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Pensión por incapacidad: Subidas y tipos

persona en silla de ruedas con pensión por incapacidad permanente
4 Min de lectura
Existen un buen número de dolencias que pueden ser causa de una incapacidad permanente, te explicamos los requisitos para poder acceder a las diferentes pensiones.
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Blog Planes de Futuro MAPFRE
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La pensión por incapacidad permanente puede solicitarla quien sufra un accidente o enfermedad que reduzca o anule su capacidad de trabajar. No hay que confundirla en ningún caso con una pensión de jubilación, pues conceptualmente son cosas distintas. La Seguridad Social proporciona diferentes tipos de pensiones para personas con incapacidad permanente. Existen 4 grados de incapacidad y la cuantía de la pensión depende de ellos.

¿Quién puede solicitar una incapacidad permanente?

Toda aquella persona que esté afectada por un proceso patológico o traumático como consecuencia de una enfermedad crónica o accidente y haya visto cómo se reducía o anulaba su capacidad laboral de forma definitiva, puede solicitar una pensión por incapacidad permanente con el objetivo de cubrir las pérdidas en sus rentas salariales o profesionales. La incapacidad puede derivar de un accidente profesional o fuera del trabajo y de una enfermedad laboral o común.

Los solicitantes deben estar incluidos en algún régimen de la Seguridad Social al que corresponda este derecho y que el Instituto Nacional de la Seguridad Social le reconozca la incapacidad permanente mediante un dictamen de un Equipo de Valoración de Incapacidades.

¿Qué grados de incapacidad permanente existen y a qué dan derecho?

    • Incapacidad permanente parcial: ocasiona al trabajador una disminución como mínimo del 33% en el rendimiento para dicha profesión. La incapacidad permanente parcial consiste en una indemnización a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal).
    • Incapacidad permanente total: inhabilita al trabajador para ejercer su profesión, pero puede dedicarse a otra distinta. En este caso es el 55% de la base reguladora, aunque se incrementa en un 20% a partir de los 55 años cuando por diversos motivos se presupone que existe una dificultad latente en conseguir un empleo diferente al habitual.
    • Incapacidad permanente absoluta: inhabilita para cualquier profesión (100% de la base reguladora).
    • Gran invalidez: la persona incapacitada necesita de la asistencia de otra para su rutina diaria. Se obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento. A la hora de solicitar cualquier tipo de pensión por incapacidad permanente es necesario cumplir con una serie de requisitos generales y de cotización, que variarán según el grado de discapacidad. A pesar de ello y tal como explica la Seguridad Social, “si la incapacidad deriva de accidente sea o no de trabajo o de enfermedad profesional no se exigen cotizaciones previas”.

Cuantías mínimas de las pensiones por incapacidad permanente en 2023

  • Absoluta o 65 años: 13.526,80 al año (966,20 al mes) para los que tengan al cónyuge a cargo, 10.406,20 euros al año (743,30 al mes) con cónyuge no a cargo y 10.963,40 euros al año (783,10 al mes) sin cónyuge.
  • Total de 60 a 64 años: 12.682,60 euros al año (905,90 al mes) para los que tengan al cónyuge a cargo, 9.695,00 euros al año (692,50 al mes) con cónyuge no a cargo y 10.256,40 euros al año (732,60 al mes) sin cónyuge.
  • Total derivada de enfermedad común menor de 60 años: 8.082,00 euros al año (577,30 al mes) con cónyuge a cargo y 8.012,20 euros al año (572,30 al mes) con cónyuge no a cargo.
  • Gran invalidez: 20.290,20 euros anuales (1.449,30 al mes) para los que tengan al cónyuge a cargo, 15.610,00 euros al año (1.115 al mes) con cónyuge no a cargo y 16.445,80 euros al año (1.174.70 al mes) sin cónyuge.

figuras de madera, pareja de ancianos, persona en silla de ruedas y frasco de cristal con monedas

Cuantías para 2024

Para 2024 se espera que las pensiones por Incapacidad e Invalidez aumenten un 4%.

Cuando el beneficiario de una pensión por incapacidad permanente cumple 65 años, ésta pasa a denominarse pensión de jubilación. Además, mientras llega ese momento, la situación de incapacidad se puede revisar por casos de agravación, mejoría, error de diagnóstico, etc. La resolución de este reconocimiento puede derivar en la modificación del grado o incluso en la extinción de la incapacidad y por lo tanto, de la pensión.

También hay que añadir que si la incapacidad se ha producido por un accidente de trabajo o enfermedad profesional, la prestación económica tendrá un incremento en función de la gravedad en torno al 30% o 50%.

¿Cuándo se considera incapacidad permanente?

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ofrece una definición completa y ajustada a ley que responde a la pregunta qué es la incapacidad permanente. Esta explicación legal del concepto en España explica de forma ajustada que características entraña esta posibilidad.

“Es la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. No impedirá tal calificación la posibilidad de recuperación de la capacidad laboral del inválido, si dicha posibilidad se estima médicamente como incierta o a largo plazo”.

¿Por qué pagan el 75% por incapacidad permanente total?

La pensión por incapacidad permanente total asciende al 75% de la base reguladora cuando el trabajador supera los 55 años y no está trabajando. La razón es que a partir de esa edad se presupone que es más difícil encontrar trabajo, de manera que el incremento de la pensión compensa la carencia de empleo.

En MAPFRE tenemos un producto para cada necesidad, desde planes de ahorro para quienes no quiere invertir en un producto de muy largo plazo, como los PIAS, hasta las mejores soluciones para proteger el momento de tu jubilación con los Planes de Pensiones MAPFRE.

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Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 8 Ene, 2024
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Comentarios (300)

  1. Buenos días. tengo 75 años (pronto 76), estoy cobrando una pensión de Jubilación de #787,**#, derivada Invalidez Absoluta (año 2000), pero es que además tengo un grado de discapacidad del 66% (reconocida en año 2000) y reconocida una Dependencia de Grado II, (año 2022 o 2023 no recuerdo) por diversas enfermedades y limitaciones corporales.
    Mi pregunta es: ¿PUEDO PEDIR UN AUMENTO DE LA CANTIDAD DE MI PENSIÓN MENSUAL?
    Por falta de capacidad del habla (operado de cáncer de laringe) no puedo responder al teléfono, ruego e-mail o WhatsApp. (mejor correo electrónico)

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    • Hola Alejandro,
      Puede solicitar en la Seguridad Social una revisión de la pensión, aportando toda la documentación que pueda aportar. Un saludo

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  2. Soy jubilado hace 10 años y ahora con 71 años me han dado una discapacidad permanente del 69%, puedo reclamar que me den lo que me desquitan por jubilación anticipada, teniendo cotizado 40 años y tres meses

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    • Hola Miguel Ángel,
      Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social y pida una revisión de la pensión. Un saludo

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  3. Hola. Tengo 62 años y cotizados 34. Sufro de fibromialgia y fatiga crónica. También 2 hernias de disco. Podría jubilarme? Gracias

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    • Hola Esperanza,
      Tendría que tener una discapacidad igual o superior al 45% para poder acceder a una jubilación anticipada. Un saludo

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  4. Tengo que llevar los informes de la clínica privada al tribunal medico del INSS para que valoren la incapacidad? O los pueden pedir ellos directamente a la clínica?. Soy funcionario y no tengo Seguridad Social

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    • Hola Ana,
      Tiene usted que aportar toda la documentación. Un saludo

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  5. Muy buenas! Soy mujer de 45 años. Tengo minusvalía 33%+ y pensión por el transplante renal desde hace 5 años. Y me acaban de realizar también el transplante del hígado. Me pertenece aumento de grado de minusvalía y pensión?

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    • Hola Lucia, tiene que ponerlo en conocimiento. Le recomendamos consulte con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

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  6. Me gustaría saber de cuanto sería mi pensión si mi sueldo o es de 800€, llevo cotizado 15 años y tengo una discapacidad del 79%

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    • Hola María, lo sentimos pero no tenemos suficientes datos para darle una respuesta correcta. Le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

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  7. Buenos días,mi nombre es Iván tengo 38 años y una invalidez parcial del. 55% estoy cobrando 532€ ,hay alguna posibilidad de cobrar más ya que creo que tengo una invalidez mayor? Gracias

    Responder
    • Hola Iván, lo sentimos pero no podemos darle una respuesta correcta. Le recomendamos consulte con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  8. Hola le pregunto haber si me puede sacar de dudas yo en el mes de febrero me jubile con 63 años ya habiendo cotizado 46 años actualmente estoy cobrando mi pensión con una retención del 7,5% y en el mes de junio me han reconocido una minusvalia permanente del 67% mi pregunta es ? Yo estoy exento de esa retención y también para la declaración de la renta ? Tendré que pasar un tribunal médico de la seguridad social o ya no muchas gracias y un saludo

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    • Hola Fernando, lo sentimos pero no tenemos datos para darle una respuesta correcta. Le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

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  9. Hola tengo reconocida una minusvalía del 66% desde hace 26 años, ahora tengo 58 , tengo cotizados sobre 25 años, mi médico me ha dado un informe en el que me diagnostica ceguera legal puedo acceder a la jubilación y que cuantía recibiría en caso de ser posible?

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    • Hola Lucia, lo sentimos pero no tenemos datos para darle una respuesta correcta. Le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

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  10. Hola me dieron incapacidad por una asiática persistente me dieron el 33%. Antes de los 70. Ahora tengo 70. Mi pensión es de 840 € no tuvieron en cuenta que tb tengo un marcapasos. Y epoc grave. Aportando esas enfermedades podría aumentar mi incapasidad. Y subir la paga? Gracias y un saludo

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    • Hola Carlos, lo sentimos pero no podemos darle una respuesta correcta, le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

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  11. Hola, tengo 34 años, desde los 24años estoy padeciendo una enfermedad que tiene invalidez total, cada año voy empeorando, por lo que tengo cotizado muy poco por los contratos «basuras», no he solicitado esa ayuda aún, me gustaría saber si por ser tan joven desde que la padezco y no haber podido trabajar si podría cobrarla, agradezco que alguien me conteste.

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    • Hola Ana,
      Podría solicitar una pensión por discapacidad. Un saludo

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  12. Hola soy un hombre de 48 años y desde el 2017 me concedieron la incapacidad permanente en el grado de total para la profesión habitual con un 33% o superior minima de minusvalia mi pregunta es si puedo solicitar una subida de grados y pension pues actualmente no e trabajado en nada y me a afectado sicologicamente derivado a un trastorno adaptativo con alteracion del animo y la conducta tratado con medicación ziprexa y antidepresivos.

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    • Hola Rufino,
      Sí puede solicitar una revisión de su actual estado clínico. El Tribunal médico según los informes que aporte será el que considere el grado de discapacidad. Un saludo

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  13. Hola, solicité él años pasado en diciembre del 2021 por mi cuenta, la incapacidad permanente y me la denegaron en enero del 2022, al mismo tiempo, cómo llevaba de baja más de 18 meses, y después de haber ganado dos sentencias por darme el alta médica de manera injustificada, el INSS me abrió otro expediente de incapacidad permanente después de solicitar yo el primero via administrativa cosa que no es muy habitual verdad? Mi pregunta es, después de ganar dos sentencias estando de baja, de presentar diferentes patologías crónicas irreversibles y presentar mis informes y grado de discapacidad del 69%, como todavía suceden estas cosas con el INSS? He trabajado por cuenta ajena 10 años, y ahora ya no puedo hacerlo. Gracias

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    • Hola Carmen,
      Sentimos su situación, pero desconocemos el motivo. Un saludo

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  14. Buenas Dias,
    Mi nombre es Umar Tariq tengo 36 años y soy taxista de Madrid, hace un año que caido de escalera por eso tengo problema lumbar, tengo 2 herniacion en L3-L4 y un L5-S1. hace poco dias fue la officina de INES o tribunal de Medico y la doctora me dicho que tengo que esperar porque pendiante de infiltracion. soy resposnble di mi familia. los medicos dicen que no voy q recuperar como antes entonces la pregunta es que me mandan por pension? y si me mandan por pension cuanto voy a cobrar? y que nivel de discapacidad va tener?
    mucha gracias

    Responder
    • Hola Umar,
      Dep0ende de lo que dictamine el Tribunal Médico. En cuanto la cuantía nosotros desconocemos la cantidad ya que no disponemos de sus bases de cotización. Un saludo

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  15. Hola , buenas tardes.
    .Estoy cobrando una pensión por incapacidad permanente total para la profesión habitual desde hace 4 meses por accidente de trabajo mejorada al 75% al tener 64 años y solicitarla.
    Tengo pendiente expediente de recargo por falta de medidas de protección por parte de la empresa.
    Mi pregunta es que si en un mes que cumplo 65 años y puedo acceder a la pensión de jubilación, que un poco mejor que la actual de incapacidad mejorada, es si entonces perdería el recargo solicitado continúa o cesa su trámite.al pasar a pensionista por jubilación o es mejor esperar a que se resuelva .
    Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Fernando,
      Es mejor esperar a la resolución y luego ver cual es la más beneficiosa para usted. Un saludo

      Responder
  16. Voy a pasar por la Unidad de Valoración del INSS, podría renunciar a una posible IP Total y optar por la jubilación anticipada ya que voy a cumplir 63 años y tengo 40 años cotizados?

    Responder
    • Hola Mª Angeles,
      Debería valorarlo, ya que puede que le salga más beneficioso optar por la Incapacidad hasta su edad legal de jubilación, ya que la jubilación anticipada conlleva coeficientes reductores. Un saludo

      Responder
  17. HOLA, mi pregunta es,, si me conceden la invalidez permanente para mi trabajo habitual, la empresa tiene que despedirme o tiene que recolocarme en otro puesto? puedo cobrar el paro y la pensión ? puedo cobrar la pensión y la ayuda mayores de 52 años? tengo miedo a que me despidan. gracias.

    Responder
    • Hola Ana,
      La empresa no le puede despedir, la tendrían que recolocar en otro puesto . Un saludo

      Responder
  18. Hola… acabo de cumplir 65 años, por lo tanto podré jubilarme a partir del próximo mes. Justo hace 3 meses sufrí un infarto, y por este motivo, estoy de baja. Mi pregunta es, debo solicitar la minusvalia antes de jubilarme?. Es indifeferente?. A nivel de ingresos, tener la minusvalia aumento la paga de jubilación, o no afecta en nada?. En algunos post, entendí que eran pagas diferentes, cuál me sería más recomendable, la de minusvalía o la de jubilación?

    Gracias,
    DM

    Responder
    • Hola Jose, ambas pensiones -incapacidad y jubilación- son incompatibles, por lo que tiene que optar por una de ellas. Si, cuando llegue la edad legal de jubilación elige la de incapacidad, recibirá la misma cuantía que venía recibiendo, pero pasará a denominarse «pensión de jubilación».
      Si opta por la de jubilación, se calculará la cantidad teniendo en cuenta todas las cotizaciones, incluidas las que se usaron para calcular la pensión por incapacidad. Esta opción suele ser la más favorable, aunque depende de las circunstancias personales de cada uno. Por lo que le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  19. Hhola buenas tardes ,yo queria hacer una pregunta.
    Mi madre tiene 63 años y desde los 37 debido a un cancer le dieron una invalidez ,ella viene cobrando 700 e me gustaria saber si tendria acceso a alguna ayuda mas hasta los 65 años que le dieran por jubilada ,muchas gracias

    Responder
    • Hola Erika,
      Si está cobrando ya una pensión no puede recibir otra prestación. Un saludo

      Responder
  20. Hola soy Rosa, he recibido la resolución del INSS donde me aprueban una pensión de incapacidad permanente, en grado ABSOLUTA. Como aún estoy en tratamiento médico será
    revisable en el plazo de un año. Yo soy autónoma. El importe que me ha quedado es 642,90€. Hasta aquí todo correcto, mi sorpresa ha sido cuando este mes me han descontado el recibo correspondiente a este mes del seguro de autónomos ¿esto es así?

    Responder
    • Hola rosa,
      Con los datos que aporta si le han recocido este grado de incapacidad desde la fecha del reconocimiento no tendrá que abonar la cuota de autónomos. Mi consejo es que acuda a su oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social con la resolución para que regularicen su situación y tengan constancia de la misma.Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Reciba un cordial saludo.

      Responder
      • Muy agradecida por la respuesta y por la atención que ha tenido conmigo, Un saludo.

        Responder
  21. ¡Hola! acabo de cumplir 65 años y me faltan 8 o 9 meses para llegar a la edad de jubilacion ordinaria. tengo una discapacidad total para el desarroyo de mi profesion y percibo una pension desde hace 10 añosy tambien he estado trabajando pero al final he perdido este trabajo.¿Puedo solicitar El 20 por ciento de incremento de mi pension por discapacidad al INNS a pesar de mi alta edad? he hecho calculos y me seria mas rentable que la jubilacion ordinaria ¡Gracias!

    Responder
    • Hola Lope,
      La incapacidad permanente total cualificada se a los trabajadores que no pueden realizar su trabajo habitual y además le es complicado encontrar otro tipo de empleo. En este caso, el trabajador podrá solicitar un incremento de la pensión de un 20%, para percibir el 75% de la base reguladora.

      Requisitos

      • Acreditar la la dificultad de encontrar un empleo compatible con la incapacidad permanente, derivado de la propia enfermedad, y de la situación social del trabajador. Esta situación se acredita de manera automática a los 55 años.
      • No estar trabajando en otro sitio ni tener un negocio a nuestro nombre. No estar dado de alta ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia ya que recordemos que es perfectamente compatible el trabajo con una incapacidad permanente total. Incluso no es posible cobrar este aumento, si se recibe una pensión de jubilación o si el trabajador es titular de un establecimiento mercantil, aunque no esté dado de alta en el régimen de cuenta propia (autónomos).
      ¿Qué pasa si trabajo o obtengo un trabajo posteriormente?

      No es compatible el aumento del 20% con trabajar en otro trabajo. Por lo tanto, si se trabaja y se está cobrando este aumento, se suspenderá el pago del 20% que se podrá reanudar cuando se extingue la relación laboral.

      Mi consejo es que acuda al INSS a solicitarlo y comprobar si tiene derecho.

      Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés.

      Reciba un cordial saludo.

      Responder
  22. Hola.
    En primer lugar quiero daros las gracias por su ayuda y consejos.Tengo 55 años recién cumplidos y una incapacidad permanente total desde 2016 por la que cobro 495€.Discapacidad de 53% reconocida por varias enfermedades.Al cumplir 55 años solicité el aumento de 20% y acabo de recibir la carta donde me dicen que
    El citado increcimiento no produce modificacion en el importe de la pension
    Pension 357,55€
    Mejoras 12,83€
    Comlpem 124,62€
    Liquido 495,00€

    Lo mismo lo que persibo desde este junio cuando me aumentaron la pension por el incremento en enero.
    Por que no se me aumento la pension?.
    Gracias y un saludo

    Responder
    • Hola Lucía,
      Lo sentimos pero desconocemos el motivo de la denegación del aumento. Le recomendamos solicite revisión del expediente en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  23. Cuanto debo cobrar estando jubilado con el 55% de discapacidad por enfermedad?

    Responder
    • Hola Pedro,
      Depende de las bases de cotización que tenga. Un saludo

      Responder
  24. Hola. Tuve un accidente de circulación fuera de horario de trabajo el 19-12-2019, a fecha de hoy 7-5-2019, aún sigo de baja.
    Pasé por el tribunal del ICAM el 19-12-2019 y me concedió una prórroga más. Ayer dia 6-5-2019, de nuevo tuve otra revisión en el ICAM y el médico hizo una propuesta al INSS de evaluación de incapacidad. (Aún así yo sigo en rehabilitación en el hospital, pero sin ninguna posibilidad de recuperación)
    Tengo 62 años y cumpliré los 63 dentro de 40 días..
    Tengo cotizados 42 años y medio a la S. Social en R.G.
    Tenía pensado pedir jubilación anticipada a los 63, pero si me dan una pensión creo que saldré perdiendo dinero.
    Llegado el momento puedo cambiarla por la jubilación anticipada o puedo darme de alta yo mismo y así hacer los dos meses de vacaciones que me debe la empresa y una vez superados los 63 años pedir la jubilación anticipada?.
    Qué es lo que me resulta mejor?.
    Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Enrinc,
      Debemos indicarle que aunque a usted se le conceda la incapacidad permanente total o absoluta, podría una vez llegado a los 63 años solicitar la jubilación anticipada pero aconsejamos que pregunte en la seguridad social que cuantía tendría usted en el supuesto de IPT o IPA o en supuesto de jubilación anticipada para poder optar entre uno u otra, eso si tenga en cuenta que la concesión de la jubilación anticipada no sería revisable pero si podría revisarse la IPT o IPA.
      Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Reciba un cordial saludo.

      Responder
  25. Hola, soy Teresa y tengo 53 años. Me fue diagnosticado un cancer de pulmón y solo tengo 4 años de cotización en España, pero tengo más 29 años de cotizaciones en Portugal. Al abrigo de los convenios de la UE, tengo derecho a una pension por incapacidad en España? Se si, como puedo hacer el calculo, mi base reguladores es: 3751€. Muchas gracias

    Responder
    • Hola Teresa,
      Sentimos su situación, pero en su caso le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social donde le podrán aclarar todas las dudas sobre su situación. Un saludo

      Responder
  26. Hola después de dos años de baja por rotura de dos tendones en el hombro y con 60 años q tengo me han otorgado una incapacidad permanente total en mi trabajo soy montador de muebles y me han dado el 55% sobre una base d1120 euros puesto q la mutua considero q era d enfermedad común y después de reclamar a la seguridad social dictaminó en los mismos términos.aunque la realidad es q la lesión venía desde un año anterior y la consideraron entonces como accidente,en la actualidad no tengo otros ingresos q esos 625 euros q m otorgan después de 43 años cotizados de los cuales más de 25 en la empresa q me paso el accidente,considero q es injusto q una persona después d tanta cotización,se quede con una pensión tan ridícula y la empresa también se libre de todo en un plumazo de un tribunal tan imparcial.mi pregunta es con esta pensión la empresa es cierto q no tiene q dar ninguna indemnización después de más d 25 años dejándote la piel y tampoco la obligación de darte un puesto d trabajo adecuado para las condiciones de ese trabajador gracias

    Responder
    • Hola Alberto,
      Debemos contestarle que efectivamente si a usted se le concede la incapacidad permanente total para su trabajo habitual, se rescinde su contrato de trabajo, sin derecho a indemnización alguna ni con obligación de ofrecerle otro trabajo en puesto distinto por su empresa. No obstante, como usted sabe, podría compatibilizar la pensión por incapacidad permanente total, con otro trabajo que no tenga que ver con su situación laboral hasta la fecha.
      Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés.Un saludo

      Responder
    • Hola Alberto, con 60 años puede solicitar en la Seguridad social que le abonen un 20% más de su pensión de incapacidad permanente total, ya que al cumplir los 55 años tiene derecho a ello.

      Responder
  27. Hola, buenas noches: Tengo 65 años y cuando tenia 53 tuve un accidente Laboral en la construcción y con lo que después de estar de baja por la mutua y una vez operado por don veces me pasaron a valorarme la minusvalía existente Y por la que me otorgaron «Incapacidad total permanente» con la que me asignaron una paga Pero? Con las extraordinarias prorrateadas en la misma Ya que solo tengo 13 años y 8 meses cotizados Ademas de 15 meses de Servicio Militar Que no se si me contara para cumplimentar esos 15 años que exige la ley Laboral Mi pregunta es la siguiente: Tengo que ir al INSS a solicitar la Jubilación u paso automáticamente ah ella Y una vez ya como Pensionista tengo derecho a las 14 Pagas o seguiré percibiendo como hasta ahora 12 nada más Gracias. Saludos!!

    Responder
    • Hola Rafael,
      Pede usted renunciar a la pensión de incapacidad permanente y solicitar la pensión de jubilación si esta última es más favorable.
      El artículo 200 de la Ley General de la Seguridad Social establece que Las pensiones de incapacidad permanente, cuando sus beneficiarios cumplan la edad de sesenta y siete años, pasarán a denominarse pensiones de jubilación. La nueva denominación no implicará modificación alguna, respecto de las condiciones de la prestación que se viniese percibiendo.
      En principio, a tener de la literalidad de lo dispuesto en el artículo 200, no habría variación en la cuantía de la pensión a cobrar.
      No habría tampoco derecho de opción, pues esa posibilidad solo cabe en el supuesto de que el hecho causante se produzca a los 65 años y derive de contingencias profesionales.
      Sin embargo, la subdirección general de ordenación y asistencia jurídica resolvió que aunque el artículo 3 de la Ley General de la Seguridad Social no permite la renuncia de derechos, si cabe la misma cuando el beneficiario tenga por finalidad adquirir un derecho a otra prestación de la Seguridad Social más favorable y que ello no contraríe el interés o el orden público ni perjudique a terceros (artículo 6,2 del Código Civil). Esta consulta, 8/20018 de 18 de abril de 2017, hace referencia a un complemento de maternidad, pero por analogía se puede aplicar al caso concreto.
      Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Un saludo

      Responder
  28. HOLA BUENAS TARDES ,mi pregunta es ,yo soy ciudad y tengo incapacidad permanente y me pagan el 75 % yo era policía local del de 1979 hasta junio 2016, y mi pregunta es me hacen 75% con la suma de mi cotización más viudedad? Porque de la viudedad me quitan 100 euros , por favor quiero saber . Gracias

    Responder
    • Hola Marucela,
      La pensión de viudedad es compatible con cualesquiera rentas del trabajo en base al artículo 223 de la Ley General de la Seguridad Social. Las dos pensiones son compatibles, pero puede ocurrir que la suma da ambas supere la pensión máxima para 2018 en cuyo caso tendrán que reducirse las dos o una de ellas. Un saludo

      Responder
  29. Buenos días, mi padre desde el 2009 con 56 años de edad, cobra una pensión por incapacidad permanente total (debido a un accidente laboral). Tenía cotizados 35 años, una discapacidad del 33% y percibe el 75% de la base reguladora (unos 1100€). En abril cumplió los 65 años, en la SS.SS le han hecho el computo de la jubilación y le sale a unos 788€. Tiene derecho a elegir entre una y otra? porque si no se va a ver perjudicado. ¿Por qué eligen otra base reguladora para calcular la pension?
    Un saludo.

    Responder
    • Hola Encarni,
      Puede optar entre la pensión de jubilación o la pensión de incapacidad.
      No eligen otra base reguladora. Lo que ocurre es que para el cálculo de la base reguladora el número de años que se toman es distinto. En el caso de la incapacidad permanente total se toman los últimos 8 años cotizados y en el supuesto de la JUBILACIÓN se computan los últimos 21 años cotizados al producirse el hecho causante en 2018. Si su padre no trabajó desde que cumplió los 56 años tendremos unas lagunas de cotización desde que a su padre le concedieron la incapacidad (a los 56 años) hasta los 65. ¿Cómo se rellenan esas lagunas? pues los primeros 48 meses con la base mínima de cotización y el resto por la mitad de la base mínima. Un saludo

      Responder
  30. Hola mi suegra tiene 65 años y tiene una operacion de espalda que le impide caminar puede pasar por el tribunal medico para los grados de incapacidad para recibir una prestacion por la seguridad social ? Gracias

    Responder
    • Hola Macarena,
      Lo sentimos pero no podemos darle una respuesta correcta. Le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  31. Hola,Me llamo Ramon y llevo trabajando en una empresa de fundición 14 años y llevo 23 meses de baja por problemas en un brazo,los primeros cuatro meses por la mutua,y 18 meses por la seguridad social,ahora estoy por la mutua ya que hice un cambio de contingencias y me han dado la razón, en este mes e ido al tribunal médico porque ya cumplía los 18 meses le presente documentación de que estoy en lista de espera para ser operado del brazo por la seguridad social por que yo aunque me a tenido que cojer la mutua no he dejado la seguridad social, ya que la mutua no quiere hacerse cargo de mi ni operarme, a los tres días me llama la mutua para recojer una documentación cuando veo que es una propuesta del icam para una imbalidez,y mis preguntas son, me puedo negar a esa propuesta del icam por perjuicios económicos ya que el tiempo que estaría de incapacidad no cotizaría y cuando me operaran lo mas seguro me tendría que incorporarme a mi puesto de trabajo y la empresa ya no me quiere allí, y se puede hacer algo con la empresa con alguna negociación o algo como por ejemplo un despido objetivo, y si la seguridad social aceptara a la imbalidez que calculos seria si la empresa tendría que pagarme algo de estos meses que estuviera con la imbalidez o la mutua según me menciono el anterior comentario que le mande de que tenia que incrementar la pensión entre un 30% o 50%, me pudiera explicar como funciona porfabor, gracias un saludo.

    Responder
    • Hola Raon,
      1º La resolución de la seguridad social en cuanto a la incapacidad permanente puede ser en uno de estos sentidos:
      a) No le conceden la incapacidad permanente: tendrá usted que hacer reclamación previa a la vía judicial manifestando las razones que usted opone. Si no nos dan la razón tendremos que interponer demanda ante el juzgado de los social
      b) Le conceden la incapacidad permanente. En este caso usted puede oponerse al grado de incapacidad reconocido. Por ejemplo, si la incapacidad permanente es total usted puede reclamar que la incapacidad que le corresponde es la absoluta. Igualmente deberá hacerlo por el trámite de la reclamación previa a la vía judicial. Igualmente tendremos que interponer demanda ante el juzgado de lo social.
      c) Puede ocurrir que no le concedan la incapacidad permanente pero le mantengan en situación de incapacitad temporal porque la seguridad social entienda que existen posibilidades de recuperación. En este caso ya no existe la obligación de cotizar por la empresa.
      d) También es posible que le den el alta médica, que podrá usted impugnar en el plazo de 4 días naturales y comunicarle a la empresa la impugnación en el día inmediatamente hábil siguiente.
      NO PUEDE USTED OPONERSE A LA PROPUESTA DEL ICAM simplemente porque no le conviene.
      2º Usted puede negociar con la empresa una salida laboral en cualquier momento, pero se trata de que usted y la empresa lleguen a un acuerdo económico. Los casos de accidente laboral efectivamente dan lugar a un incremento de la pensión cuando el accidente se debe a culpa o responsabilidad de la empresa. Todo ello con independencia de que el convenio colectivo de aplicación puede tener prevista la posibilidad de una indemnización para el caso de accidente laboral con resultado de muerte o invalidez.Un saludo

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  32. Hola,llevo trabajando en una empresa de fundición 14 años y llevo 23 meses de baja por problemas en un brazo,los primeros cuatro meses por la mutua,y 18 meses por la seguridad social,ahora estoy por la mutua ya que hice un cambio de contingencias y me han dado la razón, el mes de marzo paso el tribunal médico, mi pregunta es si me dan una invalidez me tienen que indemnizar la mutua o la empresa o me pudiera explicar como funciona, gracias un saludo.

    Responder
    • Hola Ramón,
      Se trata de un accidente laboral por tanto:
      1º Si el tribunal médico considera que usted está en situación de incapacidad permanente es el INSS quien abonaría una PENSIÓN o una indemnización a tanto alzado si se trata de una pensión de incapacidad permanente parcial.
      2º Si en el accidente o enfermedad tiene responsabilidad la empresa, se incrementan entre un 30% o un 50% las prestaciones por incapacidad permanente. Este recargo se determina mediante resolución del INSS a propuesta de la inspección de trabajo o a instancia del trabajador. No lo paga la seguridad social, sino la empresa.
      3º El convenio colectivo puede obligar al pago de una indemnización en los casos de accidente o enfermedad profesional. Normalmente en estos casos el convenio obliga a la empresa a suscribir un seguro de accidentes.
      4º Usted puede pedir una indemnización por responsabilidad civil si el accidente se ha producido por culpa o negligencia grave de la empresa.
      Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés.
      Reciba un cordial saludo.

      Responder
  33. Que periodo de cotización se exige para una invalidez permanentemente total siendo autónomo si ésta deriva de un accidente laboral

    Responder
    • Hola Olga,
      No existen periodos de carencia si la incapacidad permanente total deriva de un accidente laboral. Un saludo

      Responder
  34. Hola tengo 64 años y estoy cobrando el 75% de la base reguladora por tener reconocida una pension por incapacidad permanente total mi pregunta es si cuando cumpla los 65 años cobrare el 100×100 de la base reguladora, de 1600 euros, ?tengo cotizado 28 años,? o me seria mas favorable la jubilacion

    Responder
    • Hola Mencara,
      Si hemos cotizado 28 años nos corresponde cobrar el 86% y no el 100% de la base reguladora de la pensión de jubilación. Normalmente suele ser más beneficioso el cobro de la pensión de jubilación y el INSS nos ofrece la posibilidad de optar por una u otra.Un saludo

      Responder
  35. Hola desde 2004 soy pensionista permanente total.enpece a cobrar 286.00 €. El trabajo que tenia entonces era agricultura. Mi pregunta sería que asta 2017 cobro 340 €. Yebo varios años trabajando en empresas de. Menusvalia. Mas de 13 años cotizando en empresas. Por régimen general. Seria normal siguir cobrando lo mismo o igual se podría recurrir para que me subieran la pensión. Gracias

    Responder
    • Holoa Eugenio,
      Siempre puede optar por una revisión de la pensión. Le recomendamos solicite información en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  36. Hola Me llamo Juan, tengo reconocida una incapacidad permanente total para mi puesto de trabajo por la Seguridad Social pasado un tribunal medico, tengo 56 años y cobro el 75%, ahora me han dado una minusvalía o discapacidad del 66% me podría jubilar con el 100%. tengo cotizado sobre 28 años.
    Gracias

    Responder
    • Hola juan,
      Debemos indicarle que lamentablemente, pese a haber tenido reconocido más del 65% de minusvalía y ser mayor de 56 años no obtendría el 100% de la pensión pues para ello, requiere tener al menos 35 años cotizados. Un saludo

      Responder
  37. Hola buenas tardes yo tengo 28 años 7mese y 8 día y 55 años de edad podía pedir la jubilación anticipada con una patología en el hígado

    Responder
    • Hola Carmen,
      Tendría que tener un mínimo del 45% de discapacidad para poder optar a la jubilación anticipada. Un saludo

      Responder
  38. Hola, tengo 48 años y tengo una minusvalía del 33% trabajo como agente vendedor en la ONCE, desde el 2009. En 2016 tuve un accidente de moto fuera del trabajo, (accidente no laboral) y me fastidie el mismo pie donde tengo la minusvalía. Lo tuve varios meses vendado y el traumatólogo me mando un calzado ortopédico, y al pasar la inspección me dieron en alta. A otro día tenia cita con el traumatólogo y al no estar bien el pie me dijo que la solución era hacer una triple artrosis en el pie y tobillo y me puso en lista de espera para operarme. El médico de cabecera te volvió a dar la baja pero ahora como enfermedad común. En este momento estoy operado y en peor estado que antes, en unos días pasare tribunal medico por llevar 18 meses de baja. Me gustaría saber que me puede pasar si me jubilarse, en total tengo unos 14 o 15 años cotizados.
    Un Saludo.
    Ismael

    Responder
    • Hola Ismael,
      De momento no se podría jubilar. El tribunal médico es quien tiene que valora en todo caso una incapacidad permanente. Un saludo

      Responder
  39. Hola me llamo Martín y estando en la armada española me an trasplantado un riñón y me an dado la incapacidad permanente absoluta y no se si por la seguridad social podrá cobrar algo más… yo ya cobró mi pensión pero no se si es del Ejército puedo pedir algo más por la seguridad social gracias…

    Responder
    • Hola Martín,
      Lo sentimos pero no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  40. hola , tengo una enfermedad profecional con un dictamen de la super intendencia de mano derecha. la misma dice incapacidad parcial permanente definitiva del 31 %%. ME CORRESPONDE ALGUNA PENSION??????????

    Responder
    • Hola María,
      Lo sentimos pero no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  41. Hola, mi esposo tiene 64 años y tiene Incapacidad PermanenteTotal para su profesion hace un año y medio. En Febrero cumple 65 años, tiene cotizados 42 años. ¿ Tendrá posibilidad que le aumente la cuantia ( actual 790 eur 55%+20% ) cuando cumpla la edad oficial de jubilacion? La revision es en febrero 2018. Gracias.

    Responder
    • Hola Josefa,
      Si en la revisión le conceden la incapacidad absoluta, si le subirá la pensión. Un saludo

      Responder
  42. tengo 67 años soy jubilada permanente total con un grado de discapacidad del 58% mobilidad reducida podria pedir revision de grado

    Responder
    • Hola Ängela,
      Si puede solicitar revisión del grado de incapacidad. Un saludo

      Responder
  43. Hola me llamo Antonio tengo una esplatomia que es falta del vaso a causa de un accidente me abrieron todo de arriba a bajo para operar a consecuencia de eso en el trabajo al hacer esfuerzo ya se me a abierto dos veces la herida y ya dicen que es tontería opera que tipo de invalidez me quedaria con veinte años cotizados en el rejimen jeneral y cuarenta y cuatro años

    Responder
    • Hola Antonio,
      Lo sentimos pero no tenemos la suficiente información para poder darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  44. Tengo 48 años y más de 15 años cotizados cuando tenía 15 años sufri un accidente de tráfico por el cual me amputaron una pierna tengo un porcentaje del 40% de minusvalía desde el año 85 ?tengo derecho a cobrar algún tipo de pensión aparte del trabajo que estoy realizando actualmente? Nunca he cobrado ningún tipo de pensión

    Responder
    • Hola Anibal,
      Teniendo más del 33% de minusvalía, es posible que si pueda tener derecho a una pensión. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social donde le podrán informar de todos los pasos que tienen que seguir. Un saludo

      Responder
  45. Buenos días
    Soy un chico de 30 años .tengo diferentes problemas psiquiatricos como depresión, brotes psicóticos y trastorno obsesivo compulsivo.Que pasos tengo que seguir para que me den una pensión?Tengo informe médico realizado por mi psiquiatra para que me concedan el grado de minusvalía.
    Gracias y un saludo

    Responder
    • Hola José,
      En su caso le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social donde le podrán informar de todo el proceso que tiene que seguir. Un saludo

      Responder
  46. Hola, desde los 50 tengo incapacidad total, cotice 13 años de autónoma, hostelería, a los 21 trabaje casi 3 años en una oficina y no me cotizaron, hoy sigue existiendo. Debiera reclamar esta cotización,me subiría mi pensión. Cobro 380€ al mes, y he cumplido este julio 60 debo solicitar aumento de mi pension o se aplica directamente? Además por un problema personal, tengo todo embargado hasta que la persona decida sacarlo a subasta. Tengo reconocimiento de víctima de terrorismo de momento sin derecho a retribución., suceso que ocurrió en La Oficina que no me cotizaron. .. podéis informarme de mis posibilidades. Muchas gracias

    Responder
    • Hola Carmen,
      Lo sentimos pero no tenemos todos los datos para darle una respuesta correcta.. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  47. Buenos días,
    Llevo 15 años con un diagnóstico y con tratamiento para la artritis. Hace 10 años que tengo reconocido un 35% de minusvalía. Tengo 47 años y más de 25 años cotizados como trabajador y me gustaría información para solicitar la jubilación por incapacidad.
    Gracias,
    Un saludo,

    Responder
    • Hola Marisa,
      Tendría que acudir a cualquier oficina de la Seguridad Social. Le facilitamos el número 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  48. Hola, me llamo Cristóbal y el día 14 me concedieron la incapacidad permanente total, mi pregunta es podría cobrar el desempleo que tengo casi un año y cuando termine el desempleo cobrar ya la pensión q me han dejado?
    Ya se que las dos no se puede son incompatibles por eso mi pregunta.
    Muchas gracias

    Responder
    • Hola Cristobal,
      No puede cobrar la prestación de desempleo y luego la de incapacidad permanente total. No cabe la supensión del cobro de la pensión de incapacidad permanente total.
      Ahora bien, si una vez reconocida al pensión de incapacidad permanente total, el pensionista vuelve a trabajar en una profesión distinta a la habitual (se entiende por tal, la actividad laboral realizada en el año anterior al hecho causante) y es despedido o termina contrato, podrá cobrar la prestación de desempleo y la pensión de incapacidad permanente total a la vez. Un Saludo

      Responder
  49. Hola desde sevillano. En 2004 con 31 años me dieron pensionista permanente total por enfermedad trabajaba en la agricultura. Tenia cotizado entonces 16 años en la seguridad social. Empecé a cobrar 286€ con dos niños menores i a cabo de los años asta el 2017 me an subido 340€ … Lo que me gustaría ría saber EA que si me pertenece mas o esta bien lo que cobro . gracias

    Responder
    • Hola Eugenia,
      Lo sentimos pero no tenemos todos los datos para darle una respuesta correcta. Un Saludo

      Responder
  50. Tengo 69 años y una invalidez desde los 6 años reconocida desde 1983 superior al 68%. Nunca he accedido a pensión de invalidez y al solicitarla me remitieron a la Seguridad Social. He trabajado como empleado y luego como autónomo, pero adeudo cuotas de esto último por 24.000 euros por imposibilidad de cotizar. En la actualidad cotizo todos los meses desde hace dos años. Me quiero jubilar pero me rechazan a causa de mi deuda pendiente. ¿Qué posibilidades tengo?

    Responder
    • Hola Lander,
      Tenemos que tener en cuenta dos situaciones:
      Deudas derivadas de impago de cotizaciones de nuestros trabajadores: NO pueden ser motivo de denegación de la pensión de jubilación
      Deudas derivadas del impago de nuestra propia cotización a la seguridad social. Aquí se abren dos posibilidades:
      – Nos deniegan el pago de la pensión. Lo podemos arreglar solicitando fraccionamiento de pago.
      – Si la deuda fuera considerada como incobrable y además no fuera exigible, la seguridad social puede considerar ese período como cotizado. Hecho éste que traería consecuencias poco deseables para nuestra pensión en cuanto a períodos cotizados y base de cotización a computar. Un Saludo

      Responder
  51. Hola soy al, estoy cobrando un pension de ipt por accidente de trabajo cobrando 75% 1410€ tengo 59 años y tengo 5 años de cotizacion me pregonta cuando llego a 65 años cuanto boy a cobrar de pension por ipt o por jubilacion

    Responder
    • Hola Ali,
      La única diferencia es que la pensión de IPT pasará a denominarse pensión de jubilación. Un saludo

      Responder
  52. Hola buenos dias, por favor mi pregunta es : tengo a mi padre con 79 años, y a cotizado solo 14 años, ahora se encuentra con baja medica , por una enfermedad de insuficiencia respiratoria, el médico le ha dicho que el ya no deberia de trabajar , mi padre quiere saber que deberia de decidir?, su preocupación es que a lo mejor cobraría muy poco, porque tiene a cargo a mi madre que no percibe nada, muchas gracias esperare su respuesta.

    Responder
    • Hola Violeta,
      El mínimo de años para solicitar la pensión de jubilación son 15 años. No obstante, le recomendamos se ponga en contacto con la Seguridad Social y exponga su caso en particular. Un saludo

      Responder
  53. Hola etoy cobrando un pension por incapacidad permamente total tengo 60 ano y 5 ano de cotizacion que va acurir cuando llego a 65 años. Gracias

    Responder
    • Hola Zrakti,
      Cuando el beneficiario de una pensión por incapacidad permanente cumple la edad de jubilación, ésta pasa a denominarse pensión de jubilación. Un saludo

      Responder
  54. Hola, soy Maria, tengo 55 años de edad y cotizados mas de 30 años, el imserso acaba de darme el 33% de grado de discapacidad, en este momento estoy en paro como demandante de empleo, hace 3 meses agote las prestaciones del paro, ahora no cobro nada pues lo de subsidio de desempleo para mayores de 55 años, no me pertenece.
    ( el tema de el subsidio de desempleo para mayores de 55 años, tiene tela, pues si es de subsistencia comprendo, pero al final igualan al que hizo los deberes con el que fue un cafre en su pasada vida…)
    Pregunto con un 33% de discapacidad reconocido por el imserso se tiene derecho a pensión de invalidez?
    Tengo que pasar el tribunal medico en el inss? el inss acaba de rechazarme la prorroga de 6 meses, sin cotizacion y les puse denuncia, el proximo mes tenemos juicio, que puede pasar?, pues ahora como digo aportare el 33% de discapacidad.
    Gracias, saludos

    Responder
    • Hola María,
      Con un 33% de discapacidad no tiene derecho a pensión. Un saludo

      Responder
  55. Hola Buenos días, mi nombre es Alberto ( de Pontevedra), voy a cumplir 60 años el mes que viene, y querría saber, si al llegar a esa edad la pensión que recibo de Incapacidad permanente total, sufriría alguna variación, la subieron cuando cumplí los 55 años, ahora mismo estoy cobrando 508.-€.
    Gracias.

    Responder
    • Hola Alberto,
      Solamente nos consta la subida del 20% a los 55 años, no obstante, le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social donde le podrán aclarar todas las dudas. Un saludo

      Responder
  56. Hola buenas tardes, soy Italiano y tengo 59 años de edad, tengo certificado de discapacidad mayor al 72% trabajo en un call center desde el año 2008 y son los unicos aportes que tengo a le Seg Soc.
    Hasta que edad tendre que trabajar para obtener una Pension o jubilacion?

    Responder
    • Hola Rubén,
      Para tener derecho a una pensión tiene que tener cotizados mínimo 15 años. Un saludo

      Responder
  57. hola buenos dias
    quisiera saber si puedo compatibilizar mi pension de jubilacion con una pension de accidente laboral.
    la pension de accidente laboral cobro 498E. tengo 41 años cotizados.
    hay algun limite maximo para poder cobrar las dos??

    Responder
    • Hola Pedro,
      Le indicamos que es totalmente incompatible cobrar dos pensiones públicas a la vez, una de jubilación y otra de incapacidad permanente total o absoluta derivada de accidente laboral.Un saludo

      Responder
  58. Hola, mi pregunta es si puedo solicitar algun tipo de pension por invalidez o pension no contributiva, tengo cotizados 4 años pero no puedo trabajar debido a mi enfermedad, mi diagnostico es de trastorno adaptativo mixto con agorafobia, no se que hacer estoy muy agobiado por todo esto, necesito ayuda, gracias

    Responder
    • Hola Carlos,
      Tendría que pasar por un Tribunal Médico para que valore su situación y le puedan conceder o no una discapacidad.Un saludo

      Responder
  59. Hola de nuevo ,soy isidro otra pregunta por favor.Si tengo una ipt de 600 euros ,desde los 44 años y ahora tengo 55 y he cotizado 9años con una base de 860 euros como me calcularian la pension cualificada gracias

    Responder
    • Hola Isidro,
      Para la concesión de la prestación de la incapacidad permanente total cualificada, se abona incrementando el 20% de la base reguladora que ya tenía reconocido.
      Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés.

      Responder
  60. hola soy isidro, tengo una incapacidad permanente total desde los 44 años . ahora tengo 53 y he cotizado desde que tengo la pension si a los 55 en caso de estar parado me incluyen los 10 años cotizados para la ip cualificada

    Responder
    • Hola Isidro,
      Si se incluyen todos los años cotizados. Un saludo

      Responder
  61. donde se encuentra ubicada seguridad social en Xalapa Veracruz,
    Carlos Romo V.

    Responder
    • Hola Carlos Leopoldo,
      Lo sentimos pero por este portal solo se tratan temas relacionados con el territorio español. Un saludo

      Responder
  62. me gustaría tener el contacto con alguien del IMSS para que me ayude a que me revisen el pago de mi incapacidad que creo que es menor al que me corresponde ya que tengo 58 años, por favor díganme con quien me tengo que poner en contacto denme su nombre y coreo y teléfono por favor.
    se los voy agradecer mucho.
    Carlos Leopoldo Romo Valadolid

    Responder
    • Hola Carlos Leopoldo,
      Lo sentimos pero nosotros no tenemos nada que ver con la IMSS, el teléfono de atención al usuario es el 901166565, puede solicitar cita para que le hagan una revisión de su pensión. Un saludo

      Responder
  63. El pago que me están haciendo por mi incapacidad es menor al que me corresponde, se que toman en cuenta el ultimo salario que me gagaron para que ustedes me den el pago de mi incapacidad, quiero pedir de favor que para el calculo del pago tomen en cuenta el pago de el ultimo mes de mi salario y no muchos mesas anteriores.
    gracias

    Responder
    • Hola Carlos Leopoldo,
      Si no esta de acuerdo con la cuatía de su pensión, le recomendamos solicite en la Seguridad Social una revisión de la pensión. Un saludo

      Responder
  64. buenos dias……tengo discapacidad permanente total del 55 % si me la revisan y me suben el % dentro de la misma discapacidad , cobro mas ??? gracias

    Responder
    • Hola Luis Jorge,
      Lo sentimos pero en su caso no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  65. Hola.
    Tengo 59 años y 39 años cotizados. Fuí despedido por un ere en 2012. Ahora estoy cobrando el subsidio para mayores de 55 por el cual se cotiza a la seguridad social por unos 800 euros, hasta la edad de jubilarme que sería a los 61. Mi duda es, si solicito la pensión ahora por incapacidad (que ya he pasado por el tribunal médico), una vez que cumpla los 61 podría jubilarme y que se me recalculara la pensión? Pregunto esto, porque mis cotizaciones durante mi vida laboral han sido muy altas, entorno a los 3000 hasta que me despidieron por el ere. Entonces ahora si solicito la pensión de incapacidad, la base reguladora sobre la que me calcularán la pensión es la de los últimos tres años y sería sobre 800 euros, mientras que creo que si espero a los 61 a jubilarme tomarían como base la de los últimos 20 años al menos, con lo que la cantidad que yo percibiría sería mayor. Gracias por ayudarme. Un saludo.

    Responder
    • Hola Susana,
      Si esta cobrando una pensión por incapacidad, a la hora de jubilarse le calcularán la pensión de jubilación y usted elegirá la que le sea más beneficiosa, no obstante, recuerde que al jubilarse anticipadamente se le aplicarán unos coeficientes reductores. Un saludo

      Responder
  66. Hola soy Laura, tengo 59 años, llevo un año cobrando la incapacidad permanente, me pagan el 75%,cuando tengo que pedir la revisión, porque mi enfermedad va a peor, o puede pedir la incapacidad total, con un grado de minusvalía del 42% y tres puntos de inmovilidad y 39 años y medio cotizados.

    Responder
    • Hola Laura,
      La revisión por agravación del grado de incapacidad la puede solicitar en cualquier momento. Un saludo

      Responder
  67. Hola estoy jubilado tengo la invalidez permanente, tengo 57 años y 39 años cotizados,me han dejado el 75%,cuando llegue a los 65 me dejan el 100%.

    Responder
    • Hola Miguel,
      Entendemos que usted más que jubilado, tiene un pensión por incapacidad permanente total, por eso recibe el 75%, y llegada a la edad de jubilación ordinaria ( 65 años), se le calculará lo que le corresponde por jubilación y le darán opción ( el INSS) entre elegir la pensión por dicho concepto o seguir con la de incapacidad permanente, por supuesto su elección dependerá de que pensión suponga más elevada y por lo tanto mas favorable para usted.Un saludo

      Responder
  68. Hola mi padre cobra una pensión desde los 61 años por incapacidad y le pagan el 75% de la base ahora a cumplido los 65 años, el no podría pedir la jubilación y así cobrar el.100%?

    Responder
    • Hola Carolina,
      Depende de los años que tenga cotizados. Un saludo

      Responder
  69. Hola, mi padre esta jubilado por temas de corazón con incapacidad permanente total desde los 58 años, actualmente tiene 71 años y desde hace 2 padece también enfermedad oncológica y necesita ayuda . ¿sería posible pedir incapacidad absoluta con esa edad? Un saludo.

    Responder
    • Hola José Luis,
      Tiene que solicitarlo en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  70. Muy buenos días, tengo incapacidad permanente (38%) desde hace 3 años atrás, nunca recibí alguna ayuda por falta de cotización a la seguridad social.
    Ahora tengo más de 5 años cotizando a la segirudad social y quería saber si tengo derecho a una prestación.
    Muchas gracias

    Responder
    • Hola Julio,
      En su caso le recomendamos solicite información en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  71. Hola, el dia 9-12-2016 me concedieron una Incapacidad Permanente Total, sobre una base reguladora de 205,47 €, después reclamé el incremento del 20% por ser mayor de 55 años y me lo han concedido. Curiosamente 3 días depues de aprobar la I.P.T, es decir el día 11-12-2016 cumplí 60 años. He visto que para los que tienen una edad de entre 60 y 65 años la pensión mínima es de 560 € aprx. Mi pregunta es:¿ esta cantidad me la suben automáticamente al cumplir los 60 años o hay que reclamarla? En el mes de Enero la cantidad ingresada no llega a 400 €, por lo que entiendo que no se produce automáticamente o es que no tengo derecho a esa pensión mínima. Gracias.

    Responder
    • Hola Francisca,
      Lo sentimos pero no disponemos de todos los datos para poder darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social y pida una revisión de su pensión. Un saludo

      Responder
  72. tengo 59 añoshe firmado un contrAto de trabajo de 6meses el 9 de enero 2017 tengo un cancer de vejiga voy a poder pedir una pension
    tengo 42 años cotizados

    Responder
    • Hola Benito,
      Sentimos su situación. Le recomendamos solicite información el la Seguridad Social, ya que al tener 42 años cotizados posiblemente pueda acceder a una jubiulación por enfermedad. Un saludo

      Responder
  73. Buenas mi padre tiene una incapacidad total adsoluta desde los 60 años ahora tiene 70 a decidido comprar un coche y le piden q presente la tarjeta de minusválida q tiene, con la incapacidad q tiene puede pedir q le reconozcan la minúsvalia donde o no es lo mismo incapacidad y minusválida o si le valdría con la incapacidad para el descuento del vehículo ?

    Responder
    • Hola Rober,
      No es lo mismo incapacidad que minusvalía. Desconocemos si tener una incapacidad se tiene descuentos en las compras de vehículos. Un saludo

      Responder
  74. Hola ,mi marido tiene 54 años y está cobrando 426 euros de la rae que de le acaba en marzo.Actualmente tiene un hombro lesionado y le tendrán q volver a operar.tiene derecho a alguna pensión con más de 35 años cotizados?

    Responder
    • Hola Inmaculada,
      Sentimos su situación, pero en este caso le recomendamos solicite información en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  75. Hola:
    Verán mi madre tiene 54 años siempre ha sido ama de casa, está divorciada y nunca a recibido pension ninguna, tuvo una pareja durante 14 años que la mantuvo, ahora ella tiene una depresión profunda y aunque ha intentado trabajar ya la han hechado dos veces . Además tiene una salud delicada, problemas cardiacos, hernias cervicales, insomnio… ella vive con mi hermano de 26 años que paga todas las facturas y yo soy freelance con lo que vivo con muy poco y gracias a mi chico, cuando puedo ayudar a mi hermano siempre le doy algo para cooperar con los gastos, mi abuela también nos echa una mano. Hay algo que podamos hacer para que ella perciba una pensión, aunque sea pequeña?? Muchas gracias de antemano

    Responder
    • Hola Valentina,
      Le recomendamos solicite cita en el SEPE, donde la podrán informar de los subsidios a los cuales podría acceder. Un saludo

      Responder
  76. Buenos dias
    en la actualidad y desde hace 17 años cobro una pensión de incapacidad permanente TOTAL derivada de accidente laboral, a la vez que desde hace 13 años trabajo como conserje, he sufrido un nuevo accidente laboral por que me encuentro de baja y la mutua me propone para una incapacidad permanente parcial; mis preguntas son, si la empresa tiene la obligación de readmitirme y en ese caso si una vez obtenida la incapacidad parcial y reincorporado a mi trabajo puedo seguir cobrando la anterior pensión de incapacidad TOTAL.
    Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Chemari,
      La empresa tras el alta de la mutua proponiendo la incapacidad permanente parcial, tiene la obligación por supuesto de readmitirla en su puesto de trabajo u otro adaptado a las nuevas lesiones que le hayan reconocido, pues en el supuesto de no readmisión, se daría un despido improcedente con la consiguiente indemnización legalmente establecida.
      Por otro lado, seguiría por supuesto siguiendo cobrando la pensión por incapacidad permanente total, no obstante podría solicitar la revisión de grado para que se valorara si tuviera derecho a la incapacidad permanente absoluta para todo tipo de trabajo.Un saludo

      Responder
  77. Hola. Buen Día¡!tengo 47 años y me dan la baja permanente y necesito ayuda de asistencia permanentemente pudo cobrarla desde argentina ¿?quiero irme poreque me diagnosticaron una enfermedad neurodégenerativa que cada vez me deteriora más.
    Muchas. Gracias
    Pc,fui automo 4 años con una tienda

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    • Hola Roberto,
      En este caso le recomendamos solicite información en la Seguridad Social. Le facilitamos el número de teléfono 901166565. Un saludo

      Responder
  78. Hola buenas, mi marido y yo tenemos dudas , el tiene un 65% de minusvália por enfermedad de enfisema pulmonar , ahora le han detectado un problema del corazón que seguramente le aumentará su minusvalia . El está trabajando en la empresa ONCE , solo tiene 8 años cotizados y lo ideal sería que le concedieran la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez porque precisa de mi para todas las tareas diarias , pero no sabemos cuál es la cuantía que le quedaría , ahí el gran dilema … gracias de antemano si puedes ayudarme .

    Responder
    • Hola Raquel,
      Lo sentimos pero en este caso no sabríamos darle una respuesta correcta, le recomendamos solicite información en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  79. soy un pensionado español afincado en colombia…siempre cobro mi pension los dias 25 de cada mes y este mes de diciembre no ha llegado..sabrian decirme porque? cuando toca festivo ingresan el 24…sera porque 24 u 25 y 26 es festivo? cordial saludo

    Responder
    • Hola Manuel,
      Desconocemos los motivos, hasta el día 30 lo pueden ingresar. Un saludo

      Responder
  80. Buenas noches, tengo 56 años, me acaban de conceder una pension por invalidez permanente total derivada de accidente de trabajo. Mi pension es de 2710€/mes ( 75% de la base reguladora que es de 3606€ ) . Cuando llegue mi edad de jubilacion ¿ tendrè derecho a percibir el 100% de dicha base reguladora?

    Responder
    • Hola Carlos,
      Simplemente es un cambio de denominación,la cuantía no varia. Un saludo

      Responder
  81. Mi cuñada tuvo una incapacidad permanente a los 42 años por enfermedad profesional, con 64 años la concedieron la Absoluta, sin cambiar el importe, Hoy tiene ya 65 años, y sigue cobrando lo mismo..
    Si se acoge a la pension de jubilacion y continua con la misma prestacion cambiando su denominación cuanto le corresponderia..??????
    Ella tiene cotizados 28 años a la Seguridad Social……..¿ Se puede acoger a alguna otra modalidad?????????? de pensión de jubilación
    Gracias

    Responder
    • Hola Vicente,
      Lo sentimos pero no tenemos toda la información para darle una respuesta correcta. Le recomendamos se informe en cualquier administración de la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  82. Hola. Tengo 49 años. Sufro de ezquizofrenia desde el año 2014. Me han dado una discapacidad del 76 /No he cotizado 15 años. Quisiera saber que tipo de pension puedo solicitar. Estoy un poco liada. Seria una pension no contributiva u otro tipo de pension. Que me aconsejais?

    Responder
    • Hola Esther,
      Para solicitar una pensión no contributiva por invalidez, hay que cumplir los siguientes requisitos:
      Ser mayor de 18 años y menor de 65 en la fecha de la solicitud.
      Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 5 años, de los cuales dos serán inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
      Estar afectados por una discapacidad o enfermedad crónica en un grado igual o superior al 65%.
      Carecer de rentas o ingresos suficientes.
      No obstante, le recomendamos solicite información en la Seguridad Social donde le podrán aclarar todas las dudas referentes a su situación. Un saludo

      Responder
  83. Muy buenas amigos: Tengo una incapacidad permanente total, con un importe salarial de 1219,78 -4,72% de IRPF total a cobrar 1.161,21 Hasta ahora cobraba paga extra , pero cual es mi sorpresa que en la paga de este año noviembre de 2016 no me la pagan y voy a una de estas oficinas que tienen por todas las ciudades y o sorpresa me dicen que no tengo derecho a ella y que encima me habían mandado una carta reclamándome lo cobrado y comunicándomelo con acuse de recibo cosa que yo no he recibido
    Tengo derecho a la extra o no cuando a su vez mi mujer arreglando unos papeles le dijeron que a ella si la podían ayudar pues yo no llegaba al tope que tenían estipulado, dicho esto por la oficina del paro
    Me podéis ayudar. Gracias
    Gracias

    Responder
    • Hola Julio,
      Lo sentimos pero nosotros no sabemos los motivos de la denegación de dicha paga extra. Le recomendamos ponga una reclamación a la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  84. JUBILACION ANTICIPADA A 61 OBLIGADA , PROCEDENTE DE UN ERE ….ACTUALMENTE COBRO 426 EUR, HASTA SEPTIEMBRE 2018 QUE ES LA FECHA DE JUBILACION OBLIGADA ….Y RECONOCIDA DISCAPACIDAD DE UN 40%
    PREGUNTA
    1º CON EL AÑO DE MILI ME SALEN 32 AÑOS Y 9 MESES COTIZADOS …ES VERDAD QUE COMPUTARIAN LOS 33 AÑOS , ES DECIR QUE POR LOS 9 MESES ME DAN EL AÑO COMPLETO, Y TENER 33 AÑOS COTIZADOS
    2º EL 40% DE MINUSVALIA SE PODRIA INCREMENTAR LA PENSION……GRACIAS

    Responder
    • Hola José Antonio,
      Le quedarían 3 meses sin cotizar. Le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social, donde le podrán aclarar todas las dudas sobre su situación. Un saludo

      Responder
  85. Hola. Tengo un invalidez absoluta. Sé que el mínimo de este tipo de pensión es de 655,20 euros al mes. Me gustaría saber de dónde sacan esta cifra… ¿es algún porcentaje del SMI o del IPREM o algo así? ¿cómo lo calculan?. Gracias.
    Núria

    Responder
    • Hola Nuria,
      Se fija anualmente por el Gobierno. Se tiene en cuenta el índice de precios al consumo, la productividad media nacional alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general. Un saludo

      Responder
  86. Hola,Me llamo Patricia,tengo 34 años y 15 cotizados.Me han diagnosticado 2 hernias discales y la medica me dice que me dedique a otro trabajo diferente al mio porque no lo puedo desempeñar ya que mi estado iria a peor.El caso esque llevo 2 años en el paro.Podria solicitar algun tipo de paga?Gracias

    Responder
    • Hola Patricia,
      Lamentamos su situación, le recomendamos solicite cita en la Seguridad Social donde le pueden facilitar información sobre el tipo de ayudas a las cuales puede acceder. Un saludo

      Responder
  87. Hola mi pensión es permanente total y si estoy tributando!!
    Mi pregunta eras si cuando tenga más de 65 años seguiré todavía tributando!!
    Un saludo

    Responder
    • Hola José,
      Le facilitamos la página de la Seguridad Social donde tiene toda la información. Un saludo

      Responder
  88. A partir de los 65 años me seguirán descontando de mi pensión de incapacidad permanente el IRPF

    Responder
    • Hola José,
      Los contribuyentes no tienen que tributar en el IRPF por las cantidades procedentes de pensiones de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez reconocidas y abonadas por la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  89. Hola, mi nombre es Manuel, en octubre de 2014 tuve un accidente trabajo, siendo concejal de mi ciudad, en junio de 2015, cese en el cargo y me reincorporé a mi trabajo habitual, debido a mis problemas físicos fuo declarado no apto para desarrollar mi trabajo, solicité una incapacidad, y tras serme denegada en dos ocasiones fui a juicio donde tbien me fue desfavorable, al considerar mi profesión habitual como la de Concejal, aunque solo estuve 4 años, llevando en mi verdadera profesión 3,/esto bienendadonpor unanleu se 1969 en la que dice que se tomará por profesión habitual aquélla que el trabajador haya desempeñado los últimos doce meses,
    Al haber pasado el año preceptivo en el que ya debe figurar mi prodesion habitual , he vuelto a pasar el Tribunal y me ha vuelto a ser denegada la prestación dado que siguen considerando nuevamente como profesión habitual la de Concejal, y esto lo basan en que durante desde que me reincorporé a mi puesto de trabajo habitual el 13/de Junio de 2015, hasta que he pasado nuevamente por el Tribunal 26/de septiembre de 2016, sólo he ESTADO DE ALTA MEDICA 188 días, aquí es donde radica mi duda hay alguna ley que especifique que si estás de baja esos días no cuentan y debes estar de alta médica o sea trabajando, tengo 53 años y un total de 32 años y 8 meses de cotización, muchas gracias por la respuesta

    Responder
    • Hola María,
      Lo sentimos pero en su caso no sabríamos darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite una revisión del su expediente en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  90. Hola
    Yo ya tramite mi jubilacion llevo esperando un año 7 meses y aun no me han dado respuesta que puedo hacer :).

    Responder
    • Hola Daniel,
      Debería informarse en la Seguridad Social sobre el proceso de su expediente. Un saludo

      Responder
  91. Hola tengo 64 años y estoy cobrando el 75% de la base reguladora por tener reconocida una pension por incapacidad permanente total mi pregunta es si cuando cumpla los 65 años cobrare el 100×100 de la base reguladora que me concedieron en su momento, Saludos

    Responder
    • Hola Juan Ramón,
      Si esta reconocida si cobraría el 100%. Un saludo

      Responder
  92. Hola me lesione en un trabajo q tuve hace 6 años y ahora me impide traabajar me lastime la cadera que puedo hacer. Gracias

    Responder
    • Hola Blanca,
      Puede solicitar un pensión de incapacidad.Los pasos a seguir para conseguir esta pensión son sencillos y pasan por acudir a un tribunal médico. Su médico le tendrá que hacer los informes correspondientes y los médicos del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) determinarán el tipo de incapacidad que padecemos.Un saludo

      Responder
  93. Buenos días !!
    Tengo 50 años y llevo dos cobrando una pensión de invalidez permanente total por prótesis de cadera total,pero ahora tengo la rodilla que me tienen que poner prótesis y estoy a la espera cuando decidan operarme,
    Puedo pedir la absoluta ??? Ya que e intentado trabajar y la rodilla no lo aguanta …
    Gracias

    Responder
    • Hola José Manuel,
      Puede solicitarla. Un saludo

      Responder
  94. Hola tengo concedida una incapacidad permanente total cobro360€ ahora he cumplido 55 años he solicitado el incremento del 20% me la han reconocido pero no me dan mas dinero yo no trabajo en otra cosa a que se debe esto?

    Responder
    • Hola Marí Carmen,
      Lo sentimos pero no disponemos de toda la información para poder darle una respuesta correcta. Le recomendamos solicite información en la Seguridad Social y que la revisen su expediente. Un saludo

      Responder
  95. tengo 66 años y me faltan 2 años de cotización ,para poder cobrar ,pero tengo el 65 por ciento de invalidez tengo derecho a cobrar algo

    Responder
    • Hola Rosa,
      Sentimos su situación, pero le recomendamos solicite información en la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  96. Buenas noches. Soy de Gran Canaria y trabajo para un Centro Especial De Empleo, como Operaria de Limpieza, pues tengo una discapacidad reconocida por el Centro Base de Las Palmas de un 55 % con limitación Física y Sensorial desde 2009.
    En el 2014 sufrí un accidente de tráfico a la salida del trabajo (un vehículo colisionó con el mío), como fue en horario, aún laboral, estuve de baja por la Mutua durante 11 meses, tiempo en el que tuvieron que intervenirme quirúrgicamente de la cervical. estuve con tratamiento para los dolores y con rehabilitación. Al darme el alta, me incorporo y a los 15 dias tengo una recaída, la Mutua no me da baja por lo que me voy a mi Centro de Salud y es alli donde mi Médico de Cabecera sí me la da, pero en el Parte de baja no puso recaída sino enfermedad común. En marzo de éste año me llama el INSS y me prorrogan la IT 6 meses más, En septiembre vuelven a citarme y a los dos días me llega un SMS donde me proponen para una Incapacidad Permanente. Al llegarme la notificación voy el 4 de éste mes de octubre a presentar la documentación que me piden. Al día siguiente por la mañana me da por menterme en la Sede Electrónica con mi Certificado Digital y veo que de los 7 puntos que aparecen en mi expediente, primeramente estaban concluídos los puntos 1,2 y 3 y, esa mañana estaban también los puntos 4 y 5. Pero por la noche al entrar nuevamente para enseñarselo a mi pareja, ya la Resolución estaba resuelta con resultado DENEGADO.
    Mi pregunta es la siguiente: En mi puesto de trabajo como limpiadora, he de estar forzando constantemente la espalda, manejando cargas, ya que trabajo en una tienda de gran superficie de Electrodomésticos. Si tras el accidente he empeorado como bien pone en las RM que me han realizado, y actualmente tengo otra nueva limitación en la que no puedo manejar cargas superiores a 10 Kgr.
    ¿No tengo derecho al reconocimiento de un IP al puesto que desempeño?
    Al llegarme la nueva Resolución donde me DENIEGAN la IP, ¿puedo reclamar para que me revisennuevamente mi caso?.
    Muchas gracias de antemano.
    Saludos desde Canarias.

    Responder
    • Hola Mónica,
      Sentimos su situación pero lo único que la podemos decir es que solicite la revisión de su expediente para ver si puede conseguir la invalidez permanente. Un saludo

      Responder
  97. Hola tengo 58 años y estoy cobrando el 75% de la base reguladora por tener reconocida una pension por incapacidad permanente total mi pregunta es si cuando cumpla los 65 años cobrare el 100×100 de la base reguladora que me concedieron hace 2 años Saludos

    Responder
    • Hola Rafael,
      Tiene la posibilidad de optar por la pensión de incapacidad permanente que estaba percibiendo.Entonces se mantendrá la misma cuantía que estuviese percibiendo y se cambiará la denominación.
      Si se opta por la pensión de jubilación, que seguramente será más favorable, se calculará la prestación teniendo en cuenta todas las cotizaciones del beneficiario, incluidas las que en su momento se emplearon para calcular la pensión de incapacidad permanente que se estaba percibiendo y que ahora se extingue.Un saludo

      Responder
  98. Hola de nuevo, entonces tengo que tener 15 años cotizados después de la invalidez, pero mi pregunta es: ¿ por cuales años años de cotización se calculan la pensión, todos los cotizados o los cotizados después de la invalidez ?.
    Y entonces la pensión de incapacidad: ¿que cobraría el 55 o el 75 % de la base reguladora ?. Gracias.

    Responder
    • Hola Antonio,
      Depende del año en que se jubile, en el 2016 se cogen los últimos 19 cotizados, se va sumando un año hasta llegar al 2020 que desde ese año se cogerán 25 años. La cuantía de la pensión depende de las circunstancias de su situación,le recomendamos solicite información a la Seguridad Social donde le podrán aclarar todas las dudas. Un saludo

      Responder
  99. Hola, tengo 55 años y cobro una pensión del 75% por incapacidad permanente total por accidente de trabajo, y he cotizado después de la incapacidad 12 años. Ahora estoy parado, ¿ Cuando me llegue la edad de jubilación que cobraré 2 pensiones una por incapacidad y otra por jubilación ?.
    ¿ O tengo que tener como mínimo 15 años cotizados después de la incapacidad ?. Gracias. Un saludo.

    Responder
    • Hola Antonio,
      Para cobrar la pensión de jubilación tiene que tener 15 años mínimo cotizados en general. La pensión de incapacidad a consecuencia de accidente de trabajo es compatible con la de jubilación. Un saludo

      Responder
  100. Hola, cobro una pension de invalidez permanente total por accidente de trabajo, en la actualidad estoy trabajando en otra rama llevo cotizados 12 años despues de la invalided, me falta 4 años para jubilarme. ¿ Cuando me jubile siguiré cobrando la pension de invalidez y de jubilacion ?.
    Es que me han dicho que al ser por accidente de trabajo no le tocan a la pension por incapacidad, si tienes cotizados mas de 15 años despues de la invalided, gracias.

    Responder
    • Hola José,
      Efectivamente, si la pensión de incapacidad es derivada de accidente de trabajo sería compatible con cualquier otra pensión.Un saludo

      Responder
  101. hola buena tarde, tengo 64 años y una minusvalia de 34% ya no cobro ninguna prestación por no tener hijos a cargo me denegaron ayuda, mi situación es complicada me descubrieron un cáncer, puedo solicitar alguna ayuda o la prejubilacion aunque tenga cotizado solo 6 años.

    Responder
    • Hola José,
      Si no tiene ningún ingreso puede acceder al subsidio a mayores de 55 años. Un saludo

      Responder
  102. Hola me llamo moncy, tengo 40 años llevo 15 cotizando he denunciado a la ss porque hace unos años tengo fibromialgia un 18-18 además me han operado del hígado, tengo gástritis crónica, colon irritable, vejiga vaga, triglicemia y fatiga crónica, y síndrome piramidal, he pensado el tribunal médico y dijeron que estoy en perfecto estado para trabajar. Mi pregunta es saben de algún perito médico urgente y que tipo de pensión creen que me puedan dar, me gustaría seguir trabajando pero cuando mi cuerpo está bien y cuando enfermo que no me descuenten tanto, sino que me ayuden porque me es imposible pagar tanta medicina.

    Responder
    • Hola Moncy,
      Sentimos su situación, pero es la Seguridad Social la que le tiene que otorgar una incapacidad.Un saludo

      Responder
  103. Hola, Buenas tardes,
    Soy un discapacitado de 43 años con un Transtorno Bipolar que llevo arrastrando 15 años, tengo un grado de dicapacidad del 65%, mi enfermedad no me ha dejado prácticamente trabajar y solo he podido cotizar aproximadamente 4 años y unos meses. Ahora con mi psiquiatra, visto lo visto por ambas partes, ha decidido pedir una Gran invalidez ya que mi familia necesita de una vez por todas de algún ingreso mío.
    Mi pregunta: Tengo derecho a alguna pensión?, que podría hacer para conseguirla?
    Muchísimas gracias, un saludo.

    Responder
    • Hola Jorge,
      Le recomendamos solicite información en la Seguridad Social donde le podrán aclarar todas las dudas referentes a su situación. Un saludo

      Responder
  104. Buenas,
    Tengo 60 a. y 35 a. cotizados. Llevo prótesis totales en ambas caderas y clavos en tobillo derecho por traumatismo, lo cual me ha producido una artrosis avanzada en el mismo.. Asimismo, llevo varios meses de IT por lumbalgia y tengo que caminar ayudada demuleta pues pierdo elequilibrio y caigo con mucha facilidad. Me han hecho radiogradfias delumbares y se aprecia hernia entre L4-L5, estoy pendiente de resonancia magnetica.
    Mi trabajo es de Bedel en un centro educativo, lo cual conlleva caminar bastante, y estar de pie parado muy a menudo.
    Mi pregunta es, que posibilidades tengo de obtener una IT permanente?
    Gracias
    Saludos.

    Responder
    • Hola Isabel,
      Eso lo tiene que decidir un Tribunal Médico. Le recomendamos solicite información en la Seguridad Social. 901166565. Un saludo

      Responder
  105. Hola yo tengo una minusvalía de un 40% ¿podría cobrar alguna pensión o Ayuda?

    Responder
    • Hola María,
      Lo sentimos pero en su caso no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  106. tengo reconocida una total permanente por un accidente de trabajo, cobro el 75% de la base reguladora, tengo 58 años, tengo oído que cuando cumpla los 65 pasara a ser pensionista de jubilacion y me subirán del 30% al 50%, por ser de accidente de trabajo, es verdad?

    Responder
    • Hola Jose,
      Nosotros no tenemos toda la información necesaria para poder darle una respuesta correcta. Le recomendamos se ponga en contacto con la Seguridad Social, ya que es ella quien tiene todos su datos. Puede dirigirse a cualquier Administración o llamar al 901166565. Un saludo

      Responder
  107. Hola.tengo 50 años y cirrosis hepatica. 31años cotizados.la enfermedad avanza por dias y cada vez me siento peor.me podian informar si me puedo jubilar?y cuanto me quedaria?

    Responder
    • Hola Agustín,
      Sentimos su situación pero en su caso lo mejor es solicitar información en el INSS. Un saludo

      Responder
  108. hola. Tengo tengo una incapacidad permanente total para mi trabajo habitual. Queria saber si esta pension es contributiva o no contributiva?

    Responder
    • Hola Vicen,
      Es un pensión contributiva. Un saludo

      Responder
  109. Gracias por la contestarme , pero mi duda es si ahora por ejemplo cobrara 300 euros por la pension de incapacidad, cuando cumpla la edad de 65 años su pensión se veria incrementada por haber cotizado mas de 40 años o sería la misma cantidad que le dieran ahora a los 59 años.
    (Hola mi consulta es sobre mi padre tiene 59 años y lleva de baja un año le han llamado de la seguridad social para verle. Si le dan una incapacidad ahora que tiene 59 años y acepta, cuando tenga 65 años puede cambiarla por la pensión de jubilación que le corresponda tiene cotizados mas de 40 años.)

    Responder
    • Hola Cristina,
      La pensión de incapacidad permanente y la pensión de jubilación del mismo régimen son incompatibles, de modo que deberá optarse por una de ellas.
      Si el beneficiario ha estado desarrollando la actividad laboral en el mismo régimen de la Seguridad Social, tendrá dos opciones:
      La primera posibilidad es optar por la pensión de incapacidad permanente que estaba percibiendo.Entonces se mantendrá la misma cuantía que estuviese percibiendo y se cambiará la denominación.
      Si se opta por la pensión de jubilación, que seguramente será más favorable, se calculará la prestación teniendo en cuenta todas las cotizaciones del beneficiario, incluidas las que en su momento se emplearon para calcular la pensión de incapacidad permanente que se estaba percibiendo y que ahora se extingue.Un saludo

      Responder
  110. Hola mi consulta es sobre mi padre tiene 59 años y lleva de baja un año le han llamado de la seguridad social para verle. Si le dan una incapacidad ahora que tiene 59 años y acepta, cuando tenga 65 años puede cambiarla por la pensión de jubilación que le corresponda tiene cotizados mas de 40 años.

    Responder
    • Hola Cristina,
      El beneficiario de la pensión de incapacidad permanente cuando llega a la edad legal de jubilación pasa a ser beneficiario de la pensión de jubilación. Desde ese momento la pensión de incapacidad permanente se denominará pensión de jubilación, sin que se modifiquen las condiciones de la prestación.Un saludo

      Responder
  111. Hola soy Txus era para preguntar si una persona q tiene 67 años y cobra por una invalidez total si le pueden revisar echo q esta peor y le podrían subir a la absoluta o por la edad ya no es posible gracias

    Responder
    • Hola María Jesús,
      Puede solicitar una revisión de incapacidad. Un saludo

      Responder
  112. buenas tardes hoy dia 5 acabo de recibir la carta del INSS denegando la invalidez permanente absoluta. tengo 57 años con una invalidez permanente total. como y donde puedo hacer el recurso.
    gracias

    Responder
    • Hola José Luis,
      Puede interponer recurso en cualquier administración de la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  113. Hola me llamo Ana pregunto yo tengo migraña crónica podría tener una pensión. Cuáles son los requisitos que debo tener en mano y donde tengo q dirigirme. Gracias

    Responder
    • Hola Ana,
      Le recomendamos solicite información en la Seguridad Social donde le podrán aclarar todas las dudas sobre la posibilidad de reconocimiento de una incapacidad. Un saludo

      Responder
  114. Soy Manuel de nuevo. He escrito en este post hace poco. Tengo 38 años, accidentes initinere, la mutua me propone ipt, 16 años cotizados. 2100 euros de base reguladora. Mi intención es conocer la mensualidad que me quedara (aproximadamente) Si bien en la respuesta me habéis es derivarme a la página de seguridad social. Que es la que más dudas de deja. Por eso precisamente he echo la consulta aquí. Para que me den una respuesta aproximada. La página de la seguridad social y sus tecnicismos solo me siembran más dudas. Muchas gracias de nuevo

    Responder
    • Hola Manuel,
      Nosotros no tenemos toda la información necesaria para poder darle una respuesta correcta. Le recomendamos se ponga en contacto con la Seguridad Social, ya que es ella quien tiene todos su datos y le pueden sacar la cuantía de la pensión. Puede dirigirse a cualquier Administración o llamar al 901166565. Un saludo

      Responder
  115. Hola soy Manuel tengo 38 años y he sufrido un accidente initinere bastante grave. Me han propuesto en la mutua y casi me aseguran de me darán la ipt. Mi pregunta es con 16 cotizados, mi edad y una media de 2100 euros base reguladora. Cuando me quedaría de paga? Muchas gracias

    Responder
    • Hola Manuel,
      Le facilitamos la página de la Seguridad Social con toda la información para poder calcular la cuantía de la pensión. Un saludo

      Responder
  116. hola me llamo andres y esta es mi pregunta,tengo una ipt desde el año 1995 y este año cumplo los 55 años y puede incrementarse mi pension en un 20 por ciento,¿ ese 20 por ciento correspondería a la base de cotización que tenia en el año 1995 mas las subidas del ipc de todos estos años o solo de la base de cotización que tenia entonces? GRACIAS

    Responder
    • Hola Andrés,
      Se incrementaria según la base de cotización que tenga actualmente, no obstante, le recomendamos solicite información en el INSS. Le facilitamos el teléfono 901166565. Un saludo

      Responder
  117. Hola me llamo claudia tengo 44 años me mandaran un mensaje que estan en inicio de una discapacidad permanente.Tengo fibromialgia,radiculopatia lumbar,protusiones discales cervicales,afectacion pos operacion tunel carpiano y cuadro depresivo.Tengo derecho a discapacidad permanente total o absoluta? Alguien me lo puede decir? Y cuanto tardan en contestar.Gracias.

    Responder
    • Hola Claudia,
      Eso lo tiene que decidir un Tribunal Médico. Un saludo

      Responder
  118. Buenos días:, he cumplido los 55 hace unos días y estoy cobrando una pensión de invalidez y me dijeron en la seguridad social que al cumplir lis 55 pasaría a cobrar el 75% en vez del 55% que estoy cobrando.
    Cuando empezaría a cobrar el 75% en este mes o en septiembre
    Muchas gracias, un salydo

    Responder
    • Hola María,
      Efectivamente en el momento en el que el beneficiario cumple 55 años es posible acceder a la invalidez total cualificada, de modo que el 55% aplicable a la base reguladora en los términos indicados, se incrementa en un 20% más, cuando las circunstancias del beneficiario hagan presumir la dificultad de obtener empleo en actividad distinta de la habitual anterior.Le recomendamos solicite información en alguna Administración de la Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  119. Buenas noches: el próximo 12 de noviembre cumplo 65 años. Cobro una pensión por invalidez y quisiera saber si puedo jubilarme el 31 de enero de 2017 sin perder la pensión delos dos meses y medio que pasan de los 65 años (noviembre, diciembre y enero)
    Muchas gracias
    Álvaro

    Responder
    • Hola Francisco,
      Lo sentimos pero no disponemos de datos suficientes para poder darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le podrán aclarar todas las dudas. Un saludo

      Responder
  120. cual es la pension minma por invalided permanente total por accidente no laboral pues el 55% que me correspode que es de 186 euros siendo la de enfermedad comun de 356 tengo 53 anos minima

    Responder
    • Hola Carlos,
      Si la incapacidad deriva de accidente no laboral:
      La BR será el cociente que resulte de dividir por 28 la suma de las bases de cotización del interesado durante un período ininterrumpido de 24 meses. Dicho período será elegido por el beneficiario dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante de la pensión.Un saludo

      Responder
  121. Tengo una total desde el 95, posteriormente he trabajado 10 años más, mi pregunta es estos 10 años he cotizado muy bien y quería saber si lo que he cotizado durante estos diez años puedo meterlo a la pensión. Para subirla

    Responder
    • Hola Francisco,
      Lo sentimos pero en su caso no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  122. Hola,
    ¿Me podrian informar si el glaucoma avanzado es motivo suficiente para conseguir una incapacidad permanente total?
    Tengo 60 años y llevo cotizados casi 39, trabajo en una instalacion que almacena productos petroliferos (CLH) y tengo que estar en contacto con vapores, altas temperatura y trabajar a turnos, aparte del glaucoma me han operado de cataratas, me han realizado dos capsulotomias, tengo asma y varias dolencias mas.
    Gracias

    Responder
    • Hola Juan,
      Sentimos su situación pero lo tendría que consultar con la Seguridad Social., Un saludo

      Responder
  123. hola, tengo una incapacidad permanente total y me gustaria saber si siendo autonomo cuanto es mi cuota a pagar ?

    Responder
    • Hola Luis,
      Lo sentimos pero no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le podrán decir con exactitud la cuota a pagar. Un saludo

      Responder
  124. hola a los 43años he tenido una enfermidad cronica,y despues de tantas bajas medieron la incapacidad permanete del 75 por cien,ahora tengo 677 años y no sabia que hay que solicitar la jubilacion,mi prergunta si solocita la jubilacion me aumentara mi paga de jubilado ya que cobraba con el areglo de 75 por cien ,y que pasos debo seguir,muchas gracias

    Responder
    • Hola Oussama,
      Tendrás que optar por una de ellas, ya que es incompatible con la pensión de jubilación del mismo régimen. Un saludo

      Responder
  125. Ipt por enfermedad comun
    50 años
    27 años cotizados
    2000e de base de cotizacion
    Que pension me queda

    Responder
    • Hola Rafa,
      No tenemos todos sus datos de su vida laboral para poder darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. También le dejamos un enlace para poder calcular su pensión. Un saludo

      Responder
  126. Hola. Tengo una pregunta. A raíz de que a mi padre lo dieran de baja con 62 años. Habiendo pagado su autónomo al máximo. Le dieron una paga del 55% de la base correspondiente. A la hora de jubilarse con 65 años. Le vino una carta diciendo que si no respondía se quedaba con dicha paga o que de lo contrario le correspondería su paga de jubilación. Siendo está casi 120€ menos de lo que cobraba A parte creo que sigue cobrando a razón del 75%. ahora tiene 69. ¿Podría reclamar el 100% de su paga?. ¿O una revisión de su situación por si pudiera subir a lo que correspondiera?
    Gracias.

    Responder
    • Hola Jose,
      Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde podrá aclarar todos sus dudas. Un saludo

      Responder
  127. Hola tengo una enfermedad rara una paramiotonia congenita reconocida por los meficos ,me quieren dar una prestacion contributiva porque no puedo realizar la mayoria de los puestos de trabajo tengo 34 años y solo he cotizado 3 años y un mes que me recomendais que puedo hacer

    Responder
    • Hola Antonio,
      Lo sentimos pero en su caso no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  128. Hola, ahora estoy de baja desde hace mas de un año y estoy ala espera para saber si me dan una incapacidad.si me la concedieran y no puedo realizar mi trabajo perderia la indennizacion de los años trabajados?

    Responder
    • Hola Jose,
      Por favor, ¿nos puedes concretar tu consulta? entendemos que por indemnización te refieres a las cotizaciones previas satisfechas a la Seguridad Social. Quedamos a la espera de tu respuesta. Un Saludo

      Responder
  129. 1/ Si me conceden una incapacidad permanente absoluta, para trabajar como cerrajero, ¿se me pagaria el 100% de la base reguladora ? . Y si solo me concedieran una incapacidad parcial para el mismo trabajo entiendo que me quedaria el 55 % mas el 20% por ser mallor de 55 años tengo 59 años

    Responder
    • Hola Ricardo,
      Lo sentimos pero en su caso no podemos darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas. Un saludo

      Responder
  130. Hola tengo una pregunta, tengo 24 años yo estoy trabajando pero solamente 2h a la semana, cobro 56€ y estoy dada de alta, tengo una minusvalia del 36% por diabetes tipo 1 desde los 6 años, hipotiroidismo y ansiedad, llevo años con dolores musculares, mucho casancio, falta de concentración, etc.. Que parece que emoeoran con el tiempo, me han hecho varias pruebas y solo me encontraron sindrome de tunel carpiano y escoliosis en la espalda, ahora tengo que ir al traumatologo de nuevo y a salud mental porque estoy con ansiedad y el animo bajo debido a todo esto, no puedo trabajar en ningun trabajo que se requiera esfuerzo, lo he intentado pero lo he tenido que dejar y no tengo estudios aunque estoy intentando sacarme algo, incluso mi dia a dia se me hace cansado las tareas normales del hogar, tambien me dan bajadas de tension a menudo esto me lo estan mirando, lo que me gustaria saber es si puedo tener opcion a algun tipo de invalidez ya que buscarme la vida se me hace muy difícil porque no soy capaz de trabajar, podria solicitarla con los informes médicos? Estoy perdida en este tema, gracias.

    Responder
    • Hola Marta,
      Le recomendamos se informe en cualquier Administración de la Seguridad Social que le indicarán el procedimiento y los requisitos para solicitar una pensión de invalidez. Un saludo

      Responder
  131. Hola,estoy cobrando una pension de 461€ y ahora estoy tocado de las arterias del corazon. Puedo solicitar que me incrementen la pension o me la quitan?

    Responder
    • Hola Miguel,
      Puede solicitar una nueva revisión de su estado de salud. Un saludo

      Responder
  132. Estoy cobrando una pensión por incapacidad total a llegado mi jubilación que tengo que hacer cobro 55% + 20% tengo cotizados 37 años me subiría la pensión por jubilación. Tengo que notificarlo yo o es o es un proceso automático, si tengo que hacerlo yo que papeles tengo que presentar. GRACIAS

    Responder
    • Hola juan José,
      Desde el momento de la jubilación la pensión de incapacidad permanente se denomina pensión de jubilación, sin que se modifiquen las condiciones de la prestación.
      No se modifica, por tanto, la cuantía de la pensión.Tampoco este cambio de denominación tiene efectos en la retención practicada en el IRPF. Le facilitamos la página donde encontrará toda la documentación necesaria para solicitar la jubilación. Un saludo

      Responder
  133. Estoy cobrando una pensión por incapacidad total a llegado mi jubilación que tengo que hacer cobro 55% + 20% tengo cotizados 37 anos me subiría la pensión por jubilación

    Responder
    • Hola Juan José,
      La pensión de incapacidad permanente y la pensión de jubilación del mismo régimen son incompatibles, de modo que deberá optarse por una de ellas.Un saludo

      Responder
  134. Buenos dias, hace unos dias pase por el tribunal medico derivado por la mtua, ya q en el 2009 tube un accidente de trabajo. Desde ese mismo año llevo 3 operaciones de espalda con resultados malos ( dolor cronico que no me quita nada), he pasado por la unidad del dolor sin resultados positivos, fisioterapia que no ha servido para nada. Actualmente estoy con tratamiento farmacologico y tens. Mi pregunta es: ¿ Que posibilidades tengo de que el tribunal medico de el visto bueno a la incapacidad permanente total que pide la mutua? Se ha presentado un informe medico bastante grande, y en la solicitus la mutua deja claro que tengo reduccion de la movilidad, dolor cronico….Gracias por la ayuda.

    Responder
    • Hola Kino,
      Sentimos su situación, pero no podemos darle una respuesta ya que no sabemos la forma de proceder del Tribunal Médico. Un saludo

      Responder
  135. tengo 56 años, tengo una pension de incapacidad permenente total desde los 23 añós por accidente de trabajo. Llevo trabajando y cotizando en otros puestos de trabajo todo este tiempo.
    Mi pregunta es cuando me jubile por mis trabajos actuales esta pension dejo de cobrarla o sigo cobrandola mas mi pension de jubilacion

    Responder
    • Hola Eduardo,
      La pensión de incapacidad permanente es incompatible con la pensión de jubilación del mismo régimen, y se debe de optar por una de ellas.Al ser por accidente de trabajo no estmos seguros de poder darle la respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le podrán aclarar todas las dudas. Un saludo

      Responder
  136. HOLA, MI MEDICO DE LA MUTUA ME HA PROPUESTO AL INSS PARA UNA INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL CON UNA INDEMNIZACION A TANTO ALZADO. PUEDO ACEPTAR ESTA INCAPACIDAD Y SI EN UN FUTURO MI SITUACION FISICA EMPEORA, PODRIA SOLICITAR LA INCAPACIDAD TOTAL. MI LESION SE PRODUJO EN UN ACCIDENTE LABORAL. GRACIAS

    Responder
    • Hola Marí,
      Si su situación empeora puede solicitar la total. Un saludo

      Responder
  137. hola me llamo jesus y trabajo para la once ,tengo reconocido un 75 % de minusvalia y una incapacidad permanente total de la cual cobro 600 eur y en la once mi base reguladora es de 1100 pero ahora estoy de baja por enfermedad comun y me dice mi medico que lo mas seguro es que me den la absoluta
    pero yo no se de que cantidad de dinero me quedaria si solo tengo cotizados 17 años y mi jefe me dice que me puede quedar el 100% de la base de cotizacion pero yo no se como calcularlo .

    Responder
    • Hola Jesús,
      Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le podrán informar de la cuantía de la pensión. Un saludo

      Responder
  138. Hola, quería hacer una consulta. Mi padre se jubiló el año pasado con 66 años y 48 años cotizados. Se jubilo porque le diagnosticaron cáncer, vendió la empresa y se jubilo, sin baja, ni incapacidad, ya se podía jubilar y lo hizo.
    Tienes hipoteca hasta 2018 y un seguro de vida e incapacidad absoluta. Desde hace meses esta en cama e incapacitado, se le puede reclamar al seguro por el tema de la incapacidad? O al estar jubilado y tener su paga de jubilación no se puede porque tiene ingresos?
    Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Catwoman,
      No tenemos todos los datos para poder darle una respuesta correcta. Le recomendamos que se informe sobre las condiciones del Seguro, ya que es probable que con una incapacidad permanente pueda rescatarlo. Un saludo

      Responder
  139. Buenas noches tengo una invalidez permanente total desde el 2009 , 58 años y 65% de minusvalía, he oído que puedo jubilarme con esta edad, tengo 27 años cotizados hasta el momento de la invalidez, mi pregunta es ¿los años de pensión de invalidez se añaden al computo para la jubilación antocipada?
    Muchs gracias

    Responder
    • Hola Azucena,
      Lo sentimos pero en este caso no estamos seguros de darle una respuesta correcta.Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas sus dudas. Un saludo

      Responder
  140. Me han concedido una IPT por protesis de cadera,revisable en 2 años ya que me tengo que operar de la otra,soy autónomo y he cotiado 40 años por el minimo,tengo 59 años,mi pregunta es ,a partir de los 60 me pagaran lo mismo

    Responder
    • Hola Antonio,
      Lo sentimos pero no tenemos todos los datos para darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le informarán con detalle sobre su caso. Un saludo.

      Responder
  141. Hola Buenos días me llamo Eduardo, tengo 51 año, tengo una incapacidad total permanente desde el 2005, anteriormente era peón ,desde entonces estoy trabajando en la misma empresa con otro puesto de conserje quería saber dado que la incapacidad es una condromalacia en la rodilla derecha, si puedo realizar el puesto de conductor sin que ocasione ninguna alteración en mi pensión un saludo
    gracias

    Responder
    • Hola Eduardo,
      Tendría que consultar a la Seguridad Social , ya que puede haber incompatibilidad con ese puesto de trabajo y la incapacidad. Le facilitamos el número de atención al usuario 901166565. Un saludo

      Responder
  142. Buenas noches!
    Tengo una pensión de incapacidad permanente absoluta desde hace cuatro años. Me han ido renovando de año en año hasta hace dos, en que lo hicieron por dos años. Me tocaría renovar de nuevo en Mayo. En abril cumplo los 60 años. Mi situación es la misma sin haber experimentado ninguna mejoría y si agravamiento.
    ¿Hay algún cambio a los 60 años? Me renuevan por otros dos años o hay otros plazos? ¿Puedo optar a la pensión de jubilación que me será más favorable?
    Cordiales saludos,
    Eduardo

    Responder
    • Hola Eduardo,
      Lo sentimos pero no tenemos todos los detalles para poder darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le informarán de todas sus dudas. Un saludo

      Responder
  143. Desde el 18/02/2016 en el tribunal médico de Barcelona me dan invalidez absoluta, tengo 58 años y en julio del 2016 tendría cotizados 38 años.
    Que pensión me toca?
    Gracias

    Responder
    • Hola Rafael,
      Lo sentimos pero no tenemos todos los datos para darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le podrán informar sobre la cuantía de su pensión. Un saludo y discúlpenos por el retraso de la respuesta.

      Responder
  144. Hola ,mi pregunta es tengo una incapacidad total ,por accidente de trabajo
    y puedo trabajar en otros sector ,pero mi problema es que tengo otras lesiones que me impiden trabajar pero al pedir revisión no me valoran dichas lesiones
    Tengo algúna forma de que me lo valoren

    Responder
    • Hola José,
      Lo sentimos pero en su caso no podemos darle una respuesta correcta. Un saludo

      Responder
  145. Bien, entonces seré mas clara:
    1. Mi madre fue calificada por la junta regional con discapacidad permanente Esquizofrenia
    2. Ella solo cotiza en Salud como independiente hace 10 años, como cotizante.
    3. Ella no cotiza Pensión
    Mi pregunta es si ella ante la entidad de Salud Puede pedir alguna pensión por incapacidad permanente aún sin cotizar pensión y haber adquirido esa enfermedad ya hace 30 años…..??

    Responder
    • Hola Indira,
      Nuestra recomendación es que se dirija a la Administración de la Seguridad Social, es donde la pueden informar de todos los requisitos necesarios para solicitar una pensión por incapacidad permanente. Un saludo

      Responder
  146. Buenos días,
    Tengo unas dudas por resolver:
    Mi madre tiene incapacidad permanente, ella lleva cotizando como cinco años independiente y antes como beneficiaria….ella lleva treinta años con esta discapacidad Esquizofrenia, mi pregunta es si ella puede reclamar ante esta EPS una pensión por discapacidad??
    Agradezco su respuesta

    Responder
    • Hola Indira,
      No entendemos muy bien su pregunta, si tiene una incapacidad permanente suponemos que cobrará una pensión.Un saludo

      Responder
  147. Hola mi bebe tiene 1 año y tiene discapacidad diagnostico cuadriplejia no especificada y encelofatia no especificada ..que tipo de pencion le corresponde..muchas gracias..

    Responder
    • Hola Viki,
      Lo sentimos pero no tenemos todos los datos para poder darle una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le podrán aclarar todas la dudas. Un saludo.

      Responder
  148. me interesa su informacion y mer sirve para un trabajo que estoy realizando para la uni pero el caso es que me piden autor y año para poner su informacion me podrian a yudar regalandome un autor y año en que fue realizada esta informacion para que pueda ser valida para mi informacion por favor

    Responder
    • Hola Mary,
      El autor es canalJUBILACIÓN y el año 2015. Un saludo

      Responder
  149. Están haciéndome pruebas y posiblemente me den una incapacitación para realizar mi trabajo,,como se trata de una deformación del nervio óptico sin saber ni motivos ,ni consecuencias,,¿ que tipo de jubilación me correspondería??,soy conductora profesional,,tengo 13 años cotizados,,41 años y dos menores a cargo.y estoy divorciada,.¿cuanto m quedaría de pensión?tengo una cotización por contingencias comunes de 2700 actualmente

    Responder
    • Hola Isabel,
      Lo sentimos pero en MAPFRE no tenemos todos los datos suficientes para dale una respuesta correcta. Le facilitamos el número de la Seguridad Social 901166565 donde le aclararán todas las dudas referentes a su pensión. Un saludo

      Responder

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