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Estatuto de los Trabajadores: lo que debes saber

Estatuto de los Trabajadores
4 Min de lectura
El Estatuto de los Trabajadores es el texto legal que recoge las normas fundamentales por las que se regula la relación entre los empleados y la empresa. Básicamente es una herramienta de protección a la que los trabajadores pueden recurrir cuando se vulnera algún derecho laboral.
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El Estatuto de los Trabajadores es una normativa de aplicación nacional que regula la relación entre los empleados y la empresa que los contrata. Su finalidad es la de proteger a los trabajadores y es el garante de derechos, de ciertas obligaciones y de algunas prohibiciones.

Fue aprobado por primera vez en España en 1980. Se divide en tres títulos, formados por 92 capítulos. La última modificación se realizó el 23 de octubre de 2015, mediante Real Decreto, cuando se aprobó el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que pasamos a resumir a continuación.

¿Qué regula el Estatuto de los Trabajadores?

El texto refundido del Estatuto de los Trabajadores regula el derecho laboral en todo el territorio nacional. Se trata de la norma que desarrolla lo contenido en el artículo 35 de la Constitución Española:

“1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.

2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores”.

El objetivo de la ley es garantizar que el trabajo se desarrolle en buenas condiciones, concretamente protegiendo al trabajador. Dado que en el contrato de trabajo no se suelen especificar todos los detalles que atañen a la relación laboral, el estatuto sirve como marco legal para regularizar el resto de condiciones en cualquier ámbito.

¿A quién afecta el Estatuto de los Trabajadores?

El Estatuto de los Trabajadores tiene vigencia sobre todas las empresas y todos los trabajadores por cuenta ajena que desarrollen su actividad y presten sus servicios a la compañía de forma voluntaria. Todos deben cumplirlo, según detalla la Constitución en su artículo 35.

Esta normativa excluye, por tanto, a los autónomos y los trabajadores por cuenta propia, así como a los funcionarios, a los que protege el Régimen Administrativo o Estatutario.

También se excluyen de esta ley:

  • Las prestaciones personales obligatorias.
  • Los consejeros o miembros de los órganos de administración en las empresas, siempre que su actividad se limite a desempeñar dichos cargos.
  • Los trabajos realizados por amistad, benevolencia o buena vecindad.
  • Los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariado.
  • Las personas que intervengan en operaciones mercantiles.

Artículos más importantes del Estatuto de los Trabajadores

Cabe destacar que el Estatuto de los Trabajadores es un reglamento general que no pretende sustituir al contrato de trabajo ni a los convenios colectivos, que son normativas más específicas de cada sector y rama de actividad. El texto refundido tiene un total de 92 artículos. Algunos de los más destacados son los siguientes:

Artículo 4. Derechos laborales

Todos los trabajadores tienen los siguientes derechos básicos:

  • Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
  • Libre sindicación.
  • Negociación colectiva.
  • Adopción de medidas de conflicto colectivo.
  • Huelga.
  • Reunión.
  • Información, consulta y participación en la empresa.
  • Ocupación efectiva.
  • Promoción y formación profesional en el trabajo.
  • No discriminación directa o indirecta por razones de sexo, estado civil, edad, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, discapacidad, etc.
  • Integridad física y adecuada política de prevención de riesgos laborales.
  • Respeto a la intimidad y consideración debida a su dignidad.
  • Percepción puntual de una remuneración.
  • Ejercicio individual de las acciones derivadas del contrato de trabajo.

Artículo 6. Trabajo de los menores

Según este precepto, se prohíbe el trabajo a los menores de 16 años, salvo en determinados espectáculos públicos con la correspondiente autorización de la autoridad laboral. Además, los menores de 18 años no podrán realizar trabajos nocturnos ni horas extraordinarias.

Artículo 34. Jornada

El Estatuto de los Trabajadores establece que la duración de la jornada de trabajo debe estar pactada en los contratos de trabajo o convenios colectivos. En cualquier caso, no puede superar las 40 horas semanales.

Una medida relativamente novedosa en este sentido hace referencia al registro diario de la jornada por parte de los trabajadores. En el mismo se debe incluir el horario de inicio y de finalización.

Artículo 38. Vacaciones anuales

Tal como indica la ley, el periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. No obstante, en ningún caso puede tener una duración inferior a 30 días naturales.

Disposición transitoria séptima. Duración del permiso de paternidad

Desde el 1 de enero de 2021, el permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento se amplía a 16 semanas. De este modo, cada progenitor puede disfrutar el mismo periodo de suspensión del contrato de trabajo, incluyendo 6 semanas de permiso obligatorio para cada uno de ellos.

 

Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 24 Oct, 2022
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