⌚ 2 minutos | En los últimos años han sido muchos los jóvenes que han emigrado a otros países en busca de trabajo. En este caso, ¿cómo se computan los años trabajados fuera de España para calcular la pensión? Te damos la respuesta.
Si una persona se ha trasladado a trabajar a un país que tiene convenio con España, no hay ningún problema, ya que la seguridad social de ambos países se comunica entre sí y se suma el tiempo cotizado para calcular la pensión de jubilación en España. Además de los países de la UE, también es posible computar los años trabajados fuera de España para la pensión con Suiza y con los del Espacio Económico Europeo (EEE), que son Noruega, Islandia y Liechtenstein.
Convenios con países para contar los años trabajados fuera de España para la jubilación
Otros países con los que España tiene firmado un convenio bilateral son Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, EE.UU., Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela.
En el supuesto de que el país donde se ha cotizado parte de la vida laboral no tenga convenio con nuestro país, habrá que informarse y confirmar si corresponde algo para computar la pensión de jubilación.
Como hemos dicho antes, es posible recibir la prestación de jubilación aunque se haya cotizado en diferentes países, siempre que éstos entren dentro de lo que hemos comentado. Para solicitar la pensión se debe acudir al lugar de residencia o donde se haya realizado la última actividad laboral. Si se pide en España, el Instituto Nacional de la Seguridad Social se encarga de remitir la solicitud a las instituciones de los países donde se alegue haber ejercido actividad laboral, quienes también estudiarán el derecho a pensión.
Si, por ejemplo, se ha cotizado en España y Francia, se suman los años cotizados en ambos países y a la hora de cobrar la pensión, cada uno pagaría de forma proporcional según el tiempo que se haya cotizado en él.
Para percibir la prestación por jubilación, los emigrantes que vuelvan deben haber cotizado un año en la Seguridad Social española, un tiempo que se sumará al resto de años cotizados en otros países extranjeros. Los años exigidos como mínimo para acceder a ella son 15 y sólo se pagará por lo cotizado en España, es decir, no se tendrán en cuenta las bases de cotización de los otros países a la hora de calcular la cuantía de la prestación.
Ahora que ya sabes cómo computan los años trabajados fuera de España para calcular la pensión, no dudes en solicitarla si ya te corresponde. Además, recuerda contratar un Seguro de Salud MAPFRE para disfrutar con total plenitud de esa nueva etapa de la vida. Te informamos de la póliza que más se ajusta a ti y a tu familia.
Revisado por MAPFRE
Tengo 65 años y voy cumplir 66, me preguntar es, he cotizado 19 años en España y 20 años. en el Reino Unido, vivo aquí. puedo cobrar mi jubilación de España y el de Reino Unido por separado? que es lo que tengo que hacer? y como. muchas gracias por adelantado. Jose
Hola José,
Si se jubila en España cuando solicite su jubilación en la Seguridad Social le sumarán las cotizaciones de los 2 paises y cada uno de ellos pagará la parte proporcional que corresponda. Un saludo
Hola, soy española trabaje 2 años en España y me case con en suizo y me vine a vivir a suiza, he trabajado aquí, tengo derecho a esos 2 años de España?
Hola María Luz,
Cuando llegue su jubilación le sumaran los años trabajados en España. Un saludo
Hola, trabajé en Holanda un año, del 96 al 97. Quisiera saber si existe la posibilidad de recuperar lo cotizado, solicitando la retirada de lo que corresponda de los fondos aportados.
Gracias
Hola Nieves,
Le facilitamos el teléfono de la Seguridad Social 901 16 65 65 donde podrán atender su consulta. Un saludo
En el caso de un español retornado, que no ha trabajado en España debido a su edad y por ser ama de casa, podrá solicitar pensión no contributiva??
Hola Sofía,
Le facilitamos enlace a la página del Imserso con toda la información sobre las pensiones no contributivas, https://www.imserso.es/InterPresent2/groups/imserso/documents/binario/pncresumen2020.pdf. Un saludo
Hola,
Yo cotice años de seguridad social en Venezuela y quisiera que fuera incluida en mis horas de cotización para la jubilación en el futuro.
Me pueden comentar cual es el proceso que debo seguir para que sean tomadas en cuenta?
Muchas gracias
Hola Matilde,
Cuando solicite la jubilación tendrá que comunicar a la Seguridad Social los años trabajados en Venezuela para que se lo puedan incorporar. Un saludo
buenas , mi padre pidio la pension de santo domingo con 17 años cotizados alli, pensando que se iba a ir a vivir alli.. pero su vida a dado un giro y al final se queda a vivir en españa con 11 años cotizados y queriamos saber si podemos solicitar la pension de españa aun teniendo una solicitub en santo domingo pero sin haber firmado ni cobrado nada aun, queria saber si aun esta a tiempo de traer los años de alli para españa un saludo
Hola Ruddy,
La jubilación la tiene que solicitar en el país donde resida y si se suman los años cotizados si tiene convenio bilateral. Un saludo
hola buenas, estuve 5 años trabajados en Andorra, cuando me jubile puedo incorporarlos a los que lleve cotizados en españa, actualmente tengo 29 años cotizados es españa contaría como si fuesen 34?
Hola Carlos,
Si se sumarian esos años cotizados, ya que España tienen acuerdo bilateral con Andorra. Un saludo
Soy cubano de 53 años, con más de 30 años trabajados en Cuba y por lo cual recibo una pensión una vez que cumplí mi prestación laboral. Actualmente soy residente en España desde hace 2 años y cotizado por igual periodo en régimen de autónomo y general.
Conozco además que Cuba no tiene convenio con España para solventar estos temas.
Mi pregunta es que si al margen de la no existencia del mencionado convenio, existe alguna forma para acceder a la jubilación en España considerando los más de 30 años cotizados en Cuba. Grácias
Hola Ricardo,
Para poder cobrar pensión en España tiene que tener cotizados mínimo 15 años, las cotizaciones de Cuba no se contemplan. Un saludo
Hola, tengo doble nacionalidad venezolana e italiana, naci en venezuela y trabaje 30 años en mi pais, pero por circunstancias de la vida en el aó 2016 vine a vivir a españa y comence a trabajar tengo 4 años trabajando en españa y cotizando en el regimen general, ahora bien puedo soicitar mi pension de jubilaciòn en españa cuando tenga 65 años o tego que trabajar hasta tener 15 años trabajados, se que existe un convenio en materia de seguridad social entre españa y venezuela, si trabajo diez años en españa me pagaràn la jubilacion solo de estos diez años , es asi++Gracias
Hola Patrizia,
La jubilación hay que solicitarla en el país donde resida. A la hora de su jubilación se sumarán los años cotizados en los diferentes países y cada país pagara los años correspondientes a sus cotizaciones. Un saludo
Hola, mi padre es nacido en Venezuela, con ambos padres Españoles y en su partida dice que es Español de origen y tiene su nacionalidad española.
El cotizó en Venezuela unos 25 años aproximadamente y ya solicitó su jubilación allá. Pero por la situación país estoy valorando traerlo y quería saber si:
1. El teniendo Jubilación en Venezuela puede solicitar Jubilación aquí en España?
2. Cuáles serían los requisitos, papeles y recaudos que tiene que traer de Venezuela para poder optar por la Jubilación aquí?
Hola María Gabriela,
Si su padre no ha cotizado en España no puede solicitar la pensión de jubilación. Un saludo
Tengo 54 años soy de Bolivia y he trabajado 13 años en mi pais y desde 2005 actualmente vivo en españa y ahora sigo trabajando. Me llegó una carta de la seguridad social que podía convalidar mis añis trabajados que bolivia y españa tienen convenio fui a inem para hacer dicho traamite y me dicen que es en la seguridad social y voy ahi y me vuelven a enviar a inem y no se donde se hace dicho tramite me puede orientar por favor gracias.
Hola Marlen,
Este trámite se hace en la Seguridad Social. Un saludo
Hola
Mi caso es algo complicado,tengo en Alemania 37 años cotizados y estoy por parte de allí desde 01.01.2019 jubilado aunque de momento solo me pagan 60% porque sigo trabajando en España.
Aquí en España tengo en febrero del 2021, 13 años cotizados.
e cumplido en junio de este año los 65 años de edad.
Cuando me puedo jubilar en España?
Recibo dos pensiones?
Tengo derecho a la minima?
Muchas gracias…un saludo.
lo has arreglado…????
mi caso es parecido, tengo en alemania 37 años cotizados y en españa 11 años, o sea 48 años cotizados (subsidio de mayores de 55 años) y según he leido por internet tengo derecho a la jubilación anticipada, o sea 63 años y 10 meses, nací en enero del 1957.
Hola Benito,
Puede acceder a la jubilación anticipada a los 63 años. Un saludo
Hola buenas tardes! Tengo doble nacionalidad, española/venezolana, tengo 64 anos, jubilado en Venezuela con mas de 32 anos de cotizaciones. Llevo 2 anos en España y estoy cotizando como autónomo. Puedo sumar mis anos de cotización en Venezuela para solicitar la jubilación mas adelante en España? Que tramites me recomiendan hacer?
Muchas gracias
Francisco
Buenos días,
soy argentino con nacionalidad española, tengo casi 63 años y resido legalmente y de forma continuada en España desde el 2003. En Argentina tengo 15 años cotizados como asalariado, en España tengo 9 años en régimen general, 1 año en paro y casi 7 años como autónomo.
1) Cuando llegue a la edad de jubilación tendré mas de 15 años cotizados en España, me beneficiará en algo los 15 años en Argentina?. El INSS los tendrá en cuenta?.
2) Para ese entonces cabe la posibilidad de tener mas años cotizados como autónomo que en régimen general (por separado ninguno llega a los 15 años), pero quiero jubilarme por régimen general porque cobraré más. El INSS tendrá en cuenta mis años en Argentina para tomar esta decisión?. Los tomará como régimen general?. Tendré que presentar mi vida laboral Argentina para que lo sepan?.
3) El año de paro que tuve en España se considera como régimen general?, es para saber si puedo sumarlo a los 9 años de régimen general y superar los años de autónomo, por el motivo del punto 2.
Un saludo y gracias
Hola Ricardo,
1.- A la hora de jubilarse se tendrá en cuenta los años cotizados en cada país y cada uno pagará la parte proporcional que corresponda según los años cotizados en cada uno de ellos.
2.- Si las cotizaciones en Argentina son como autónomo no se podrán sumar a las del régimen general, tendrá que optar por una de las dos.
3.- El cobro del paro si cotiza para la jubilación en Régimen General. Un saludo
Hola, gracias por tu respuesta.
Respecto del punto 2, te comento que nunca fuí autónomo en Argentina, siempre trabajé en relación de dependencia. Entonces deduzco que podré sumar los años de Argentina a los de régimen general de España, es así?.
Saludos
Hola buenos días: Soy emigrante retornado y trabajé en Venezuela 19 años, actualmente tengo un trabajo en España a tiempo parcial (37;5%), nací en el 1965. Mi consulta es:
1. Solicitud de Pensión con menos de 15 años de trabajo en España (Edad de 67 años solo habrán transcurrido 12 años de trabajo):
a. ¿Puedo trabajar hasta el 2035 (Edad de 70 años) para completar los 15 años en España?
b. ¿Puedo solicitar pensión (Edad de 67 años) en España contabilizando los años de Venezuela ?. Asumiendo que la jornada se mantenga en 37,5% por los 12 años (Edad de 67 años) ¿Como calculo cuanto cobraría de pensión en España?
2. Solicitud de Pensión con 15 años de trabajo en España (Edad de 70 años)
a. Asumiendo que la jornada se mantenga en 37,5% por los 15 años (Edad de 70 años) ¿Como calculo cuanto cobraría de pensión en España?
Hola José Luis,
1.- Si no tiene cotizados 15 años o más no podrá acceder a la pensión contributiva.
2.- Si puede trabajar hasta los 70 años. Un saludo
Buenas tardes, tengo cotizados 19 años en argentina y los 11 ultimos en españa tengo 64 años y actualmente estoy desempleado en argentina me corresponde parte proporcional de españa o no?
Hola Jorge,
Desconocemos las leyes de Argentina. Le recomendamos solicite información en la Seguridad Social de su país. Un saludo
que tal un saludo, miren me salio una oferta hace dias en italia y acabo de empezar, mi pregunta seria necesito tramitar algo para llevar mis aportaciones de la seguridad social? como lo pregunto por el tema de paro si un dia dejo de trabajar y retornar acogerme al paro . un saludo cordial a todos.
Hola Oscar,
Dentro de la UE es conveniente que antes de abandonar el país se solicite el certificado U1 que servirá para acreditar el tiempo cotizado en el extranjero y que posteriormente se aportará en el INEM en España a la hora de solicitar la prestación futura. Un Saludo
Buen día. Mi madre es peruana y trabajó en Perú por 14 años, ahora vive en España (por re-agrupación familiar) tiene el NIE hasta fines de 2021. Actualmente está trabajando desde hace 5 meses, si trabaja hasta completar aquí un año, este tiempo se sumaría al que tiene en Perú para que pueda recibir su jubilación? O tiene que trabajar más tiempo en España para poder solicitar la pensión por jubilación?
Os agradezco anticipadamente su respuesta.
Hola Nadia,
Para tener derecho a cobrar la pensión de jubilación tiene que tener cotizados mínimo 15 años. Si no es así se suman las cotizaciones de otros países y cada país paga la parte proporcional de los años cotizados en cada uno de ellos. Un saludo
Hola tengo una duda mi abuelo vive en Cuba y se viene a España, es ciudadano español y tiene 81 años y es jubilado en cuba el pudiera cobrar su jubilacion o algun tipo de prestacion aqui en España. Gracias
Hola Gabriela,
Si no ha cotizado nunca en España no tiene derecho a ningún tipo de pensión. Un saludo
Hola, mi situación es la siguiente: Tengo doble nacionalidad (Venezuela-España). Tengo 52 años de edad. En Venezuela coticé 21 años en la Seguridad Social. Actualmente vivo y trabajo en España. Tengo 5.5 años cotizados en la Seguridad Social Española. Mi duda es saber si llegada la edad de jubilación en España, podré sumar los años cotizados en Venezuela con los años que cotice en España y netamente cobrar la pensión Española con la suma de las dos cotizaciones. Gracias por su respuesta!
Hola Hernán,
Efectivamente cuando llegue la edad de su jubilación se sumarán las cotizaciones de los 2 países y cada uno pagará la parte proporcional de años cotizados en cada uno de ellos. Un saludo
Gracias por su pronta respuesta. Ahora bien, si en el supuesto caso de llegar a la edad de jubilación y haber cotizado 19 años en España, ¿estos se sumarían con los 21 años cotizados en Venezuela y el resultante (40 años) sería la base del cálculo para la la jubilación en España?. Saludos!
Hola Hernán,
Se sumarían las cotizaciones para cumplimentar los años cotizados exigidos, pero en su caso España le pagaría el porcentaje de los 19 años cotizados aquí y Venezuela el porcentaje de los 21 años. Un saludo
Hola,
Mi padre trabajo en Suiza y le vino aprobada hace un mes lo que le corresponde de jubilacion de alla (tiene 16,7 años cotizados alla). Tiene en España 20 años cotizados. El se jubilo en septiembre de 2019 con 64 años, pero como tenia 8 meses de COU, le dijeron que es como si tuviera 65, es decir que podia cobrar la jubilacion. de España, que esta cobrando desde entonces (septiembre de 2019)
Ahora recibio una carta diciendo : «se ha resuelto cancelar el expediente de jubilacion por ser titular de pension española y no sufrir modificacion esta en aplicacion de las normas internacionales de Seguridad social»
Entiendo que se cancela la pension de Suiza? Como es posible esto? significa eso realmente?
Muchas gracias de antemano por su respuesta.
Saludos,
Ana
Hola Ana,
Lo sentimos pero no tenemos suficiente información para poder darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite la revisión del expediente en la Seguridad Social, donde le podrán informar de todas las dudas. Un saludo
Buenos días
como debo comunicar a la Seguridad Social los años cotizados en Francia para que aparezcan en mi «hoja de vida»
Hola Francisco,
En la vida laboral solamente le aparecerá las cotizaciones realizadas en España. A la hora de jubilarse es cuando la Seguridad Social solicitará las cotizaciones realizadas en otro país. Un saludo
Hola mi duda es la siguiente una persona emigrante retornada que vivia en Cuba, que tiene derecho a la pension asistencial de retornado porque aun no tiene los 10 años pero si 8, al solicitarla le han pedido certificado de pension cubana, Cuba no tiene convenio con España de Seguridad social, porque puede ser que se la han requerido si ella ahora vive en España , en el caso de Cuba cuando emigras te quitan todos los derechos y pierdes hasta las propiedades si no vives alli o regresas cada cierto tiempo, de que forma se podria demostar eso y cual puede ser el motivo de que se la pidan, influye que cobre otra pension aunque sea muy poca??, porque el peso cubano con el euro lo que cobraria un pensionista es menos de 20 euros alli
Gracias
Hola María,
Lo sentimos pero desconocemos porque le han pedido ese certificado, lo que tendría que aportar es el de declaración de renta, ya que como dice si tiene un ingreso de Cuba. Un saludo
Hola,
Tengo 38 años. Estuve trabajando en Irlanda 9 años. mi duda es si esos años cuentan a la hora de mi jubilación aqui en españa.
Es que en mi vida laboral, esos 9 años no aparecen así que no se si me cuentan para la jubilación.
En su momento me traje los papeles necesarios para españa
Gracias
un saludo
Hola Roberto,
Si cuentan a la hora de jubilarse. Lo tendría que comunicar a la Seguridad Social Española. Un saludo
Hola actualmente tengo una pension de incapacidad total permanente, por una incapacidad del 33%, ahora tengo 56 años y llevo 5 años con esta pension, pero tengo cotizados en España 12 años y 9 meses, y en Andorra 14 años y 8 meses, el dia que llegue a los 65 podre cobrar por España y por Andorra, o seguir con la incapacidad?
Hola Juan Manuel,
No podrá cobrar las dos pensiones, pero si elegir la que más le convenga. Un saludo
Buenos días , soy Sergio
Gracias por su rápida respuesta . Pero me dejais en la duda .
¿ Que quiere decir independientes?
¿ En mi caso , los son ó no ?
Gracias por aclararme este detalle .
Un saludo
Sergio
Hola Sergio,
Que si una pensión la paga el Gobierno Francés y otra el Gobierno Español, sin que se hayan sumado las dos pensiones, podría cobrar las dos. Un saludo
Buenos días.
Soy francés y resido en España.
Estoy a punto de jubilarme con 40 años trabajando en una empresa francesa ubicada en España además durante 10 años , esta empresa ha cotizado también en la Seguridad social francesa . ( si sumamos los años cotizados serian 50 años !!)
En España , voy a cobrar el máximo de la pension y la seguridad social francesa también me va pagar una pension minima por los 10 años cotizados .
La duda que tengo es : ¿Puedo cobrar las 2 pensiones juntas sabiendo que la suma sera superior al máximo permitido en España ?
Gracias con antelación
Hola Sergio,
Si las pensiones son independientes si podrá cobrarlas. Un saludo
Holaa, soy Espanola y he estado trabajando en EEUU y en Cuba por mas de 10 anos, en Espana no he trabajado porque he vivido todo ese tiempo fuera. Si voy a Jubilarme a Espana me tienen en cuenta estos anos trabajados en estos paises??. Yo he reportado mi Seguridad Social (o sea, mi tiempo trabajado fuera cada ano). Me pueden explicar por favor?/. Mi correo es: vilachy13@yahoo.es
Gracias!!!!
Hola Virginia,
Deberá solicitar la pensión en el lugar de residencia, excepto en el caso de que no haya cotizado en el país donde resida, en cuyo caso deberá de hacerlo en el país donde haya realizado su última actividad laboral. Un saludo
hola, quería información sobre el cálculo de las pensiones, para un español que ha trabajado en España y en México, que se tiene en cuenta para el cálculo de la pensión, si importa el sueldo mensual que ha ganado en México, etc,
por favor
gracias
Hola Jose,
Lo sentimos pero no tenemos datos para facilitarle una respuesta correcta. Le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo
Buenos días, soy española de origen brasileña y tengo 53 años. He cotizado 15 años en Brasil, 10 años en España y hace 3 años trabajo en Suiza.
a) una vez llegada la jubilación, podría jubilarme y percibir una pensión única en España?
b) tendría ya que arreglar algún papel antes de volverme de nuevo a España en vistas a la jubilación o la Seguridad Social Española se encargará de solicitar las cotizaciones realizadas en los otros países?
Hola Miranda,
Tiene que solicitar la jubilación en el país donde resida. Si es en España la Seguridad Social se encargará de solicitar las cotizaciones. Un saludo
Hola. Tengo cotizados en IVSS(Venezuela) 27 años, teniendo actualmente nacionalidad y viviendo eb España, ya con 3 años cotizando con trabajador dependiente + 2,5 años como autónomo. ¿Que tipo de tramites debo inicial y donde, para utilizar el convenio «España-Venezuela», sobre Jubilación?
¿Donde puedo ubicar que documentación es la requerida por ESPAÑA para es tramite?
Hola Douglas,
Tendría que solicitar cita en la Seguridad Social. Un saludo
Acabo de llegar a España, soy emigrante retornado, es decir, tengo doble nacionalidad, española y brasileña. En Brasil, he trabajado por 19 años y mi vida laboral en España no hay ningún trabajo registrado. Por el acuerdo que la seguridad social española lleva con Brasil, ¿cómo hago para que mis 19 años sean reconocidos para sumar el tiempo en el momento de jubilarme? Tengo hoy, 45 años de edad y pienso en jubilarme en España.
Hola Marcos Antonio,
Deberá solicitar la pensión en el lugar de residencia, excepto en el caso de que no haya cotizado en el país donde resida, en cuyo caso deberá de hacerlo en el país donde haya realizado su última actividad laboral. Un saludo
Soy Argentino con nacionalidad española y resido en España, he tenido que jubilarme por razones de salud a los 63 años y solo nueve cotizados en España. Al no llegar a los 15 años cotizados como mínimo que por ley se necesitan el INSS resuelve por sus cálculos y por convenios bilaterales acceder al beneficio de la jubilacion y como su cuantía era muy baja me incorporan un “complemento por residencia” con la aclaración de que su cuantía puede variar en función de la pensión de Argentina y que se suprimirá si fijo mi residencia fuera del territorio español. A partir de ahí todos los años me llega una carta para presentarme en las oficinas del INSS para confirmar mi residencia y me preguntan si ya tengo la pensión de Argentina. Cumplidos 65 años desde hace 3 me sale el trámite de la jubilación Argentina, 30 años cotizados con un importe a cobrar por demás absurdo y totalmente alejado de la realidad. Por ese motivo resuelvo hacerle juicio al estado argentino sin que hasta la fecha tenga ninguna resolución de actualización de haberes y cada año que acudo al INSS y cuando me preguntan por la jubilación me limito a decir que está en juicio. A todo esto mi duda es si debo informar al INSS que sigo esperando la resolución del juicio o indicarles que aunque es exhigua continuo cobrándola. Muchas gracias.
Hola Oliveira,
Tendría que comunicar a la Seguridad Social cualquier cambio que se produzca. Un saludo
Hola soy ecuatoriano con nacionalidad española cotice 5 años en madrid y tengo cotizado 18 años en Ecuador además tengo 61 años y quiero juvilarme en España que opciones tengo espero respuestas muy agradecido
Hola Luis Enrique,
Tiene que ponerse en contacto con la Seguridad Social. Un saludo
Hola, yo he trabajado 30 años en Bélgica y 7 en España, tengo 65 años y 10 meses, tengo derecho a cobrar en España?
Hola Salvador,
Para cobrar una pensión en España tiene que haber cotizado mínimo 15 años. En España si se sumaría las cotizaciones realizadas en otros países y cada uno de ellos pagará la parte proporcional según las cotizaciones que haya realizado de en cada país. Desconocemos los requisitos de jubilación en Bélgica. Un saludo
Hola, mi duda es: si mi pensión de jubilación española se vería afectada por el cobro de una pensión suiza??
Hola M. Carmen,
La cuantía de la pensión Española será en proporción de los años que tenga cotizados en España. Es independiente de la pensión que cobra de Suiza. Un saludo
Hola,
Yo estuve trabajando en Andorra 2 años, de esto hace ya 14 años. Puedo incluir estos 2 años en mi vida laboral española? Si es así, como tendría que hacerlo?
Gracias
Hola Marta,
Si se incluyen los años cotizados en Andorra, ya que existe convenio bilateral con España. En el momento de la jubilación tendrá que aportar las cotizaciones realizadas en dicho país. Un saludo.
Hola Buenas Noches
Soy española de origen rumano
He trabajado 17 años en España donde tengo residencia actual y también he trabajado 12 años en Rumania
Si me jubilaría mañana contarán los 12 años de Rumania . ?
Mencionó que por falta de acuerdo entre los dos países tuve que rechazar la nacionalidad rumana dado que fue una de las condiciones impuestas por Ministerio de Justicia en otorgarme la nacionalidad española .
Gracias
Hola Liliana,
Rumanía tiene acuerdo con España en temas de Seguridad Social; por lo tanto a la hora de la jubilación se contará los años trabajados en Rumanía. Un saludo
Bunos dias, estoy cobrando hace 11 años mi pensión bilateral entre España y Argentina. Actualmente resido en España pero mi intención es irme a vivir a Argentina. Podré seguir cobrado mi pensión de la misma manera que aquí?
Hola José Antonio,
Lo sentimos pero no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo
Hola
Sobre este punto: «Que al menos haya cotizado dos años en 15 años inmediatamente anteriores al cumplimiento de la edad legal de jubilación», estos dos años, ¿podrían estar cotizados en un país de la UE? ¿O deben ser cotizados en España?
Muchas gracias de antemano.
Hola Francisco,
En relación a su consulta con los datos que aporta comentarle lo siguiente:
• Si has trabajado en varios países de la Unión Europea podría haber acumulado acumulado derechos de pensión en cada uno. Tendrá que acudir a a la administración de pensiones del país donde vive o del último país donde haya tenido una relación laboral.
• Si usted no ha trabajado nunca en el país donde vive éste remitirá la solicitud al último donde haya tenido su contrato de trabajo.
• Sera este país último el responsable de tramitar tu solicitud y de confeccionar el historial completo de sus cotizaciones a pensión en los países donde hayas trabajado.
• Algunos países envían el formulario de solicitud de pensión antes de que se alcance la edad de jubilación del país concreto.
• Le recomiendo que inicie los trámites para recibir pensión de varios países con antelación 5-7 meses ya que la tramitación es larga.
En España, la edad de jubilación será de 67 años en 2027. Pero esta no es una norma común a todos los países miembros de la Unión Europea. Hay países cuya edad de retiro laboral es diferente. A pesar de que hayamos cotizado en países con una edad de jubilación más temprana, estaremos sujetos a la edad de retiro establecida en el último país en el que residamos. Es decir, que si queremos cobrar la pensión que nos corresponde, podremos hacerlo al haber cumplido la edad que exija la ley del país en el que residamos.
En principio esos dos años podrían haberse cotizado fuera de España pero yo le recomiendo que se asegure cuando se plantee la jubilación en España que cumple con los requisitos que exige la normativa para solicitarla y si los cómputos de los periodos cotizados en otros países son válidos y se adecuan a la exigencias para poder jubilarse en España. Un saludo
He trabajado mas de 40 anos en distintos paises de la comunidad europeo incluido mas de 10 en Espana anteriormente. Actualmente trabajo en Francia pero voy a trasladarme con contrato de expatriado a Espana cotisando en Francia para la jubilacion. Tengo previsto pedir la jubilacion siendo residente en Espana dentro de un año, mis preguntas
Mis preguntas
1. Donde tengo que pedir la jubilacion en Espana o en Espana?
2. En espana se puede pedir hasta 3 meses antes de la jubilacion, es correcto?
3. Cual es el plazo para que se empieza a pagar la jubilacion si la pido en Espana desde la fecha oficial de jubilacion? Segun un funcionario puede tardar entre 1-2 años para casos donde uno ha trabajado en various paises de la comunidad
Gracias
Hola Marc,
Con los datos que que facilita:
La ventaja que tiene la Unión Europea es que existe el Reglamento comunitario de coordinación de los sistemas de Seguridad Social es que aúna todo lo que tiene que ver con cotizaciones públicas y el pago de la pensión pública. Este reglamento se aplica tanto a los países de la UE como a los del Espacio Económico Europeo, que también incluye a Islandia, Noruega y Liechtenstein, así como a Suiza.
Si usted ha desarrollado su trabajo en alguno de esos países o va a emigrar a ellos para disfrutar de su jubilación, le será este reglamento que establece que los trabajadores desplazados tienen derecho a percibir una pensión que sea equivalente a la suma de todos los periodos cotizados en los distintos estados. Tendrá que acreditar dichos trabajos por lo que es probable que le pidan algún tipo de documentación en el caso de que no cuadre con lo que usted les manifieste.
Para el cálculo de la pensión si usted ha trabajado en varios países las administraciones los Estados evaluarán las cotizaciones a la Seguridad Social que haya realizado y los periodos computados de cotización.
Cada país en el que haya trabajado calculará la pensión teniendo el cuenta todo el tiempo que has trabajado en la Unión Europea de acuerdo con el llamado principio de totalización de periodos.
A partir de ahí calculará la pensión que le correspondería si hubieses pagado todas esas cotizaciones a su seguridad social y después ajustará ese importe al tiempo que has estado cubierto en ese país.
Sólo si además cumple los requisitos para cobrar una pensión nacional independientemente de lo cotizado en otros países, también la calculará y recibirá de ese país la mayor de las dos.
Para solicitar la jubilación España deberá de cumplir con los requisitos establecidos en el momento de la solicitud de la misma. En el 2019 son:
– Estar afiliado a la Seguridad Social.
– Tener una edad mínima, la edad legal de jubilación para cobrar el 100% de la pensión pública en 2019 es de 65 años y ocho meses.
– Haber cotizado un periodo mínimo de 15 años.
Mi recomendación dado lo particular de su situación es unos meses antes de cuando tenga previsto jubilarse pida cita en con Instituto Nacional de la Seguridad Social para ver que documentación le van a pedir y que requisitos va a tener que cumplir para asegurarse de que genera ese derecho en España. Un saludo
Una mujer colombiana que recibe una pension española y encima trabaja en colombia de autónoma es legal eso.
Hola Pedro Jesús,
En relación a cobrar un pensión española viviendo en un país extranjero siempre y cuando cumplas con los requisitos no hay ningún problema al respecto ya las obligaciones se pueden realizar en las oficinas consulares que tienen personal habilitado para dichas funciones.
Aquí la dificultad para la administración española será controlar la actividad de la persona en Colombia y el cumplimiento de dichos requisitos. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Reciba un cordial saludo.
Hola buenas tardes. Tengo una consulta: mi madre trabajó 13 años en Suiza, ahora ya tiene 64. Actualmente trabaja en España.
Posee toda la documentación necesaria de Suiza. Que ocurre si la solicitas y aplazas por España? Viene cancelada.. Espero respuesta. Gracias.
Hola Alexandra,
Lo sentimos pero no entendemos realmente la pregunta. Un saludo
Hola, en el 2027, a mis 65 tendré cotizados 38 años con 4 meses, faltándome 2 para poder jubilarme. En Uruguay trabajé 2 años y fui al INSS hace dos a pedir que pidieran a Uruguay mi tiempo trabajado. El tema es que en el INSS me dijeron que eran muy pronto. Les dije que conociendo la gestión Uruguaya (lenta) me adelantaría porque ir sobre la fecha para jubilarme era temerario dado que podían demorarse. Total que me conestaron AL AÑO DE URUGUAY diciéndome que una de las empresas que puse no existía. No volví de nuevo ya que me faltan 8 años para tener 65 años.
Mi pregunta es, cuánto tiempo antes de la jubilación hay que ir al INSS para rellenar el formulario por elcual uruguay contesta a la persona (no al INSS-así pasó conmigo) el tema de incorporar el tiempo cotizado en uruguay al expediente de días cotizados en españa?.
Gracias un saludo!
Hola Cati,
Se puede solicitar la jubilación tres meses antes, en su caso le recomendaríamos solicitarla unos 6 meses antes. Un saludo
Hola soy Español y llevo cotizando 29 años, pero los últimos 7 estuve cotizando en la seguridad social Mexicana, todo legal, con contrato local mexicano. Ahora que he regresado, me gustaría saber si tengo que entregar alguna documentación en la SS Española para que estos 7 años de México me cuentan, para el momento de jubilarme. Si es así, que documentación necesito? Como lo comunico?
Muchas gracias
Hola juan Luis,
En relación a su consulta hay que estar a los convenios bilaterales firmados entre México y España, debe solicitar cita con el INSS y aportar toda la documentación acreditativa de su trabajo en México, nominas, contratos de trabajo, vida laboral…..ect y solicitar que se le acumulen a su cotización en España.
Además le recomiendo que consulte si tiene derecho a al subsidio para emigrantes retornados a España
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Un saludo
Hola coticé casi 6 años en Colombia en fondo de salud pública y en España llevo casi siente. ¿Como puedo hacer para computar el total en España para la jubilación?. Debo traer documentación de lo cotización de Colombia y realizar algún tramite en la seguridad social, o simplemente cuando me jubile se tendria que realizar algún procedimiento. No se como puedo unificarlo pues en mi seguridad social solo consta lo cotizado en España.
Saludos y muchas gracias de antemano por al ayuda que puedan prestarme.
Hola Ricardo,
Es la Seguridad Social la encargada de solicitar las cotizaciones en otro país, pero antes es usted el que se lo tiene que comunicar. Un saludo
Hola: La S.S me paga un 65% de mi pensión, y el resto 35% me paga Uruguay; pero es una pensión de facto (ley 18.310), por haber tenido que
repatriarme a España, y debido a una persecución politica. En 1979 tuve que venirme porque era delegado de mi sección laboral, y sufrí una
persecución por parte de la empresa. En consecuencia Uruguay a los que tuvimos que salir del pais entre 1977 y 1979, nos proporcionó esta ley
de amparo (cobrando 125 €) Puede la S. Social descontarme ese 35%, por corresponderme esta pensión de facto??
2ª duda: Procede que Uruguay me haya utilizado años de mi vida laboral en España, para completar el período de tiempo necesario para que me
otorgaran esta pensión de facto.(en Uruguay sólo contaba con 5 años de vida laboral; cuando el exigido son 20 años para la ley 18.310).
Muchas Gracias.
Hola: el dia 27 de abril dejé una consulta y veo que ha desaparecido, esto es normal?
Hola Daniel,
Disculpe, pero puede haber ocurrido alguna incidencia en la plataforma. ¿Puede volver a dejarnos su consulta?. Un saludo
Si, claro..La consulta es la siguiente: tengo 20 años cotizados en argentina y 4 en españa, me denegaron el subsidio por no tener cotizados los años al desempleo, los años cotizados en argentina no me valen? aun teniendo en cuenta que existen convenios? gracias.
29 abril 2019 Angel Acosta
Buenos dias, me acabo de jubilar con 64 años y mas de 40 años cotizados, me descuentan un 7%, por jubilarme un año antes, estuve navegando en barcos de bandera panameña, en una compañía del país vasco Berincua Hermanos, que actualmente se encuentra cerrada, esta compañía me tiene cotizado 495 dias, me comentan que tengo que demostrar, yo que si estuve navegando
no tengo ningun papel, pues tenia 16 ó 17 años, ¿donde podria buscar esa informacion ? si podrian darme una respuesta, les estaria muy agradecido
Hola Ángel,
Si las cotizaciones no están registradas en la Seguridad Social es muy difícil que lo pueda acreditar, no obstante le recomendaríamos que solicite información en el la Seguridad Social. Un saludo
Hola,
Nací en 1967, tengo 51 años, he trabajado en España desde 1986 hasta 2016 (tengo 30 años cotizados y 11 días).
En 2016 me despidieron del trabajo, cobré el paro que ya se agotó y actualmente estoy como demandante de empleo.
Contemplo la posibilidad de ir a vivir a Colombia ya que mi marido es de allí. Estuve preguntando en la Seguridad Social de allí y me dijeron que si cotizaba en Colombia un tiempo (no tiene que ser mucho, quizá un año sería suficiente) podría rescatar la pensión de España y jubilarme en Colombia a los 57 años (es la edad ordinaria de jubiliación de la mujer allí). Quería asesoría al respecto, ya que tampoco sé si cumplo lo de los 2 años dentro de los últimos 15 años, aunque sí que estoy asimilada al alta al estar como demandante de empleo (sin haber perdido un sólo día de asimilada al alta).
Asimismo ¿podría pasarme un link a la ley que regula el convenio entre Colombia y España? La información que tengo es muy general. Muchas gracias.
Hola Rosa,
Lo sentimos pero por este portal solamente se tratan temas sobre el territorio español. Un saludo
buenas tardes soy de ecuador tengo 63 años he cotizado en ecuador 22 años y aqui en españa ocho puedo pedir la jubilacion anticipada por mi edad ya no me dan trabajo
Hola Carlos,
Para poder solicitar la jubilación anticipada voluntaria tiene que tener cotizados mínimo 35 años. Un saludo
Para el subsidio de 55 años cuenta las aportaciones de Ecuador ? por el convenio bilateral que existe con España
Hola Marcelo,
Solamente cuentan parta la jubilación. Un saludo
Hola, soy Colombiana, tengo 57 años y vivo en España. según el convenio entre los dos países se puede juntar los años cotizados y lograr una jubilación aquí en España, pero tengo la duda de si es posible traer los 12 años cotizados en Colombia cuando estos están en un fondo de pensiones privados y no se si el convenio esto lo contempla. Muchas gracias
Hola Claudia,
Una cuestión es la cotización y otra las aportaciones realizadas a un plan de pensiones. Lo que contempla el convenio de seguridad social firmado entre España y Colombia es el cómputo de las cotizaciones realizadas a la seguridad social o el seguro de carácter público que se tenga en Colombia, no las aportaciones realizadas a un fondo o plan de pensiones privado.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Reciba un cordial saludo.
Estimados Srs
Según Anexo XI del Reglamento 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril 2004 para España Apartado 2°A
Cuando se dice: Cuando en el período de referencia a tener en cuenta para el cálculo de la cuantía de la pensión, deban ser computados períodos de seguro o de residencia cubiertos bajo la legislación de otros Estados miembros, se utilizará para los mencionados periodos de la base de cotización en España que mas se le aproxime en el tiempo.
Pregunta: Que base de cotización seria aplicable para el periodo de Enero del 2000 a Febrero del 2007 siguiendo este ejemplo?
Ultima cotización en España: de Marzo del 2007 a Noviembre del 2008. Cotización en Suiza: de Enero 2000 a Febrero del 2007
Año 1999 Base de cotización España Septiembre 1857€, Octubre 1751€, Noviembre 1803€, Diciembre 1965€
Año 2007 Base de cotización España Marzo (16 días de cotización) 1272€, Abril 2541€, Mayo 2795€, Junio 2765€
Se haría una media? se aplicaría la mas alta o la mas baja ? La mas cercana en tiempo ? Marzo del 2007? Diciembre del 1999?
Gracias por su atencion
Un saludo
Juan
Hola Juan,
En realidad debe tener en cuenta que será cada administración de cada uno de estos países los que calculen la parte de la pensión que debe pagar, teniendo en cuenta todos los períodos cotizados por usted, y se hará el cálculo de la pensión nacional, comparándola con el cálculo de la pensión prorrateada, recibiendo en todo caso la mayor de las dos.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Reciba un cordial saludo.
La base de cotización que se toma en cuenta para el cálculo de la base reguladora de las prestaciones españolas en el periodo de enero de 2000 a febrero de 2007(periodo de alta/aseguramiento de Suiza será la marzo de 2007 (elevada a la cantidad mensual, pues dices que los 1.272 euros corresponde a 16 días de cotización), en los meses correspondientes al año 2007. En los meses correspodiente al año 2006 se tomará la de marzo de 2007, pero deflactada, es decir, reducida en el porcentaje de aumento que ha tenido de un año a otro. La del año 2005 igual y así sucesivamente.
Hola Francisco
Parece muy interesante lo que dices y me dejas de piedra porque de las mil preguntas que he hecho a la seguridad social y en otros canales como este nadie me a respondido algo parecido
Como podia contactar contigo?
Quisiera hacer un calculo de mi futura pensión pero parece que no es fácil cuando has cotizado en diferentes países
Un saludo
Juan
Hola Juan,
Para realizar el calculo de la pensión se tiene que tener en cuanta los años cotizados y las bases de cotización. Si has trabajado en diferentes paises, primero hay que saber si tienen acuerdo con España, si es así se sumarán los años cotizados, pero cada país pagara la parte proporcional que corresponda. Le aconsejamos solicite cita en la Seguridad Social que es donbde le pueden dar una respuesta más acertada. Un saludo
Hola soy venezolana trabaje en Venezuela desde los 18 años hasta los 31 y trabajo en España desde hace 2 años. quisiera saber si podrían validarme el tiempo trabajado en Venezuela que cotice 13 años? y de ser así que pasos o que debería hacer, mi situación actual en España residente familiar de comunitario, el año que viene optare por la nacionalidad italiana… quisiera saber como debería proceder para no perder los 12 años cotizados en Venezuela.
Hola Karina,
Es de aplicación el convenio de Seguridad Social entre España y Venezuela.
El artículo 10 del convenio establece que se totalizarán los períodos cotizados en Venezuela para el acceso a la pensión de jubilación o para calcular su cuantía.
Los doce años cotizados en Venezuela no se pierden y pueden dar lugar a varias situaciones en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 del Convenio:
1º Puede ocurrir que tenga derecho a dos pensiones de jubilación: la de Venezuela y la de España (los requisitos para el acceso y cuantía de la pensión serán los que establezcan las legislaciones de cada país). En España se requieren 15 años cotizados y que además dos de ellos se hayan producido dentro del período de los 15 años inmediatamente anteriores a la edad legal de jubilación. En este caso, cada país contemplará únicamente los períodos cotizados en su territorio y no los períodos cotizados en el otro Estado.
2º La segunda opción es LA TOTALIZACIÓN DE PERÍODOS.
Esta opción se aplica en aquellos casos en los que no se cumplen los requisitos de acceso a la pensión en uno o ambos Estados.
En tal caso, Venezuela o España (dependiendo del país en donde solicitemos la pensión) totalizarán los períodos cotizados en ambos países a los efectos de poder acceder a la pensión de jubilación y también con relación al cálculo de su cuantía.
Antes de Jubilarse tendrá que solicitar en España la totalización de los períodos cotizados en Venezuela. El convenio prevé la existencia de organismos de enlace para el suministro de información entre ambos países. La totalización la tendrá que solicitar en el país donde vaya a jubilarse.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Reciba un cordial saludo.
Hola,
He solicitado mi jubilación hace exactamente 3 meses, pero como trabajé (hace mucho) unos años en Bélgica me dicen que la espera puede ser larga, me pueden informar al respecto.
Muchas gracias, un saludo
Hola Rubén,
Lo sentimos pero en este caso no podemos darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social para que le informen de la situación de su expediente. Un saludo
Hola, gracias por vuestro servicio.
Tengo doble nacionalidad Colombiana-Española. He cotizado 20 años en Colombia, y 15 años como funcionaria de educación secundaria en España.
¿Cuanto es el porcentaje de pensión Española al que tengo derecho? Es decir, tengo derecho a la pensión 100% de funcionaria en educación Española o a un calculo porcentual entre las dos cotizaciones.
Gracias por la respuesta.
Hola Virginia,
Cada país realizará dos cálculos, y por parte de cada uno de ellos se percibirá la opción que resulte más favorable para el trabajador:
Pensión teniendo solo en cuenta los periodos cotizados en ese país.
Pensión teniendo en cuenta el total de periodos cotizados en ambos países. En este caso el país consideraría cotizados los periodos del otro país también, pero abonaría pensión a prorrata según los años efectivamente cotizados. Un saludo
Buenas tardes,
Mi nombre es Esteban Gómez. Estuve trabajando en Londres (Reino Unido) entre los años 1998 y 2001. Me gustaría saber qué debo de hacer para poder arreglar esta situación y que estos años trabajados me computen en mi futura jubilación.
Gracias de antemano.
Hola Esteban,
Los trabajadores quedan sometidos a la legislación del lugar donde presten los servicios, bajo el denominado principio de territorialidad. Sin embargo, en lo relativo a las prestaciones la normativa comunitaria permite que estas últimas sean sometidas al Estado de origen que en el caso que nos ocupa es España.
La normativa que regula la coordinación de los Sistemas de Seguridad Social para los trabajadores desplazados en este caso el el Reglamento Comunitario R. UE 883/2004.
La normativa del reglamento establece que a los efectos de la jubilación se pueden sumar las cotizaciones y períodos trabajados en Inglaterra. Inicialmente se calculan las pensiones que se hayan generado en cada país, y se abona la más favorable, no obstante también hay la posibilidad de la denominada pensión comunitaria, para la cual se totalizan los periodos de seguro en el ámbito de la UE para el cumplimiento del periodo de carencia general o específico (años de cotización necesarios para tener derecho a una pensión).
Tiene que indicar a la seguridad social los períodos en los que ha trabajado en Inglaterra y será la seguridad social española la que recabe la información.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Reciba un cordial saludo.
Ante todo muchas gracias por su labor informativa.
Resido en España aunque soy ciudadano polaco. Entiendo que habiendo trabajado y cotizado 15 años a la Seguridad Social española tengo derecho a la jubilacion ,a la edad correspondiente, con el 50% de la base reguladora. Ademas de ese periodo laboral español tengo 13 años cotizados en Polonia. Mi pregunta es la siguiente. ¿ Los trece años cotizados en Polonia suman al calcular el porciento sobre la base reguladora de la pension a recibir en España?. ¿ Serian 28 años en vez de 15 ? .
Muchas gracias por su atencion.
Hola Alejandro,
Debo hacerle una primera precisión en lo relativo al acceso a la pensión. Además de acreditar 15 años cotizados tiene que tener en cuenta la exigencia de un segundo requisito: «Que al menos haya cotizado dos años en 15 años inmediatamente anteriores al cumplimiento de la edad legal de jubilación». Esto significa que si su edad legal de jubilación se alcanza a los 67 años entre el período comprendido entre los 52 años y los 67 tiene que haber cotizado al menos dos años.
De cumplirse todos los requisitos podrá usted cobrar la pensión española con independencia de que usted viva en España o regrese a Polonia, pudiendo darse la posibilidad de que usted acabe cobrando dos pensiones la española y la polaca. Si no pudiese cobrar la pensión en Polonia por no reunir los requisitos de acceso allí, los períodos cotizados, en el caso que nos propone son 13 años, se sumarán al período cotizado en España y, como usted mismo dice, los años cotizados a tener en cuenta a los efectos de aplicar el porcentaje sobre la base reguladora pasarían a ser de 28 en lugar de 15.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Reciba un cordial saludo.
Soy español de nacimiento con pasaporte y DNI en vigor. En el año 2010 emigre de Venezuela a España (Nota: Vivi en Venezuela desde muy pequeño y con ambas nacionalidades) y en el cual logre acumuladas 1.350 semanas o 26 años, de cotizaciones en el IVSS (Instituto Venezolano de Seguros Sociales). En ese mismo año, me dieron de alta en la seguridad social española como desempleado. Dicha alta sigue activa hasta la fecha,. En el transcurso del 2010 me traslade a Republica Dominicana buscando opciones laborales, donde a partir de Mayo del 2012 inicie una relacion laboral con una empresa de manufactura, hasta marzo del 2019, donde acumule 83 periodos mensuales (7 años) cotizados en el TSS (Tesoreria de Seguridad Social Dominicana). Tanto Venezuela como Republica Dominicana forman parte del convenio bilateral, por lo que todos estos periodos cotizados deben valer en España. Actualmente estoy dándome de baja en Republica Dominicana antes de regresar a España, donde debo darme nuevamente de Alta. Bajo este escenario cual debe ser el procedimiento o los pasos a seguir como Emigrante Retornado Mayor de 55 años, y asi poder obtener el beneficio de la ayuda, considerando que tengo 58 años de edad. Y sobre todo, y quizas lo mas importante, es poder optar al beneficio de pension, una vez alcanzada las edad correspondiente. Mi intencion, debido a mi amplia experiencia profesional, es continuar laborando, ya sea como asalariado o posiblemente autonomo, dependiendo de las oportunidades disponibles asociadas a mi edad actual..
Hola José Enrique,
Para la exportación de prestaciones o, caso de que no hubiera causado derecho a jubilación en Venezuela, acumulación de días cotizados a los efectos del acceso a la pensión de jubilación en España, es preciso que exista una convenio bilateral entre los dos países cuando se trate de Estados que no estén comprendidos dentro del Espacio Económico Europeo.
En el caso de Venezuela y España existe un convenio bilateral: Convenio de Seguridad Social entre España y Venezuela, firmado en Caracas el 12 de mayo de 1988; Canje de Notas de 14 de julio de 1988 y 22 de agosto de 1988, corrigiendo algunos errores contenidos en varios artículos del Convenio, y Acuerdo Administrativo para la aplicación del citado Convenio de Seguridad Social, y anejos, firmado en Caracas el 5 de mayo de 1989.
En el caso de La República Dominicana existe un convenio bilateral: El Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Dominicana.
Los convenios bilaterales se rigen por los siguiente principios:
Principio de igualdad de trato según el cual un trabajador extranjero será tratado como si fuese uno nacional. Esto quiere decir que tendrá las mismas obligaciones y también los mismos beneficios.
Principio de totalización de las cotizaciones. El criterio es el mismo que ya se aplica dentro de la UE y gracias a él España y el país firmante reconocerán los periodos cotizados por igual, tanto si se producen aquí como en el la otra región.
Principio de exportación, según el cual se puede cambiar de residencia y seguir cobrando la pensión en el país de destino.
Principio de no devolución de cotizaciones, según el cual se devolverán las cotizaciones realizadas en España a un trabajador extranjero que decida regresar a su país o irse de España simplemente.
Por tanto, de todo lo expuesto se desprende que materia de Jubilación pueden darse dos supuestos:
1. Si se cumplen los requisitos exigidos por la legislación de una o de ambas partes contratantes para causar derecho a las prestaciones, la institución o las instituciones competentes aplicaran su propia legislación interna teniendo en cuenta unicamente los periodos de seguro cumplidos bajo dicha legislación.
2. Si no se cumplen los requisitos exigidos por la legislación de una o ambas partes contratantes para causar derecho a las prestaciones, la institución o las instituciones competentes totalizaran con los propios, los períodos de seguro cumplidos bajo la legislación de la otra parte. Cuando efectuada la totalización se alcance el derecho a la prestación, para el calculo de su cuantía se aplicaran las reglas siguientes:
a) Cada parte, o ambas partes en su caso, determinará por separado la cuantía de la pensión a la cual el interesado hubiera tenido derecho, como si todos los períodos de seguro totalizados, hubieran sido cumplidos bajo su propia legislación (pensión teórica).
b) El importe de la pensión que corresponda pagar a cada parte, se establecerá por ella aplicando a la pensión teórica calculada según su legislación la misma proporción existente entre el período de seguro cumplido en la parte a la que pertenece la institución que calcula la pensión y la totalidad de los períodos de seguro cumplidos en ambas partes.
c) Si la legislación de alguna de las partes exige una duración máxima de periodos de seguro para el reconocimiento de una pensión completa, la institución competente de esa parte tomará en cuenta, a los fines de la totalización, solamente los periodos de cotización en la otra parte necesarios para alcanzar derecho a pensión.
Cuando usted solicite la jubilación, tendrá que acreditar en la administración española los períodos cotizados en Venezuela y en la República Dominicana.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés.Reciba un cordial saludo.
Hola, soy venezolana, actualmente esperando la nacionalidad, Cuando llegue a España ya estaba jubilada y recibí durante unos años la pensión de Venezuela en este país. Actualmente tengo 7 años trabajando en España y por lo tanto cotizando. Como ya tengo 65 años, quisiera saber si podría solicitar mi jubilación por este país y que me tomen en cuenta los años trabajados en Venezuela (32años). Agradecería que me informaran al respecto. Gracias
Hola Elena,
La comunicamos que para poder jubilarse en España y obtener una pensión contributiva debe de tener cotizados al menos 15 años, por lo que si sólo lleva 7 años no podría solicitarla, salvo que se le reconozcan las pensiones en su país pero debería solicitarlo previamente en el INSS de España y si se lo reconocen podría llegar a obtener los 15 años exigibles. Por el contrario si no se lo reconocieran tan sólo podría pedir una pensión no contributiva a partir de los 65 años pero dependiendo de la renta familiar.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Reciba un cordial saludo.
Buenos dias,
En primer lugar felicitarles por este articulo en concreto y por otros similares que han hecho. Me gustaria preguntarles por mi caso en concreto, por si pudieran sacarme de dudas.
Tengo 35 anos y actualmente llevo 7 en Suiza, siempre trabajando, por lo que tengo derecho a una pension Suiza el dia de manana. Segun mis calculos volvere a Espana con 40, habiendo cotizado en Suiza 13 anos y ninguno en Espana. Segun he leido el tiempo cotizado en Suiza cuenta como «trabajado» para Espana, por lo que deduzco que con cotizar un dia en Espana el regresar tendria derecho a 2 anos de paro. Es cierto? De serlo, como calcularian la cantidad a recibir del paro en Espana?
Respecto a mi pension en Espana tengo que haber cotizado, segun la ley actual, 15 anos. Si he trabajado 13 anos en Suiza y sumo los 2 de paro cotizado en Espana al regresar… Sirven esos 15 anos para la pension espanola o deben de ser 15 anos estrictamente cotizados dentro de Espana?
Podre el dia de manana tener 2 pensiones o tendre solo 1 siendo esta la suma de ambas? Si llegado el dia de jubilarme tengo rentas por alquiler de pisos afecta a mi pension como he leido?
Muchas gracias por su tiempo.
Hola Ivan,
Partimos de la premisa de que Suiza no siendo un país perteneciente a la Unión Europea está incluido dentro del denominado Espacio Económico Europeo. En ambos casos se aplica el Reglamento comunitario de coordinación de los sistemas de la seguridad social.
Con relación a la prestación de desempleo: Tendría usted que solicitar en su oficina de empleo una autorización para exportar sus prestaciones mediante el formulario U2.
Al llegar a España tendrá que inscribirse como demandante de empleo en un plazo de siete días a partir de la fecha en la que usted dejó de estar registrado en los servicios de empleo del país del que te marchas.
A continuación tendrá usted que presentar el fomulario U2 al inscribirse. Se le ingresará a usted el mismo importe que cobraba en el país en que usted se quedó en paro.
Con relación a la pensión de jubilación:
En primer lugar tenemos que tener en cuenta lo que dispone el reglamento respecto al cómputo de cotizaciones. El reglamento consagra un principio denominado Exportación de Cotizaciones entre países, permitiendo la acumulación o totalización de períodos de cotización, para acceder a una pensión de jubilación. Por ejemplo, si para ser titular de una pensión contributiva en España, se exige una cotización mínima de 15 años, esta cotización se puede conseguir sumando a la cotización realizada en España más la de Suiza.
Puede ocurrir también que usted haya generado derechos para cobrar una pensión en España y en Suiza si cumple los requisitos mínimos para acceder a dicha pensión. En tal caso usted tendría derecho a cobrar dos pensiones de jubilación, la de Suiza y la de España.
La Seguridad Social española será la que tramitará y confeccionará el historial de cotizaciones, solicitando las bases en los diferentes países dónde se hubiere trabajado.
El Cálculo de la pensión se realizara a instancia de la Seguridad Social española, las diferentes administraciones que gestionan las pensiones de cada país, estudiarán las cotizaciones y los períodos trabajados, produciéndose tres supuestos:
• Primero, que no se llegue a los períodos mínimos de cotización en ninguno de los países donde se ha trabajado, en este caso se prorrateará las cotizaciones abonadas en cada país y se calcularía una pensión a cada estado teniendo derecho a cobrar la pensión mes alta de todas.
• Segundo, que se cumpliera los requisitos mínimos sólo en un país, entonces se prorrateará las cotizaciones abonadas en cada estado y se calcularía la pensión según los criterios de aquel donde se ha alcanzado el derecho.
• Tercero, cumplir los requisitos mínimos para el acceso a la pensión de cada país donde se ha trabajado, entonces se tendrá derecho a la percepción de pensiones íntegras a cada uno de ellos.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Reciba un cordial saludo.
Buenas tardes,
En 1987 trabajé durante algo más de una año en Suecia. Me contaría ese tiempo de cara a los años trabajados para el tema jubilación? Si es así, cómo debo gestionar el tema? No tengo ningún documento que acredite ese tiempo trabajado, pero debe constar en la hacienda o seguridad social suecas, ya que pagué religiosamente mis impuestos.
Gracias por su ayuda.
Hola Rosa,
Cuando tenga que jubilarse es la Seguridad Social del país donde resida la que solicite dichos papeles. Un saludo
Me llamo Pedro José y e trabajado 38 años más 18 meses de mili en España, tengo 56 años y quisiera saber si me compensa trabajar en Portugal y si mereducirian la prestación si trabajará 5años has ya trabaje 3 en Portugal .
Hola Pedro José,
A la hora de su jubilación sí computa los años trabajados en Portugal. Un saludo
Buenas tardes.
Tengo 59 años, y llevo cotizados 27 años en España y según tengo entendido para la jubilación anticipada hacen falta 35 años, pero también he estado cotizando en Andorra durante 9 años, la pregunta es ¿se pueden unir los años de Andorra para la jubilación anticipada?, lo cual harían un total de 36 años, muchas gracias.
Un saludo.
Hola Salas,
Lo sentimos pero no podemos darle una respuesta correcta. Le aconsejamos se ponga en contacto con cualquier oficina de la Seguridad Social. Un saludo
Soy belga, tengo 60,5 años, llevo 32 años y 5 meses cotizando en España y anteriormente, estuve cotizando durante 4 años y 1 mes a la Seguridad Social belga. Acabo de perder mi trabajo. Cobraré el paro hasta diciembre del 2020 y llevaré entonces 38 años y 6 meses cotizados entre los años cotizados en España y en Bélgica. ¿Podré solicitar la jubilación anticipada a los 63 años?
Gracias
Saludos
Hola Chantal,
Sí podrá acceder a la jubilación anticipada, aunque se le aplicarán los coeficientes reductores que le correspondan. Un saludo
Hola , bueno días , Estoy en España ,donde debería ir para, solitar que me computen los aportes de Argentina ? tengo 32 años pero puedo hacerlo desde ahora ?
Hola Romina,
Tendría que pedir cita en la Seguridad Social donde le podrán informar de todas las dudas. Un saludo
Buenas tardes,
Soy española y llevo cotizados 15 años en España.
hace años estuve viviendo en Milán y trabajé cotizando.
Puedo solicitar esos años para que me computen aquí para la jubilación???
Muchas gracias.
Hola Belén,
Al solicitar la jubilación tiene que informar de los años trabajos en el extranjero, ya que sí computan para la jubilación. Un saludo
Hola, vico en España, cual seria el procedimiento para obtener la documentación que me acredite las cotizaciones que tuve en Venezuela? ¿se puede solicitar aqui, o con la documentacion que la pagina web de Venezuela bastaría?….
Hola José Diaz,
En el momento de solicitar la jubilación, la Seguridad Social Española se encargará de solicitar las cotizaciones de Venezuela. Un saludo
Hola Ahora trabajo y vivo en Bulgaria tuve que emigrara por la crisis, soy espanol y este ano cumplo 60 anos, en espana tengo cotizados mas de 20 anos y 12 anoslas pensiones en Bulgaria son muy bajas, podria cuando vuelva a Espana a jubilarme por los 35 o 40 anos cotizados entre los dos paises?
Un saludo
Hola Gonzalo,
Le recomendamos se ponga en contacto con la Seguridad Social. Un saludo
Buenas vivo en Venezuela y tengo pasaporte italiano ahora tengo 55 años y ya tengo las cotizaciones minimas para recibir la pension, mas no tengo la edad requerida . Tengo intensiones de ir a España a vivir y trabajar. tengo derecho a la pension en España si trabajo alla y de que manera influye mi tiempo y mis cotizaciones en Venezuela para recibirla en su momento?
Hola Oreste,
Si puede venir a España y trabajar aquí. Para poder cobrar una pensión en España tiene que tener cotizados mínimo 15 años. Venezuela si tiene convenio bilateral con España, por lo que a la hora de jubilarse en España se sumarían las cotizaciones de Venezuela. Un saludo
Hola he trabajado 12 años en España y cotice en SS. de Colombia 11 años. Tengo 57 años y me gustaria trasladar los aportes que tengo en Colombia hacia La SS. de España. Podrian indicarme el procedimiento para realizar esto?.
Hola William,
Lo mejor es pedir cita en la Seguridad Social donde le indicarán como lo tiene que realizar. Un saludo
Buenos días, soy funcionario docente y me gustaría saber si los años que trabaje en Venezuela se pueden contar de alguna manera para la jubilación por clases pasivas, o si se espera en el futuro que pueda haber una cuerdo bilateral en ste sentido.
Muchas gracias.
Hola, he cotizado 20 años en España (hasta 2012). En dicho año me fui a Irlanda. Podría jubilarme a los 66 años en España (en el 2029). En España el departamento de jubilación m ha informado que para poder tener derecho a jubilación el periodo desde el último día que trabaje en España hasta el día en que me pueda jubilar en España no puede exceder de 16 años (y en mi caso serían 17 años). Me han dicho que podría remediarlo si trabajase 2 años en Irlanda. En Irlanda soy trabajador Autónomo. Las cotizaciones a la seguridad social en Irlanda no equivalen a las de España. Aquí si ganas más de 5000€ al año pagas 4% del importe de tu facturación al PRSI , menos de 5000€ no pagas nada o aportas un pago voluntario de 500€. Me gustaría saber si hace falta que aporte algún importe concreto para que España reconozca que he trabajado 2 años en Irlanda, si el haber trabajado como autónomo con un sistema de cotización tan diferente al español es válido para que se puedan unir esos dos años a mi vida laboral española y así tener derecho a mi jubilación en España cuando cumpla los 66 años.
Muchas gracias de antemano,
Catherine
Hola Catherine,
Lo sentimos pero desconocemos el sistema de Irlanda. La jubilación la tiene que solicitar en el lugar de residencia. Le recomendamos solicite información en la Seguridad Social del país donde resida. Un saludo
Hola
Tengo una duda
He cotizado 14 años 5 meses en Francia y 20 años y 7 meses en España. y ahora mismo tengo 65 años y 7 meses de edad.
He estado en la Seguridad social y me dicen que me sale más rentable coger solo los años cotizados en España, a que me hagan el cómputo de los dos países.
Que en España con los complementos alcanzaría los 639 euros y con el cómputo de los dos países solo seria unos 340e porque cogen sobre el 60% de la base.
esto es así?
Gracias
Hola Iván,
Efectivamente tal y como le han indicado en el INSS, para el cálculo de su jubilación teniendo en cuenta ambas cotizaciones, resulta más gravoso el compartirlas a que sólo se tenga en cuenta las bases de cotización en España.Un saludo
Soy español y vivo en España , estoy jubilado voluntario a los 60 CON LA
MÁXIMA PENSION DECfuncionarios CASES PASIVAS-unos 2080 euros con descuentos-
Hace unos días recibí una llamada de la embajada de USA diciéndome que tenía
derecho a un beneficio(así lo llaman ellos) pequeño por estar divorciado de
ciudadana norteamericana(ella hasolicitado pensión allÍ).Cumplo los requisitos
de haber estado casado más de 10 años con ella y no haber vuelto a casarme que
yo no sabía
Mi pregunta es ¿AFECTARIA A MI PENSIÓN MAXIMA, DE FUNCIONARIOS ACEPTAR ESE
BENEFECIO EXCONYUGE? .¿ME LO DESCONTARIAN DE MI PENSIÓN?
Gracias porque estoy un poco preocupado y no sé de una información verídica
Hola Miguel Ángel,
Debemos indicarle que las cantidades que usted perciba, no afectaría en modo alguno al importe de su pensión de jubilación voluntaria de Clases Pasivas.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Un saludo
Hola !! Me gustaria saber como puedo hacer para trasladar el tiempo cotizado en espana al sistema de cotizacion aleman. Es algo que me exige el gobierno aleman desde que me vine a vivr aqui. estuve trabajando 5 anos en espana. gracias por su colaboracion.
Hola Alberto,
Tendría que solicitarlo a la Seguridad Social Española. Un saludo
Domingo S
Buenos dias,
Tengo cotizados 40 años en españa y 8 en francia, en la actualidad sigo trabajando en francia, mi pregunta es si pedre sumar todo el periodo en francia para poder jubilarme a los 62
Saludos
Hola Domingo,
Aquí en España si suman las cotizaciones, en Francia no le podríamos dar una respuesta correcta. Le recomendamos solicite información en la Seguridad Social de Francia. Un saludo
Hola,
He trabajado casi 4 anos en Francia. Tengo 37 anos y aun me falta mucho por trabajar y viajar. Exisitiria la posibilidad, una vez llegada la jubilacion, de cobrar las pensiones de cada pais por separado y en cuentas abiertas de cada pais?
Y en el caso de juntar los anos trabajados en Francia junto con los de Espana para percibir una pension unica, el importe de lo cotizado en Francia seria menor que cobrandolo directamente en el pais de origen?
Muchas gracias.
Hola Albert,
Le indicamos que son compatibles el cobro de dos pensiones públicas, siempre y cuando cumpla con los requisitos para la obtención en ambos países.
En cuanto a saber que importe de la pensión le sería más favorable, tal información no se le puede indicar, porque desconocemos la normativa francesa, pero sin duda en España sería más favorable pues si no tuviera muchos años cotizados, se le reduciría el importe de la pensión, por lo que le podría favorecer tener más años cotizados. Un saludo
Hola,
Les agradezco su labor de ayudar a tanta gente que estamos como yo un poco confusos en este tema.
En mi caso, Tengo cotizados en España 5 años y en Perú 13 años , cumplo 65 en septiembre 2018 en unos meses, tengo derecho a recibir jubilación en España y como calcularla?
Soy español, y retornare a vivir a España a fin de año
Muchas gracias por su atención.
Hola Gervasi,
Lo sentimos pero no podemos darle una respuesta correcta. Le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo
Hola, soy mexicana y española, trabajo de siempre en México y me pensionaré por invalidez total y permanente, puedo recibir alguna pensión en España también?
Hola Carmen,
Lo sentimos pero en su caso no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo
SALUDOS
Tengo trabajando y cotizando profesionalmente 26 años en Venezuela y tengo nacionalidad española por mis padres. Estoy retornando a España y deseo saber cuáles son mis posibilidades de pensión en España. No tengo pensión venezolana y Tengo 58 años. Familia de una hija de 25 años estudiante y esposa de 60 años venezolana. Pregunto porque NO tengo claro si puedo optar por pensión contributiva o no contributiva, aún cuando trabaje por cuenta ajena o cuenta propia en España en los 8 años que vienen. Gracias
Hola Manuel,
Lo sentimos pero no podemos darle una respuesta correcta. Le aconsejamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social donde le aclararán todas sus dudas. Un saludo
He cotizado 21 años en Brasil de 1974 hasta 1995 y en España a los 67 años habré cotizado más 24 años.
En total he cotizado serán 45 años ,
Para la jubilación el % de la Base de Cotización será el 100% ? por haber pasado los 37 años obligatorios para recibir el 100% de la pensión?
Me gustaría de aclarar este tema.
Muchas Gracias
En España
Hola Roberto,
Lo sentimos pero en su caso no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo
Hola, Soy española y trabaje unos años en Andorra, tendria derecho a algo de jubilacion?
Hola Ana,
Para poder cobrar una pensión tiene que tener cotizados mínimo 15 años. Un saludo
Hola buenas tardes me llamo Carine soy Belga he trabajado en Belgica 22 Años y todavia estoy trabajando aqui en españa ya 24 años en Mayo cumplo 61 años. En Belgica ya estoy jubilado mi pregunta es cuando me puedo jubilar aqui en España.
Un saludo Carine
Hola Carine,
Su edad legal de jubilación en España serían los 65 años. Un saludo
Hola, tengo 33 años y he nacido y vivo toda mi vida en Alemania, pero tengo la nacionalidad española. Desde el 2004 estoy cotizando en Alemania.
Estoy pensando en irme a vivir a España. Me han dicho que una vez que me empadrone en España seria bastante complicado que me reconocieran los años cotizados en Alemania. Es mas, como le ha pasado a muchos inmigrantes pensionistas españoles recientemente que han regresado a España, se han encontrado con una multa de hacienda por no haber declarado que reciben una renta del extranjero (la suma de la renta española y alemana no puede ser mas alta que 11.200Euros anuales).
Yo ahora estoy un poco confuso porque naturalmente no me gustaría el día de mañana cuando me jubile, tenga que pagar una multa a hacienda ya que recibiré una renta de Alemania.
Tiene Alguien alguna experiencia con esto? Gracias
Hola Jose,
Para poder asesorarle correctamente necesitamos que formule su consulta. No obstante, cuando regrese a España será contribuyente por IRPF y tendrá que tributar por su renta mundial, es decir, por las rentas procedentes tanto de España como de Alemania, si bien se podrá deducir por doble imposición internacional, los impuestos pagados en Alemania. Un saludo
Buenos días, tengo intención de pedir la jubilación anticipada a los 63, ahora tengo 61 con 33 años y 8meses, con 63 tendré 35 años y 8 meses. Tengo 5 años trabajados en Portugal, me pueden informar si tendré forma de poder hacer valer ese periodo en la pensión y/o en el período que falta para la edad mínima obligatoria?. Y si es forzosa con 62 años y 34 años y 8 meses?. Reciban mis cordiales saludos y votos de un feliz año.
Hola Joaquín,
Sí se sumarían los años cotizados en ambos paises. No obstante, le recomendamos se ponga en contacto con cualquier oficina de la Seguridad Social para solicitar dicha información. Un saludo
Soy española y vivo en españa .me jubile en uruguay pues he trabajado 30 años alli
Estoy trabajando ahira en españa llevo dos años y medio
Puedo sumar los años con uruguau?