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¿Qué es una asociación sin ánimo de lucro?

Vista cenital de una mesa con varios papeles y un cartel que pone "save world"
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¿Qué es una asociación sin ánimo de lucro? ¿Puede hacer contratos o tener beneficios económicos? ¿Cuenta con ventajas fiscales? Resolvemos todas tus dudas.
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Una asociación sin ánimo de lucro (ONG) es una agrupación de personas que se organizan para realizar una actividad colectiva de forma estable, organizada democráticamente e independiente del Estado, partidos políticos o empresas.

La principal diferencia con otras asociaciones es que en este caso la finalidad no es obtener un beneficio económico, sino que tiene una razón social, humanista, cultural, artística o comunitaria. Además, goza de personalidad jurídica, con lo que puede contraer obligaciones y adquirir derechos. De esta forma se establece una diferenciación entre el patrimonio de la asociación y el de las personas asociadas.

Los diferentes tipos de asociaciones están regulados por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, que tiene carácter supletorio. Es decir, los aspectos que no estén regulados en las normas de la asociación, pero sí en la ley orgánica, se regirán por lo dispuesto en ésta última.

¿Qué significa “sin ánimo de lucro”?

No tener ánimo de lucro implica que el reparto de los posibles beneficios entre los socios queda totalmente prohibido. El excedente económico debe revertirse, por tanto, en el cumplimiento de los fines de la misma. Así lo establece el artículo 13 de la ley orgánica anteriormente citada: “los beneficios obtenidos por las asociaciones, derivados del ejercicio de actividades económicas, incluidas las prestaciones de servicios, deberán destinarse, exclusivamente, al cumplimiento de sus fines, sin que quepa en ningún caso su reparto entre los asociados ni entre sus cónyuges o personas que convivan con aquéllos con análoga relación de afectividad, ni entre sus parientes, ni su cesión gratuita a personas físicas o jurídicas con interés lucrativo”.

Por tanto, “sin ánimo de lucro” no significa que no se puedan obtener beneficios. Este tipo de agrupaciones pueden realizar actividades que generen excedentes económicos (algo que, por otra parte, es lo deseable, ya que así se asegura la estabilidad de la asociación), pero sin olvidar que dichos beneficios deben reinvertirse en el cumplimiento de los fines de la entidad.

La financiación de este tipo de agrupaciones viene, normalmente, de ayudas y donaciones que pueden proceder de personas físicas, empresas e instituciones de todo tipo. Incluso pueden recibir ayudas estatales, ya sea de forma regular o puntual.

Requisitos de una asociación sin ánimo de lucro

Cuatro personas de espaldas con los brazos entrelazados que forman parte de una asociación sin ánimo de lucro

Para constituir una asociación sin ánimo de lucro es necesario el acuerdo expreso de, al menos, tres personas, que se comprometen a aportar sus conocimientos, medios y los recursos necesarios para conseguir el objetivo que previamente han propuesto.

La manera de proceder y actuar de la asociación queda recogida en los estatutos.

Para formalizar el acuerdo entre los socios hay que redactar el acta fundacional, que otorga a la agrupación el carácter de personalidad jurídica y, por tanto, plena capacidad de obrar.

Obligaciones fiscales

Para fundar una asociación sin ánimo de lucro es obligatorio nombrar un presidente y un secretario de la misma. Ellos serán los  encargados de la contabilidad (que debe incluir el patrimonio, los resultados y cualquier movimiento realizado), así como del libro de actas (donde quedan reflejadas todas las reuniones de la entidad) y el registro de socios (donde figuran las altas y bajas de los miembros).

El carácter no lucrativo de este tipo de asociaciones hace que estén exentas del pago algunos impuestos, pero no de todos.

Impuestos que no tienen que pagar

  • Impuesto de Actividades Económicas (cuando no superen el millón de euros).
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que su forma jurídica es la asociación.

Impuestos que sí tienen que pagar

  • Sí deben realizar retenciones de IRPF a personas físicas por concepto de trabajadores contratados o alquileres.
  • También tienen que abonar el IVA que conllevan las compras realizadas por otras personas en esa asociación. Es decir, tienen que cobrar el IVA de sus productos y después liquidarlo en la Agencia Tributaria cuando sea el momento.
  • El Impuesto de Sociedades, con el que tributan por los beneficios obtenidos por la organización, aunque disfrutan de una exención parcial.

La previsión también es la clave para aquellos que formen parte de una asociación sin fines lucrativos, por lo que deben asegurar sus ingresos tanto en la etapa de actividad laboral como en el momento del retiro. Una buena opción es contratar un plan de pensiones flexible y adaptado a las necesidades de cada uno para disfrutar de un buen retiro económico cuando llegue el momento.

Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 28 Dic, 2022
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