Inicio Economía Doméstica Empleo Cómo impugnar un despido

Cómo impugnar un despido

3 Min de lectura
¿Te han despedido de tu empresa y no estás conforme? Te contamos cómo puedes reclamar e impugnar dicho despido.
Logo Jubilacion Y Pension
Blog Planes de Futuro MAPFRE
Redactor especializado en MAPFRE

El equipo de redacción de MAPFRE especializado en temas laborales. Lleva más de 10 años preocupándose por tus ahorros y porque sigas manteniendo una buena calidad de vida en el momento de la jubilación. Pero no solo eso, aquí encontrarás información útil y práctica sobre relaciones laborales, impuestos, prestaciones y mucho más.

Los años de experiencia de MAPFRE en el sector nos avalan como fuente de información veraz y práctica para acompañarte en las diferentes etapas de tu vida.

Si te han despedido y no estás conforme con la decisión que ha motivado al empresario a ello o con las condiciones en que se ha llevado a cabo, tienes la posibilidad de reclamar e impugnar dicho despido. Te contamos cómo.

¿Qué es impugnar un despido?

La impugnación de un despido es la opción con la que cuenta el trabajador cuando está en desacuerdo con la decisión adoptada por la empresa de extinguir con él su relación laboral, ya sea mediante un despido objetivo, disciplinario, colectivo…

El proceso de impugnación consiste en solicitar a un juez que califique la decisión del empresario y determine si dicho despido es procedente, improcedente o nulo, para que lleve a cabo los efectos jurídicos que tengan que ponerse en marcha en tales casos.

¿Cuándo puede impugnarse un despido?

El despido se puede impugnar durante los 20 días hábiles siguientes a la fecha de despido, ya se haya notificado por escrito o de forma verbal.

Cómo impugnar un despido, paso a paso

Ilustración de una mujer despidiendo a un empleado en su puesto de trabajo

https://bit.ly/3Ba1orh

El proceso de impugnación de un despido se inicia con un acto de conciliación. Si no se alcanza un acuerdo, se continua con un juicio laboral.

El acto de conciliación

La impugnación de un despido comienza presentando una papeleta de conciliación en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la provincia que corresponda. Para ello se dispone de un plazo de 20 días hábiles.

El registro de la demanda implica la citación de forma automática por parte del Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación a las partes (empresa y trabajador) a un acto previo de conciliación, que es obligatorio.

¿Qué ocurre si alguna de las partes no se presenta?

  • Si es el trabajador el que no comparece en el acto de conciliación y no ha alegado una causa justificada, se considera que la papeleta no ha sido presentada, lo que finaliza con el archivo de las demandas.
  • Si, por el contrario, es la empresa la que no se presenta, se considera que la mediación se ha intentado sin efecto.

Si las dos partes se presentan, pero no se llega a un acuerdo, el siguiente paso es presentar una demanda laboral de impugnación en el Juzgado de lo Social.

Juicio laboral por despido

Para presentar la demanda laboral, el demandante dispone de 20 días hábiles (a contar desde la fecha notificada en la carta de despido y descontando los días ya transcurridos hasta la presentación de la papeleta de conciliación).

Una vez presentada la demanda, el Juzgado de lo Social fijará y notificará la fecha del juicio a las dos partes.

El día del juicio, se intentará llegar a un acuerdo. Pero si es imposible que las partes lleguen a él, la decisión recaerá sobre el juez o Tribunal, que dictará sentencia en el plazo de 5 días, declarando dicho despido como procedente, improcedente o nulo, poniendo en marcha las acciones que sean necesarias en cada caso.

Tanto el trabajador como la empresa pueden recurrir la sentencia ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia durante los 5 días posteriores a la notificación de la sentencia.

Aunque en la mayor parte del proceso no es obligatoria la asistencia de un abogado, conviene contar con asesoramiento experto desde el principio. Los Seguros de Defensa Jurídica MAPFRE te ofrecen protección legal, defensa penal, orientación jurídica y las garantías más beneficiosas.

 

Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 19 Sep, 2022
Calcula tu seguro ahora

Comentarios (0)

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

En MAPFRE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, como responsable del tratamiento, utilizaremos la información que nos facilite para la gestión de su actividad como usuario de este sitio web, así como atender y responder tanto a las solicitudes de información como las sugerencias, consultas y comentarios que realice a través de los distintos formularios. Dicho tratamiento lo haremos en base al consentimiento que nos ha otorgado. Asimismo, le informamos que, en su caso, podremos comunicar sus datos a otras empresas del Grupo MAPFRE y terceros con los que exista un convenio de colaboración o una relación de prestación de servicios. Por último, le informamos que puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación y portabilidad, como se explica en la información adicional que hemos puesto a su disposición en nuestra Política de Privacidad y Cookies.
Leer más

Te puede interesar

3 Min de lectura

¿Tus vacaciones se cuentan en días laborables, hábiles o naturales? No es lo mismo, y es importante tener claro cuál...

2 Min de lectura

La prestación percibida en situación de ERTE cotiza a la Seguridad Social, pero no nutre la prestación por desempleo. A...

4 Min de lectura

El Real Decreto-ley 5/2023 consolida el teletrabajo como vía para conciliar vida laboral y personal y establece quién tiene derecho a...

4 Min de lectura

¿Conoces todos los detalles de la baja por maternidad de las autónomas? Te contamos los requisitos que hay que cumplir,...

Hay vida más allá de los 65

Descubre historias increíbles

Simulador de Ahorro

Suscríbete a nuestro boletín

0