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Ayudas para la formación tecnológica de trabajadores

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El ámbito de la formación para trabajadores disfruta de un nuevo programa de subvenciones TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación). El objetivo es facilitar e incentivar el salto tecnológico en las empresas españolas a través de sus empleados. Conoce los detalles.
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En el Boletín Oficial del Estado del 23 de abril de 2021 se publica el extracto de la convocatoria para la concesión de un nuevo paquete de subvenciones TIC. Estas ayudas tienen como finalidad la ejecución de programas de formación de ámbito estatal para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital.

Dado que es necesario reforzar la posición de todos los trabajadores dentro de un contexto marcado por una rápida transformación tecnológica de la sociedad y la economía, este plan está dirigido sobre todo a las personas ocupadas. Esta formación en competencias digitales se engloba dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que busca generar empleo de calidad y mejorar las oportunidades de los trabajadores.

¿Qué organizaciones se pueden beneficiar de estas subvenciones TIC?

En la convocatoria de estas ayudas para la transformación digital se especifican los siguientes beneficiarios:

  • Las entidades de formación, ya sean públicas o privadas, que estén inscritas en el registro correspondiente con presencia en más de una comunidad autónoma o ciudad con estatuto de autonomía.
  • También los siguientes centros siempre que cumplan con los requisitos exigidos:
    • Centros integrados públicos de formación profesional.
    • Centros públicos del Sistema Nacional de Empleo y Centros de Referencia Nacional.
    • Centros públicos de formación de adultos.
    • Universidades públicas.
    • Federaciones y Asociaciones de Entidades locales.
    • Entidades tecnológicas de derecho público.
  • Las empresas si están inscritas para impartir formación y disponen de las instalaciones adecuadas.
  • Las agrupaciones recogidas en el artículo 6.2 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, que estén presentes en más de una comunidad autónoma o ciudad con estatuto de autonomía.

¿Cuál es la dotación económica de estas ayudas?

La resolución aprobada por el Servicio Público de Empleo Estatal por la que se convocan estas subvenciones TIC tiene una dotación económica de 50 millones de euros. De este total, 30 millones corresponden al año 2021 y los 20 restantes para el 2022.

¿Qué tipo de acciones formativas se ofrecen?

Las acciones formativas que se ofrecen con estas ayudas responden a la necesidad de adquirir competencias de carácter transversal relacionadas con la transformación digital por parte de los trabajadores ocupados prioritariamente. Según el nivel de especialización y complejidad se distinguen las siguientes:

  • Acciones formativas enfocadas en competencias tecnológicas o digitales básicas para conseguir la alfabetización digital de los distintos sectores productivos.
  • Acciones formativas relacionadas con competencias tecnológicas o digitales de nivel medio que alcancen a todos los sectores.
  • Acciones formativas para satisfacer las necesidades técnico-profesionales de nivel avanzado.

Esta formación puede impartirse en modalidad presencial, a través de tele formación o de forma mixta. La duración varía según cada programa formativo especificado en el catálogo del Servicio Público de Empleo Estatal.

¿Qué colectivos pueden participar en esta formación?

La prioridad de estas ayudas para la transformación digital son los trabajadores españoles en activo, aunque también se amplía a otros colectivos:

  • Personas ocupadas que presten sus servicios retribuidos en empresas o entidades públicas.
  • Personas ocupadas fijas discontinuas en los periodos de no ocupación, personas que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en periodo formativo o personas afectadas por expedientes de regulación de empleo (ERE), trabajadores de empresas en procedimiento de regulación de empleo no afectados por expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) o no incluidos en expedientes de regulación de empleo (ERE), trabajadores afectados por medidas temporales de suspensión de contrato en sus periodos de suspensión de empleo (ERTE).
  • Personas ocupadas adscritas al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social durante los periodos de inactividad, al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, al del Mar y a aquellos otros de la Seguridad Social que no coticen por formación profesional.
  • Personal al servicio de las administraciones públicas con un límite máximo del 10% del total de participantes.
  • Personas trabajadoras en situación de desempleo que estén inscritas como demandantes de empleo con un límite máximo del 30% del total de participantes.
  • Personal perteneciente a las entidades beneficiarias y proveedoras con un límite máximo del 10% del total de participantes.

La formación continua es una vía excelente para mejorar la posición en el mercado laboral, así como para incrementar las posibilidades de cambiar de puesto. Además, con el auge del teletrabajo es posible realizar los cursos desde casa, contando con un Seguro de Hogar MAPFRE que incluye servicio de asistencia informática y coberturas específicas para actividades online.

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Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 7 Sep, 2022
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