La aportación a planes de pensiones limitada a 8.000 euros al año

Antes de la puesta en marcha de dicha normativa, la aportación máxima anual al plan de pensiones estaba determinada según la edad, es decir, los menores de 50 años podían aportar hasta un máximo de 10.000 euros y los mayores de esa edad, hasta 12.500 euros. Por ende, los titulares de un plan de pensiones podían deducirse dichas cantidades según el caso o un porcentaje de los rendimientos netos del trabajo o actividades económicas (30% y 50%, respectivamente). La reducción máxima que se aplicaba a la base imponible del IRPF era la menor de las dos cantidades.
Desde el 1 de enero de 2015, la aportación a planes de pensiones se limita a 8.000 euros al año, independientemente de la edad. Del mismo modo, el límite fiscal, es decir, la cantidad máxima que se puede deducir, queda establecida también en 8.000 euros o en el 30% de los rendimientos netos del trabajo o actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. Al igual que sucedía antes de la reforma, se toma la cifra menor.
La aportación media anual de los partícipes en España no alcanza los 4.000 euros y aproximadamente sólo el 1% de todos los titulares realizan la aportación máxima. La gran mayoría (75%) aportan menos de 300 euros.
Con el objetivo de fomentar el ahorro a largo plazo, se comenzaron los trámites para lanzar al mercado un nuevo producto financiero, denominado “Ahorro 5”, incluido en la reforma fiscal de 2014. Una idea para que quien lo contratase pudiera aportar un máximo de 5.000 euros al año durante 5 años y, llegado el momento de percibir el dinero ahorrado, las plusvalías generadas estuviesen exentas de tributación.
Estos planes garantizaban el 85% de lo invertido durante ese tiempo, por lo que el titular sólo se arriesgaba a perder un 15% como máximo de su dinero. No obstante, la evolución de estos productos, tanto en términos de patrimonio como en partícipes y rentabilidad, no tuvieron mucho éxito.
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Si por error he aportado mas de 8000 € a planes de pensiones que ocurre?. Entiendo que solo me desgravo de los 8.000 € máximo que establece la ley anualmente pero el resto como queda a nivel fiscal…?? Gracias.
Hola Juan,
Si el exceso se retira antes del, 30 de junio del año siguiente no supone infracción ni sanción administrativa.Un saludo
Hola,
Que pasa si a la hora de jubilarme vivo y tributo en otro país que España. Se rescata el plan de la misma forma? Como se tributa para el plan, en España o en el otro país?
Gracias
Hola Alex,
En España se tributa con rendimientos de trabajo. Un saludo
Buenos dias,me jubile el 22 de marzo de 2015 con 65 años cumplidos el mismo dia.Mi pregunta es:recupere el plan de pensiones que tenia,de un importe total de 4.000 euros,que con 2.00 euros compre un cuche de ocasion.Hacienda en la declaracion que haga este año del 2015 cuanto les tendre que pagar de este dinero que tenia del plan.Desde hace diez años no hice ninguna aportacion al plan.
Hola Salvador,
El rescate de un plan de pensiones se contabiliza a efectos fiscales como una renta del trabajo, es decir, como si fuera un salario (retribución dineraria, casilla 01 en el modelo de declaración). Esto quiere decir que los ingresos se computan en la base general para calcular el IRPF. Un saludo