Inicio Jubilación Jubilación Autónomos Cotización de autónomo con nómina

Cotización de autónomo con nómina

Un profesional trabaja con su ordenador
2 Min de lectura
¿Puede un trabajador por cuenta ajena trabajar como autónomo? ¿Cómo será su cotización a la seguridad social? Se puede y se denomina pluriactividad. Esta situación obliga al profesional a cotizar por los dos regímenes, el de la Seguridad Social y el Especial de los Trabajadores Autónomos.
Borja Carrascosa Consultor
Borja Carrascosa Nogales
Consultor y Periodista Económico en Revista Capital | Web

Consultor, con una experiencia de más de seis años; periodista con 16 años de trayectoria como analista económico y financiero y MBA por IE Business School.

Aquellos trabajadores por cuenta ajena que deseen, además, percibir otros ingresos por actividades propias distintas a su empleo principal pueden hacerlo. Para ello, deberán darse de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA externo), además de en el de la Seguridad Social, y cotizar por ambas vías. Esta situación se denomina como pluriactividad y obliga a pagar impuestos y cotizaciones sociales por los ingresos percibidos en cada régimen.

Qué se considera pluriactividad

La Seguridad Social, en este contexto, define el concepto de pluriactividad como: “la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más Regímenes distintos del Sistema de la Seguridad Social”.

En este contexto, el trabajador no podrá tener firmado ningún contrato o cláusula de exclusividad con la empresa empleadora.

Cómo se cotiza

A pesar de tener que cotizar en ambos regímenes, el Estado contempla, además de los gastos deducibles del RETA, algunas bonificaciones en el caso de aquellos autónomos que se dan de alta por primera vez. El trabajador puede optar, por tanto, por alguna de estas opciones:

  • La opción de la Tarifa Plana dura dos años, en los que el autónomo pagará 60 euros al mes durante los primeros doce meses, 141,65 euros los siguientes seis meses y 198,31 euros los últimos seis. A partir de ahí, el coste de ser autónomo asciende hasta los 283,30 euros mensuales.
  • El acogimiento al régimen que regula la pluriactividad, con las siguientes condiciones:
  • El Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos ofrece una bonificación del 50 por ciento sobre la base mínima de cotización de los trabajadores por cuenta propia, durante 18 meses.
  • Además, en los 18 meses siguientes, el autónomo podrá disfrutar de otra reducción del 75 por ciento sobre la base mínima de cotización.

A esta cifra habría que añadir los impuestos, tanto el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que habría que abonar a la Administración por la percepción de ingresos.

Un trabajador calcula y apunta en un papel los resultados

https://bit.ly/2QBUC7h

Los trabajadores con doble cotización deberán declarar todos sus ingresos por los distintos tipos de actividad laboral en un mismo documento. Tanto lo percibido como asalariado, como lo ingresado como autónomo son conceptos que se reunirán en la misma presentación.

Al tratarse de una situación de pluriactividad, el profesional estará obligado a incluir los rendimientos de ambos tipos de actividad en el mismo documento a presentar ante la Seguridad Social, pero en dos apartados diferenciados: base imponible y tipo de retención. La base imposible del IRPF se calculará entonces, sumando los rendimientos de las dos actividades, la de autónomo y la de asalariado.

Publicado por Borja Carrascosa Nogales
- 26 Mar, 2022
Calcula tu seguro ahora

Comentarios (0)

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

En MAPFRE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, como responsable del tratamiento, utilizaremos la información que nos facilite para la gestión de su actividad como usuario de este sitio web, así como atender y responder tanto a las solicitudes de información como las sugerencias, consultas y comentarios que realice a través de los distintos formularios. Dicho tratamiento lo haremos en base al consentimiento que nos ha otorgado. Asimismo, le informamos que, en su caso, podremos comunicar sus datos a otras empresas del Grupo MAPFRE y terceros con los que exista un convenio de colaboración o una relación de prestación de servicios. Por último, le informamos que puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación y portabilidad, como se explica en la información adicional que hemos puesto a su disposición en nuestra Política de Privacidad y Cookies.
Leer más

Te puede interesar

3 Min de lectura

Descubre cuál es la pensión de los autónomos en cada una de las comunidades españolas. Existen grandes diferencias entre unas...

3 Min de lectura

El cálculo de la pensión de los autónomos continúa arrojando un resultado inferior a la de los trabajadores del régimen...

3 Min de lectura

No hay un solo tipo de becario, pero actualmente la mayor parte de los que realizan prácticas formativas cotiza a...

Hay vida más allá de los 65

Descubre historias increíbles

Simulador de Ahorro

Suscríbete a nuestro boletín

0