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Cómo cobrar todo el paro para montar un negocio

Cómo cobrar todo el paro para montar un negocio
3 Min de lectura
Si estás en paro y quieres montar un negocio te contamos los pasos que seguir para saber cómo cobrar todo el paro y tener liquidez.
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Los años de experiencia de MAPFRE en el sector nos avalan como fuente de información veraz y práctica para acompañarte en las diferentes etapas de tu vida.

Si tienes la ilusión de montar tu propio negocio, pero te encuentras en situación de desempleo, desde el año 2014 hay una serie de medidas legislativas que tratan de ayudar a los emprendedores con un pago único anticipado del importe íntegro del paro. Es lo que se denomina capitalizar la prestación contributiva o capitalización del paro. Te contamos los pasos que seguir para saber cómo cobrar todo el paro para montar un negocio, con las actualizaciones del 22 de septiembre de 2022.

Y es que, cuando un trabajador en paro decide emprender una actividad profesional puede solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que le adelante lo que le queda por cobrar de su prestación de desempleo en un pago único: una medida de fomento del empleo que nace con el objetivo de facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo para iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia o como socio de una sociedad, de una cooperativa o de una sociedad laboral o mercantil en funcionamiento o de nueva creación.

¿Qué requisitos se necesitan para capitalizar el paro?

La principal novedad reside en que en la actualidad también pueden beneficiarse de esta medida aquellas personas que aun sabiendo cuánto van a cobrar de paro estén pensando en darse de alta como autónomos o que tengan previsto crear su propia empresa (o unirse como socios accionistas a una empresa constituida en el último año). Te detallamos los requisitos que debes cumplir para cobrar todo el paro para montar un negocio:

  • El primer paso para calcular cuánto paro podrás capitalizar es saber cuánto te corresponde. La forma más sencilla de hacerlo es con la calculadora del Servicio Público de Empleo.

  • Ser perceptor de la prestación contributiva por haber cesado de forma definitiva una relación laboral. Es decir, no puedes solicitar la capitalización del paro si has impugnado un despido (estás en desacuerdo y “recurres” el despido) hasta que se haya resuelto el expediente de impugnación.

  • Tener pendiente de recibir al menos tres mensualidades de la prestación.

  • No haber tenido otro pago único en los 4 años anteriores a la fecha de solicitud.

  • No haber compatibilizado un trabajo por cuenta propia con el paro en los 24 meses anteriores a la solicitud.

  • Para cobrar el pago único deberás desarrollar una de las actividades profesionales mencionados arriba (trabajador por cuenta propia, sociedad, etc.)

  • Tendrás que iniciar la actividad profesional en el plazo máximo de 1 mes desde la concesión del derecho de capitalización y siempre con fecha posterior a la solicitud.

Modalidades de capitalización

Además de estos requerimientos existen varias modalidades para la capitalización o pago único de la prestación de desempleo, según la actividad profesional que vayas a realizar:

Si vas a montar un negocio como trabajador autónomo o trabajador autónomo socio de una actividad mercantil:

  • Puedes obtener en un solo pago la inversión que justifiques como necesaria para el inicio de la actividad, o para aportar al capital social, con el límite del 100% del importe total pendiente de percibir. Recuerda que solo podrás obtener la cantidad que justifiques como inversión así como el importe total de la prestación pendiente de percibir.

Si vas a adquirir la condición de sociedad laboral o transformación en cooperativa por sociedades mercantiles en concurso deberás cumplir estos requisitos:

  • Trabajar mediante contrato de trabajo por tiempo indefinido en una sociedad mercantil, con independencia de tu antigüedad en la empresa y tanto si el contrato indefinido es a tiempo completo, parcial o de fijo discontinuo.

  • Que dicha sociedad mercantil para la que trabajas se haya declarado en concurso y que las personas trabajadoras de la misma pretendan adquirir las acciones o participaciones y hayan presentado al juez una propuesta vinculante de adquisición de empresa mediante su transformación en sociedad cooperativa o laboral y este haya acordado dicha transformación. 

  • Que la adquisición de acciones o participaciones sociales por parte de la persona trabajadora, individualmente considerada, o con las adquisiciones que realicen otras personas, trabajadoras o no, de la sociedad, esta reúna las condiciones legalmente necesarias para adquirir la condición de sociedad laboral o transformarse en cooperativa.

Si tienes pensado cobrar todo el paro para montar tu negocio, es muy importante que organices tu economía y tus previsiones de futuro. Un Plan de Pensiones MAPFRE te ayudará para que nada se interponga en tu actividad del día a día.

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Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 7 Sep, 2023
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