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Heredar una vivienda y ahorrar impuestos

Casa hecha con bloques de juguete, pluma y llave sobre unos papeles
5 Min de lectura
Heredar una vivienda en España supone pagar una serie de impuestos de mayor o menor cuantía según la Comunidad Autónoma en la que residía el fallecido. No obstante, existen varias opciones que pueden abaratar este proceso.
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La herencia es la opción elegida mayoritariamente por los españoles a la hora de transmitir una vivienda. Sin embargo, parece que la tendencia está cambiando: si comparamos los datos con los de 2018 encontramos que las herencias han sufrido un descenso y las donaciones han aumentado.

La razón del cambio radica en la carga fiscal que, junto con otras causas más determinantes (hipotecas, deudas, etc.), hace que mucha gente tenga que renunciar a la herencia o se vea obligada a poner apresuradamente las viviendas a la venta para poder conseguir dinero con el que pagar a Hacienda.

No obstante, los expertos aconsejan la herencia como la opción más recomendable en la mayoría de los casos, en función de la Comunidad Autónoma, ya que todas ellas tienen competencia normativa en este asunto y pueden establecer las deducciones o bonificaciones que crean convenientes.

La normativa estatal prevé una reducción del 95 por ciento en la base imponible sobre la que se calcula el impuesto sobre sucesiones y donaciones hasta un máximo de 122.606 euros por sujeto pasivo, en favor del cónyuge, ascendientes, descendientes, o pariente mayor de 65 años que hubiese convivido con el fallecido los dos años anteriores.

Paralelamente, las comunidades pueden incrementar dicho porcentaje, variar el límite y establecer bonificaciones sobre la cuota a pagar.

Para hacer que la carga sea más llevadera y se pueda asumir el gasto, los expertos recomiendan varias opciones.

Opciones al heredar una vivienda

Mano sujetando una casa y otra mano por encima

https://bit.ly/2ZEnbXf

Donar en vida

En el caso de heredar una vivienda, un aspecto que hay que tener en cuenta de cara a las posibles deducciones o bonificaciones en el impuesto de sucesiones, es que no importa dónde esté radicada la vivienda o en dónde vivan los herederos, sino dónde tenía el fallecido su residencia habitual, ya que es en esa Comunidad donde hay que liquidar el impuesto.

Diferente sería si se tratara de una donación, en la cual, a la hora de liquidar el impuesto, prima el lugar donde radica la vivienda.

Es decir, se puede dar el caso de que interese más una herencia que una donación o viceversa, según las bonificaciones o deducciones que existan en una determinada Comunidad Autónoma.

Dividir la herencia

Las herencias suponen un pago en Hacienda que será tanto mayor cuanto mayor sea la cuantía de la herencia. Así pues, lo lógico sería pensar que, cuanto más se divida la herencia, menores serán los impuestos que habrá que pagar. Por ejemplo, sería interesante dejar la vivienda al cónyuge y a los hijos, y no solo al primero. De esta manera, cada uno asume una parte del impuesto.

Dejar la mayor parte a menores o personas con discapacidad

En las adquisiciones mortis causa, las reducciones estatales por parentesco están reguladas en el artículo 20.2 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, con arreglo a los siguientes grupos:

  • Grupo I: adquisiciones por descendientes menores de 21 años: 15.956,87 euros, más 3.990,72 euros por cada año que le falte para llegar a 21, sin que la reducción pueda exceder de 47.858,59 euros.
  • Grupo II: adquisiciones por descendientes de 21 o más años, cónyuges y ascendientes: 15.956,87 euros.
  • Grupo III: adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad: 7.993,46 euros.
  • Grupo IV: en las adquisiciones por colaterales de cuarto grado, grados más distantes y extraños, no hay reducción.

Además de estas reducciones, a las personas que tengan la consideración legal de minusvalía, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento e inferior al 65, se les aplicará una reducción de 47.858,59 euros. Asimismo, para quienes acrediten una minusvalía igual o superior al 65 por ciento, la reducción será de 150.253,03 euros.

Es decir, los menores y las personas con discapacidad son los que menos impuestos deben pagar al recibir una herencia. Por tanto, si se les deja a ellos una parte mayor que al resto de herederos, los gastos de la operación serán mucho menores.

Fraccionamiento y aplazamiento del impuesto

Si ya se ha recibido la herencia, pero no se puede hacer frente a los gastos de una sola vez, se puede solicitar el pago a plazos, siempre que se pida dentro de los cinco primeros meses tras recibir la herencia.

Por tanto, si no se recibió en la herencia una cantidad de dinero que pueda servir para pagar el impuesto, se puede pedir su aplazamiento por un año e, incluso, hasta tres si se presenta un aval de, al menos, el 125 por ciento del valor de la herencia, en caso de tratarse del cónyuge, ascendiente o descendiente o bien pariente colateral mayor de 65 años que haya convivido con el fallecido durante los dos años anteriores a su muerte en la vivienda habitual que se hereda.

Venta de la casa

La última alternativa posible es vender la vivienda heredada, estableciendo en el contrato que la parte compradora realizará un adelanto que se utilizará para abonar el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal.

Sin embargo, habrá que tributar en el IRPF por la ganancia patrimonial obtenida, que es la diferencia entre el precio del valor de la herencia y el de venta.

Si se decide alquilarla, hay que tributar en la renta dentro de la base general del IRPF. Se pueden restar a los ingresos los gastos relacionados con el alquiler (comunidad de vecinos, IBI, tasa de basuras, etc.), y si se alquila como vivienda, se aplica una reducción el 60 por ciento.

En resumen, heredar una vivienda no sale gratis y, en muchos casos, es un auténtico quebradero de cabeza. La clave del éxito pasa por analizar bien la situación, elegir la opción menos perjudicial y ser previsor. De la misma forma, también es recomendable contratar un Seguro de Decesos MAPFRE, una solución especializada para resolver las necesidades materiales y emocionales de la familia en un trance tan delicado.

Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 16 Sep, 2022
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