Hola Antonio,
      Si podrá cobrar la pensión a favor de familiares, cuando no tengan derecho a otra pensión publica o tenga una incapacidad permanente. Un saludo

      Responder
  50. Hola, soy madre soltera y he cotizado 25 años . mi hijo tiene 14 y tengo un seguro de vida para cubrir el total de la hipoteca y un dinero para sus estudios por si me pasará algo. quiero saber si mi hijo tiene derecho a la pensión de horfandad y si es compatible con que le quede el dinwro del seguro de vida y hasta que edad la podría percibir. yo tengo reconocida una minusvalía del 36 %.

    Responder
    • Hola Covadonga,
      La pensión de orfandad si es compatible con el seguro de vida.Un saludo

      Responder
  51. Hola, mi ex pareja falleció hace un mes y tenemos en común una hija de 17 años que es estudiante.Él era pensionista con una pensión de 1500€ , su muerte fue por suicidio y no sé si mi hija tiene derecho a una pensión de orfandad por este motivo, si es que la tiene , de cuánto sería la cuantía? Hasta qué edad puede percibirla? Cuánto tiempo tardan en abonarla? Y por último , si su padre tenía un seguro de vida, tiene derecho ella a cobrarlo? Muchas gracias . Un. Saludo

    Responder
    • Hola Andrea,
      Si tiene derecho a la pensión de Orfandad.La cuantía es el 20% de la base reguladora.La pensión se cobra hasta los 21 años y se amplia a 25 años siempre que este cursando estudios.Respecto al seguro de vida y en el supuesto que no se hayan designado beneficiarios de forma expresa, el importe lo recibirán los herederos legales de la persona asegurada. Un saludo

      Responder
  52. Me gustaría que me orienten en éste tema estoy casada con un sueco y puesto que está muy enfermo quiero informarme de la pensión que me corresponde.

    Responder
    • Hola Gina,
      Lo sentimos pero en su caso no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder

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